Resolución nº 000091-2009/CPC de Comisión de Protección al Consumidor, de 21 de Enero de 2009

Fecha de Resolución21 de Enero de 2009
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente1821-2008/CPC
Resolución 2º Instancia127-2009/SC2
Actividad EconómicaVehiculos
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
RESOLUCIÓN FINAL Nº 0091-2009/CPC
EXPEDIENTE Nº 1821-2008/CPC
1/12
DENUNCIANTE : JORGE ENRIQUE CARBAJAL LIZARAZO (EL SEÑOR CARBAJAL)
DENUNCIADA : ALTOS ANDES S.A.C. (ALTOS ANDES)
MATERIA : AMPLIACION DE DENUNCIA
IDONEIDAD DEL SERVICIO
MEDIDAS CORRECTIVAS
GRADUACIÓN DE LA SANCIÓN
MULTA
COSTAS Y COSTOS
ACTIVIDAD : VENTA DE VEHÍCULOS AUTOMORES
PROCEDENCIA : LIMA
SUMILLA: en el procedimiento iniciado por el señor Jorge Enrique Carbajal Lizarazo contra Altos
Andes S.A.C. por presunta infracción al Artículo de la Ley de Protección al Consumidor1, la Comisión
ha resuelto:
(i) Denegar la solicitud de ampliación de denuncia formulada por el denunciante mediante escrito
de fecha 22 de diciembre de 2008.
(ii) Declarar fundada la denuncia interpuesta por el señor Carbajal contra Altos Andes por infracción
al Artículo 8º de la Ley de Protección al Consumidor. Ha quedado acreditado que la denunciada
realizó de forma inadecuada la instalación del sistema de GNV en el vehículo del denunciante.
(iii) Ordenar a Altos Andes, como medida correctiva, que cumpla con efectuar el cambio total del
sistema de GNV instalado inicialmente en el vehículo del señor Carbajal por un sistema de
similares características que permita operar adecuadamente el vehículo del denunciante; y, de
no ser ello posible, que la denunciada cumpla con devolver la suma cancelada por el servicio
materia de denuncia.
(iv) Ordenar a Altos Andes que cumpla con pagar al denunciante la suma de S/. 35,00 por concepto
de costas del procedimiento. Ello, sin perjuicio de su derecho de solicitar la liquidación de las
costas y costos una vez concluida la instancia administrativa.
SANCIÓN: Una (1) Unidad Impositiva Tributaria
Lima, 21 de enero de 2009
1. ANTECEDENTES
1.1 Hechos materia de denuncia
El 17 de julio de 2008, el señor Carbajal denunció a Altos Andes por presunta infracción a la Ley de Protección
al Consumidor debido a que la denunciada había realizado una inadecuada instalación de un equipo de gas
natural en su vehículo.
1 El texto original del Decreto Legislativo Nº 716, Ley de Protección al Consumidor y sus modificatorias hasta el 11 de diciembre de
2000, se encuentran comprendidos en el Decreto Supremo Nº 039-2000/ITINCI, Texto Único Ordenado de la Ley de Protección al
Consumidor.

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