Resolución nº 000094-2011/CPC de Comisión de Protección al Consumidor, de 24 de Enero de 2011

Fecha de Resolución24 de Enero de 2011
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente1616-2010/CPC
Resolución 2º Instancia-/
Actividad EconómicaServicios Bancarios y Financieros
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
SEDE LIMA SUR
EXPEDIENTE Nº 1616-2010/ CPC
M-CPC-03/1C
1
RESOLUCIÓN FINAL Nº 0094-2011/CPC
PROCEDENCIA : LIMA
DENUNCIANTE : ADRIANA YOLANDA PONCE EYZAGUIRRE DE
VILLEGAS (LA SEÑORA PONCE)
DENUNCIADO : BANCO INTERNACIONAL DEL PERÚ - INTERBANK
(EL BANCO)
SUPERMERCADOS PERUANOS S.A.
(SUPERMERCADOS PERUANOS)
MATERIA : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
CONCILIACIÓN
ACTIVIDAD : SERVICIOS BANCARIOS Y FINANCIEROS
Lima, 24 de enero de 2011
ANTECEDENTES
1. El 28 de mayo de 2010, la señora Ponce denunció al Banco y a Supermercados
Peruanos por presunta infracción al Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema
de Protección al Consumidor1, toda vez que el Banco la habría afiliado
indebidamente a la tarjeta de crédito Plaza Vea y se habría autorizado la
realización de cuatro operaciones de consumo no reconocidas con cargo a la
tarjeta de crédito de la denunciante. Asimismo, Supermercados Peruanos se habría
negado a recibir la carta notarial remitida por la denunciante.
2. El 20 de enero de 2011, las partes llegaron a un acuerdo conciliatorio, mediante el
cual, Supermercados Peruanos se comprometió a devolver a la denunciante la
suma de S/. 5 304,00, a través de los consumos que realice con una tarjeta emitida
por la denunciada. Asimismo, el Banco se comprometió a entregar a la señora
Ponce la suma de S/. 1 000,00 mediante un cheque de gerencia.
ANÁLISIS
3. La conciliación es un mecanismo alternativo de solución de controversias,
mediante el cual —con la intervención de un tercero neutral—, las partes
resuelven el conflicto suscitado y arriban a un acuerdo satisfactorio.
4. El objetivo de citar a las partes a una audiencia de conciliación es promover que el
consumidor y el proveedor tengan la oportunidad de arribar a un acuerdo que
1 El Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema de Protección al Consumidor ha sido aprobado por
Decreto Supremo 006-2009-PCM (publicado el 30 de enero de 2009). Dicho dispositivo legal
recoge las modificaciones, adiciones y sustituciones normativas que han operado sobre el Decreto
Legislativo 716, Ley de Protección al Consumidor (publicado el 09 de noviembre de 1991),
incluyendo las disposiciones del Decreto Legislativo 1045, Ley Complementaria del Sistema de
Protección al Consumidor (publicado el 26 de junio de 2008).

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