Resolución nº 000978-2006/CPC de Comisión de Protección al Consumidor, de 6 de Junio de 2006

Fecha de Resolución 6 de Junio de 2006
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente622-2006/CPC
Resolución 2º Instancia-/
Actividad EconómicaInmobiliario
COMISION DE PROTECCION AL CONSUMIDOR
RESOLUCION FINAL Nº 0978-2006/CPC
EXPEDIENTE Nº 622-2006/CPC
M-CPC-06/1A
DENUNCIANTE : NILA ELINA HARO HUAPAYA (LA SEÑORA HARO)
DENUNCIADA : ORGANISMO ESPECIAL DEL FONDO DE VIVIENDA
MILITAR DEL EJERCITO (ORES FOVIME)
MATERIA : CONCLUSION ANTICIPADA DEL PROCEDIMIENTO
POR CONCILIACIÓN
ACTIVIDAD : CONSTRUCCION DE EDIFICIOS COMPLETOS Y
DE PARTES DE EDIFICIOS; OBRAS DE INGENIERIA
CIVIL
PRODUCTO : VENTA DE INMUEBLES
PROCEDENCIA : LIMA
Lima, 6 de junio de 2006
1. HECHOS
El 17 de marzo de 2006, la señora Haro denunció a Ores Fovime por presunta
infracción a la Ley de Protección al Consumidor
1
. Señaló que habiendo quedado
viuda de un oficial del ejército, el cual había sido aportante de la denunciada por
catorce años y medio, tomó conocimiento que le habían adjudicado de manera
directa un departamento sin opción de reclamo en cuanto a su ubicación por el
precio de US$ 38 102,38. Agregó que efectuó el pago de la cuota inicial en dos
partes de US$ 3 910,24 y el saldo restante se financió a través del Banco de
Comercio con el pago de cuotas de US$ 219,84 mensuales por 20 años.
La denunciante indicó que el departamento le fue entregado el 6 de abril de 2005, el
mismo que desde un principio ha presentado una serie de desperfectos como que
los caños comienzan a filtrar humedad en las paredes, múltiples fisuras en el techo,
malas instalaciones eléctricas, entre otros, así como un constante ruido agudo
durante todo el día producto de la ubicación de las bombas de agua que abastecen
el edificio y que se encuentran debajo de su departamento. Agregó que a pesar de
sus múltiples reclamos, Ores Fovime no ha solucionado los problemas.
Posteriormente, el 30 de mayo de 2006 las partes llegaron a un acuerdo
conciliatorio mediante el cual la denunciada se comprometió a devolver la cuota
inicial pagada por la señora Haro así como las amortizaciones mensuales
efectuadas, realizando un descuento por el uso del departamento por menos de un
año, para lo cual la denunciante deberá presentar una solicitud simple de resolución
de contrato de mutuo acuerdo, luego de lo cual se procederá a liquidar. Asimismo,
Ores Fovime se comprometió a devolver a la denunciante todos los aportes
pagados por ésta y su esposo al Fondo de Vivienda, para lo cual la señora Haro
deberá presentar una solicitud. Finalmente acordaron que la denunciada deberá
1
E l texto original del Decreto Legislativo Nº 716, Ley de Protección al Consumidor y sus modificatorias hasta el 11 de
diciembre de 2000, se encuentran comprendidos en el Decreto Supremo Nº 039-2000/ITINCI, Texto Unico Ordenado de la
Ley de Protección al Consumidor.

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