Resolución nº 000218-2008/CPC de Comisión de Protección al Consumidor, de 30 de Enero de 2008
Fecha de Resolución | 30 de Enero de 2008 |
Emisor | Comisión de Protección al Consumidor |
Número de expediente | 1888-2007/CPC |
Resolución 2º Instancia | 1723-2008/TDC |
Actividad Económica | Alimentos |
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
RESOLUCIÓN FINAL Nº 218-2008/CPC
EXPEDIENTE Nº 1888-2007/CPC
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DENUNCIANTE : MARÍA ANGÉLICA JULCA VARGAS DE QUISPE (LA
SEÑORA JULCA)
DENUNCIADA : SIGDELO S.A. (PIZZA HUT)
MATERIA : IDONEIDAD DEL SERVICIO
MEDIDAS CORRECTIVAS
COSTAS Y COSTOS
GRADUACIÓN DE LA SANCIÓN
MULTA
ACTIVIDAD : RESTAURANTES, BARES Y CANTINAS
PROCEDENCIA : LIMA
SUMILLA: en el procedimiento iniciado por la señora María Angélica Julca
Vargas de Quispe en contra de Sigdelo S.A. por presunta infracción a la Ley de
Protección al Consumidor
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, la Comisión ha resuelto lo siguiente:
(i) Declarar fundada la denuncia por infracción al artículo 8º de la Ley de
Protección al Consumidor. Ha quedado acreditado que la denunciada
no adoptó las medidas necesarias para evitar que el vehículo de la
denunciante fuera sustraído de su zona de estacionamiento vigilada.
(ii) Ordenar a Pizza Hut como medida correctiva que cumpla con entregar
a la señora Julca un vehículo marca Toyota Tercel del año 1997 de
similares características al vehículo materia de denuncia o en su
defecto, el valor actual de mercado del mismo.
(iii) Ordenar a Pizza Hut que cumpla con el pago de las costas ascendente
a S/. 34,50 y los costos incurridos por la señora Julca durante el
procedimiento. Ello sin perjuicio de su derecho de presentar la
liquidación de costas y costos.
SANCIÓN: 1 Unidad Impositiva Tributaria
Lima, 30 de enero de 2008
1. HECHOS
El 17 de setiembre de 2007, la señora Julca denunció a Pizza Hut por presunta
infracción a la Ley de Protección al Consumidor. Señaló, que el 2 de agosto de 2007 a
las 20:30 horas aproximadamente, se dirigió al local de la denunciada ubicado en el
distrito de La Molina, para cenar con su familia, estacionando su vehículo marca
Toyota Tercel STD con Placa de Rodaje Nº AIY-847 en la playa de estacionamiento
privada del restaurante.
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El texto original del Decreto Legislativo N° 716, Ley de Protección al Consumidor, y sus modificatorias hasta el 11 de diciembre
de 2000, se encuentran comprendidos en el Decreto Supremo N° 039-2000/ITINCI, Texto Único Ordenado de la Ley de
Protección al Consumidor.
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