Resolución nº 002591-2010/CPC de Comisión de Protección al Consumidor, de 4 de Noviembre de 2010

Fecha de Resolución 4 de Noviembre de 2010
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente1967-2007/CPC
Resolución 2º Instancia389-2008/SC2
Actividad EconómicaServicios Bancarios y Financieros
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
RESOLUCIÓN FINAL Nº 590-2008/CPC
EXPEDIENTE Nº 1967-2007/CPC
1
DENUNCIANTE : ROCÍO AURORA CARBAJAL GÓMEZ (LA SEÑORA
CARBAJAL)
DENUNCIADO : BANCO INTERNACIONAL DEL PERÚ S.A.A.
(INTERBANK)
MATERIA : IDONEIDAD DEL SERVICIO
MEDIDA CORRECTIVA
COSTAS Y COSTOS
ACTIVIDAD : INTERMEDIACIÓN FINANCIERA
PRODUCTO : TARJETA DE DÉBITO
PROCEDENCIA : LIMA
SUMILLA: en el procedimiento iniciado por la señora Rocío Aurora Carbajal
Gómez por presunta infracción a la Ley de Protección al Consumidor
1
, la
Comisión ha resuelto declarar infundada la denuncia. Ello, toda vez que ha
quedado acreditado que las disposiciones de efectivo se realizaron con el uso
de la tarjeta de crédito y la clave secreta. En consecuencia, se declara infundada
la solicitud de medida correctiva y se deniegan las costas y costos del
procedimiento.
Lima, 2 de abril de 2008
1. HECHOS
El 28 de setiembre de 2007, la señora Carbajal denunció al Interbank por presunta
infracción a la Ley de Protección al Consumidor. Señaló, que el 5 de julio de 2007
recibió el estado de cuenta de su Tarjeta de Crédito Mastercard Interbank Nº 5444-
0214-1523-8004, percatándose que se habrían realizado las siguientes operaciones:
(i) una disposición de efectivo; (ii) un pago a Telefónica; (iii) un pago a Claro; (iv) un
pago a Sedapal. Siendo que no reconocía dichas operaciones, las cuales ascendían a
la suma total de S/. 739.05.
Por lo expuesto, la señora Carbajal solicitó a la Comisión que ordene al Interbank el
extorno de las operaciones no reconocidas, así como las costas y costos del
procedimiento.
En su defensa, Interbank manifestó lo siguiente:
- La disposición de efectivo se realizó en un cajero automático ubicado en C.C.
Plaza Hogar, utilizando la tarjeta de crédito y la clave secreta asignada a la
señora Carbajal.
- Los pagos efectuados a favor de las empresas Telefónica y Claro se realizaron
por medio de un cajero automático, con el uso de la tarjeta y la clave secreta
asignada a la denunciante.
- El pago efectuado a favor de Sedapal se realizó a través del canal Interbank
Directo, utilizando cajeros corresponsales, con el uso de la tarjeta y la clave
secreta.
1
El texto original del Decreto Legislativo Nº 716, Ley de Protección al Consumidor y sus modificatorias hasta el 11 de
diciembre de 2000, se encuentran comprendidos en el Decreto Supremo Nº 039-2000/ITINCI, Texto Único Ordenado
de la Ley de Protección al Consumidor.

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