Resolución nº 001240-2007/CPC de Comisión de Protección al Consumidor, de 27 de Junio de 2007

Fecha de Resolución27 de Junio de 2007
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente434-2007/CPC
Resolución 2º Instancia152-2008/SDC
Actividad EconómicaHospedaje
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
RESOLUCIÓN FINAL N° 1240-2007/CPC
EXPEDIENTE Nº 0434 -2007/CPC
1/1
DENUNCIANTES : WALTER MISAEL MANCILLA HUAMÁN (EL SEÑOR
MANCILLA)
TOMOKO SUZUKI (LA SEÑORA SUZUKI)
DENUNCIADO : ESTABLECIMIENTO DE HOSPEDAJE JOSÉ LUIS
S.A.C. (HOSPEDAJE JOSÉ LUIS)
MATERIA : IDONEIDAD DEL SERVICIO
MEDIDAS CORRECTIVAS
MULTA
COSTAS Y COSTOS
ACTIVIDAD : HOTELES; CAMPAMENTOS Y OTROS TIPOS DE
HOSPEDAJE TEMPORAL
PROCEDENCIA : LIMA
SUMILLA: en el procedimiento iniciado por los señores Walter Misael
Mancilla Huamán y Tomoko Suzuki en contra de Establecimiento de
Hospedaje José Luis S.A.C. por presunta infracción a la Ley de Protección al
Consumidor
1
, la Comisión ha resuelto lo siguiente:
(i) Declarar fundada la denuncia interpuesta por los señores Mancilla y
Suzuki en contra de Hospedaje José Luis por infracción al artículo 8 de
la Ley de Protección al Consumidor. Ello, toda vez que ha quedado
demostrado que el denunciado no prestó un servicio idóneo, ya que
durante la prestación del mismo, se produjo el hurto de las
pertenencias de los denunciantes.
(ii) Denegar la solicitud de medidas correctivas presentada por los señores
Mancilla y Suzuki.
(iii) Declarar improcedente la solicitud de investigación sobre la
responsabilidad de un trabajador de Hospedaje José Luis en el hurto
denunciado.
(iv) Ordenar a Hospedaje José Luis que, en un plazo de cinco (5) días
hábiles, cumpla con pagar a los señores Mancilla y Suzuki la suma de
S/. 34.50 por concepto de costas correspondientes al presente
procedimiento. Ello, sin perjuicio, del derecho de los denunciantes de
solicitar la liquidación de costas y costos, una vez concluida la
instancia administrativa.
SANCIÓN: 2 Unidades Impositivas Tributarias
Lima, 27 de junio de 2007
1. HECHOS
1
Texto original del Decreto Legislativo Nº 716, Ley de Protección al Consumidor y sus modificatorias hasta el 11 de
diciembre de 2000, se encuentran comprendidos en el Decreto Supremo Nº 039-2000/ITINCI, Texto Único Ordenado de
la Ley de Protección al Consumidor.

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