RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 046-2012-CE-PJ - Incorporan diversos centros poblados a la competencia territorial de órganos jurisdiccionales de los Distritos Judiciales de Cusco y Ayacucho

Fecha de disposición10 Abril 2012
Fecha de publicación10 Abril 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, martes 10 de abril de 2012 463817
Artículo Quinto.- La Directiva aprobada por la
presente resolución, entrará en vigencia al día siguiente
de su publicación en el Portal Institucional del Organismo
Supervisor de las Contrataciones del Estado, y será
de aplicación a aquellos procesos de selección sujetos
a la modalidad de Convenio Marco, que hayan sido
convocados antes de la entrada en vigencia de la misma
y se encuentren en trámite.
Regístrese, publíquese y archívese.
MAGALI ROJAS DELGADO
Presidenta Ejecutiva
773767-1
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Designan Asesora del Superintendente
Nacional
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL
DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Nº 072-2012-SUNARP/SN
Lima, 9 de abril de 2012
CONSIDERANDO:
Que, encontrándose vacante una plaza de Asesor del
Superintendente Nacional, es necesario designar a un
profesional que asuma dichas funciones;
Que, de acuerdo al artículo 6º de la Ley Nº 27594,
Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el
nombramiento y designación de funcionarios públicos, la
designación o nombramiento de funcionarios en cargos
de conf‌i anza surte efecto a partir del día de su publicación
en el Diario Of‌i cial El Peruano;
De conformidad al literal v) del artículo 7º del Estatuto
de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema
Nº135-2002-JUS, y la Ley Nº27594;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar, en el cargo de conf‌i anza
de Asesora del Superintendente Nacional, a la abogada
Karen Julia Carmen Pineda Higa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARIO SOLARI ZERPA
Superintendente Nacional de los Registros Públicos
SUNARP
774176-1
PODER JUDICIAL
CONSEJO EJECUTIVO
DEL PODER JUDICIAL
Incorporan diversos centros poblados
a la competencia territorial de órganos
jurisdiccionales de los Distritos
Judiciales de Cusco y Ayacucho
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 046-2012-CE-PJ
Lima, 20 de marzo de 2012
VISTOS:
La petición formulada por el Alcalde de la
Municipalidad Distrital de Vilcabamba, Provincia de La
Convención, Región Cusco, y otras autoridades, para
que se disponga el retorno del Juzgado Especializado
Penal ubicado en el Distrito de Kimbiri a la ciudad
de Quillabamba, Provincia de La Convención, y los
Informes Nros. 138, 191 y 230-2011-SEP-GP-GG-PJ,
de la Gerencia General del Poder Judicial, oído el
informe oral.
CONSIDERANDO:
Primero. Que mediante los mencionados documentos
se formulan propuestas orientadas a solucionar la
actual problemática de acceso a un oportuno servicio
de justicia, que viene afectando a los pobladores de las
cuencas de Vilcabamba, Valle de San Miguel e Incahuasi,
pertenecientes al Distrito de Vilcabamba de la Provincia
de La Convención, Región Cusco, por razones de
distancia hasta el Juzgado Penal ubicado en la localidad
de Kimbiri, Provincia de La Convención, Distrito Judicial
de Ayacucho.
Segundo. Que del análisis del Informe N° 230-
2011-SEP-GP-GG de la Subgerencia de Estudios y
Proyectos de la Gerencia General del Poder Judicial
y por los fundamentos contenidos en la Resolución
Administrativa N° 242-2009-CE-PJ, de fecha 3 de
agosto de 2009, que creó el Juzgado Especializado
Penal de Kimbiri en el Distrito Judicial de Ayacucho, se
concluye que el pedido del Alcalde de la Municipalidad
Distrital de Vilcabamba para el retorno del mencionado
órgano jurisdiccional a la ciudad de Quillabamba,
Distrito de Santa Ana, Provincia de La Convención,
Región y Distrito Judicial del Cusco, no resulta factible
al pertenecer el referido juzgado a la Corte Superior
de Justicia de Ayacucho, y en tal sentido, su traslado
en las actuales circunstancias, afectaría el servicio de
justicia en este Distrito Judicial.
Tercero. Que sin perjuicio de lo señalado
precedentemente, de conformidad con lo establecido en
los Informes Nros. 138, 191 y 230-2011-SEP-GP-GG-PJ,
de la Subgerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia
General del Poder Judicial, f‌l uye la necesidad de adoptar
las acciones que coadyuven a eliminar las barreras que
impiden a las poblaciones más alejadas de los centros
urbanos del país, acceder en forma rápida y ef‌i caz al
servicio de justicia.
Cuarto. Que en ese orden de ideas, está acreditado
por las características socioeconómicas y geográf‌i cas,
así como por las mejores condiciones de acceso, ruta
y tiempo de viaje, que para los pobladores de las
localidades ubicados en las cuencas de Vilcabamba
e Incahuasi del Distrito de Vilcabamba, Provincia
de La Convención, Región Cusco, mencionadas en
las Resoluciones Administrativas Nros. 242 y 414-
2009-CE-PJ, esta última de fecha 30 de diciembre
de 2009, correspondientes a Lucma, Poromate,
Runtubamba, Yupancca, Habsapata, Pucyura,
Vilcabamba, Huancalle, Uchucrupo, Pacaybamba,
Oyara, Amaybamba, Huanrancalqui, Apaylla, Erapata,
Naranjal, y San Fernando, resulta más favorable que
pertenezcan a la competencia territorial del Juzgado
de Paz Letrado de Maranura, así como de los
Juzgados Mixto y Especializados y de la Sala Mixta
Descentralizada, con sede en Quillabamba, Distrito
de Santa Ana, Provincia de La Convención, Distrito
Judicial del Cusco.
Quinto. Que en los casos de los centros poblados
de Quebrada Honda, Selva Alegre, Yuveni, Santa Rosa,
Chuanquiri, Resistencia, Esmeralda, Chontabamba y
Santa Victoria, del Distrito de Vilcabamba, Provincia de La
Convención, Región Cusco, Distrito Judicial de Ayacucho,
también por razones de acceso, ruta y tiempo de viaje,
resulta de igual modo conveniente que pertenezcan a la
competencia territorial de los Juzgados de Paz Letrado
Transitorio y Mixto del Distrito de Echarate, y de la Sala
Mixta Descentralizada con sede en Quillabamba, Distrito

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