ORDENANZA N° 276-MDS - Aprueban realización de Matrimonio Civil Comunitario en el distrito

Fecha de disposición27 Mayo 2012
Fecha de publicación27 Mayo 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, domingo 27 de mayo de 2012 467017
de aporte para Parques Zonales - SERPAR, por un monto
de (S/.2,168.10) dos mil ciento sesenta y ocho y 10/100
Nuevos Soles, de acuerdo a la Resolución de Gerencia
Administrativa Nº501-2012 emitida por SERPAR – LIMA, el
24 de abril de 2012.
Que, conforme a las atribuciones determinadas por el
Reglamento Nacional de Edif‌i caciones, Ley Nº27972– Ley
Orgánica de Municipalidades, Ley Nº29090 - Ley de
Edif‌i caciones y Habilitaciones Urbanas, Ley Nº29476 - Ley
que modif‌i ca y complementa la Ley Nº29090, Ley Nº27444
- Ley de procedimientos administrativos y demás normas
vigentes sobre la materia:
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR la Subdivisión del Lote
Matriz constituido por Parte del Lote 55-A, Mz. K-1, con
un área de terreno de 1,072.82 m2., de la Urbanización
Miramar, ubicado con frentes a: Av. Costanera, (Ex – Av.
Miramar, ex – Av. Militar) y la Calle 28 de Julio, (Ex – Calle
28), Jurisdicción del Distrito de San Miguel, Provincia y
Departamento de Lima, con Zonif‌i cación RDA (Residencial
de Densidad Alta) y RDM (Residencial de Densidad Media)
– Área de Tratamiento Normativo II, conforme a los Planos;
U-01; P-01 y P-02.
SUB LOTE MATRIZ Parte del Lote 55-A, Mz. K-1:
• Por el frente, con línea recta con la Av. Costanera, (Ex
– Av. Miramar, ex – Av. Militar), con 13.50 ml.
• Por la derecha, colinda con parte del lote 55-A, de la
Mz. K-1, propiedad de terceros con 54.00 ml.
• Por la Izquierda, colinda con tres tramos: primer tramo,
con parte de lote 55-A, Mz. K-1, propiedad de terceros con
23.95 ml.; segundo tramo con parte de lote 55-A, Mz. K-1,
propiedad de terceros con 14.50 ml., y el tercer tramo con la
Calle 28 de Julio (ex – Calle 28), con 22.60 ml.
• Por el fondo, colinda con parte del lote 55-B, propiedad
de terceros con 30.00 ml.
AREA DE TERRENO: 1,072.82 m2.
PERÍMETRO: 158.55 ml.
SUBLOTES PROPUESTOS:
PARTE DEL LOTE (55-A) – 1
• Por el frente, con la Av. Costanera, (Ex – Av. Miramar,
ex – Av. Militar), con 13.50 ml.
• Por la derecha colinda con parte del lote 55-A, Mz. K-
1, propiedad de terceros, con 24.95 ml.
• Por la Izquierda, colinda con parte del lote 55-A y parte
del lote (55-A) – 2, Mz- K-1, propiedad de terceros, con
24.05 ml.
• Por el fondo, colinda con parte del lote (55-A) – 2, Mz.
K-1, con 13.50 ml.
AREA DE TERRENO: 330.75 m2.
PERÍMETRO: 76.00 ml.
PARTE DEL LOTE (55-A) – 2
• Por el frente, con la Calle 28 de Julio (ex – Calle 28),
con 22.60 ml.
• Por la derecha colinda con parte del lote 55-A y parte
del lote (55-A) – 1, Mz- K-1, con tres tramos: el primero con
14.50 ml., el segundo con 0.10 ml., y el tercero con 13.50
ml. • Por la Izquierda, colinda con parte del lote 55-B, Mz.
K-1, propiedad de terceros con 30.00 ml.
• Por el fondo, colinda con parte del lote 55-A de la Mz.
K-1, con 29.05 ml.
Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la
presente Resolución en el Diario Of‌i cial El Peruano, el
cual deberá efectuarse dentro de los 30 dias a partir de
su notif‌i cación; asimismo la inscripción Registral ante la
Superintendencia Nacional de Registros Públicos, Zonal Nº
IX – Lima, que correrá a cargo de los copropietarios.
Artículo Tercero.- TRANSCRIBASE esta Resolución
al Servicio de Parques de la Municipalidad Metropolitana
de Lima (SERPAR), para la revisión de los aportes que
correspondan.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento
de la presente Resolución a la Gerencia de Rentas y
Administración Tributaria; a la Subgerencia de Obras
Privadas conforme a sus competencias.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
ANA VICTORIA DIAZ BOZA
Sub Gerente (e)
Subgerencia de Fiscalización Urbana y Catastro
Gerencia de Desarrollo Urbano
793119-1
MUNICIPALIDAD DE
SURQUILLO
Aprueban realización de Matrimonio
Civil Comunitario en el distrito
ORDENANZA Nº 276-MDS
Surquillo, 21 de mayo de 2012.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
SURQUILLO:
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Surquillo, en Sesión Ordinaria
de la fecha, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
195º numerales 4) y 10) de la Constitución Política del Perú
modif‌i cada por las Leyes de Reforma Constitucional y los
artículos 248º y siguientes del Código Civil, en uso de las
atribuciones previstas en el numeral 3) del artículo de la
voto unánime de sus miembros y con dispensa de lectura y
aprobación de actas, aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA REALIZACION
DE MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO POR 63°
ANIVERSARIO DEL DISTRITO DE SURQUILLO
Artículo 1º.- Objeto de la disposición: Autorícese la
realización de un Matrimonio Civil Comunitario para el día
sábado 14 de julio de 2012 con ocasión de las celebraciones
por el Sexagésimo Tercer Aniversario de Creación Política
del distrito de Surquillo.
Artículo 2º.- Reducción y Exoneración de derechos:
Establecer en S/. 50.00 (Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles)
el pago por todo concepto que deberán abonar las parejas
contrayentes que cumplan con los requisitos para participar
en la ceremonia autorizada en el artículo 1º, dejándose en
suspenso la tasa contenida en el Texto Único de Procedimientos
Administrativos -TUPA- para el presente caso.
Asimismo, las parejas contrayentes se encuentran
exoneradas del pago de las tarifas respectivas por el
otorgamiento de Certif‌i cado Médico Pre – Nupcial y
Consejería Preventiva.
Artículo 3º.- Dispensa de publicación: De conformidad
con lo dispuesto en el artículo 252° del Código Civil, autorizar al
Alcalde para que dispense a los contrayentes de la publicación
del aviso por periódico del matrimonio civil a que alude el artículo
250° del Código Civil, siempre que se presenten todos los
requisitos que exige el artículo 248º del Código Civil así como los
requisitos que el TUPA exige para dicho f‌i n, correspondiendo,
en todo caso, a la Sub Gerencia de Promaped, Demuna y
Matrimonios y Divorcios No Contenciosos, la publicación
del aviso respectivo en las vitrinas municipales, y en el portal
electrónico de la Municipalidad distrital de Surquillo.
Artículo 4º.- Órganos ejecutantes: Encargar al señor
Alcalde la adopción de las acciones administrativas que
correspondan a efectos de la realización del Matrimonio Civil
Comunitario señalado en el artículo 1º, correspondiendo
a la Gerencia Municipal y Gerencia de Desarrollo Social,
Educación y Juventudes su ejecución conforme a Ley.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
JOSÉ LUIS HUAMANÍ GONZÁLES
Alcalde
793247-1

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