RESOLUCION Nº 203-2011-GRA/PR-GGR - Disponen inscripción de dominio a favor del Estado de terreno eriazo de dominio privado ubicado en el departamento de Arequipa

EmisorGOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA
Fecha de la disposición24 de Noviembre de 2011
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 24 de noviembre de 2011 453795
Nº 1823-2011-MP-FN, de fecha 16 de setiembre del
2011.
Artículo Tercero.- DESIGNAR a la doctora ROCIO
GALA GALVEZ, Fiscal Adjunta Provincial Titular Penal
de Lima, Distrito Judicial de Lima, en el Despacho de la
Vigésima Tercera Fiscalía Provincial Penal de Lima.
Artículo Cuarto.- DESIGNAR a la doctora MANUELA
NORA PAUCAR GONZALES, Fiscal Adjunta Provincial
Titular Penal de Lima, Distrito Judicial de Lima, en el
Despacho de la Vigésima Octava Fiscalía Provincial
Penal de Lima.
Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente
Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales
Superiores del Distrito Judicial de Lima, Gerencia
General, Gerencia Central de Potencial Humano, Of‌i cina
de Registro y Evaluación de Fiscales y a las Fiscales
mencionadas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES
Fiscal de la Nación
720586-3
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DE AREQUIPA
Disponen inscripción de dominio a
favor del Estado de terreno eriazo
de dominio privado ubicado en el
departamento de Arequipa
RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL
Nº 203-2011-GRA/PR-GGR
VISTO:
El Informe Nº 838-2011-GRA/OOT, el Jefe de la
Of‌i cina de Ordenamiento Territorial del Gobierno Regional
,de Arequipa, remite el Informe Técnico Legal Nº 014-
2011-GRA-OOT, y el Expediente Nº 014-2011-GRA/
OOT correspondiente al procedimiento de Inscripción
en Primera de dominio de un terreno eriazo de dominio
privado de 5, 065.79 m2. ubicado en el Sector denominado
El Frisco, del distrito de Deán Valdivia, Provincia de Islay,
Departamento de Arequipa.
Que, el Informe de Búsqueda Catastral Nº 32565-
2011, emitido por la Of‌i cina de la Zona Registral XII Sede
Arequipa, del cual se desprende que el predio en mención
no aparece registrado y/o actualizado en los archivos de
catastro.
Que, la inspección técnica realizada por el personal de
la Of‌i cina de Ordenamiento Territorial, de fecha 04-02-201,
quienes verif‌i caron: “que el terreno es de 5, 065.79 m2. es
eriazo se encuentra ocupado con productos agrícolas y
cuyo terreno se encuentra cercado(…) no se encuentra
inscrito”.
Que, el Informe Nº 739-2011-GRA/OOT, a través del
cual el Jefe de la Of‌i cina de Ordenamiento Territorial, remite
Informe Técnico Legal Nº 014-2011-GRA-OOT, respecto al
Expediente Nº 014-2011, relacionado al trámite de primera
de inscripción de dominio a favor del Estado, de un terreno
eriazo de dominio privado de 5, 065.79 m2. ubicado en el
Sector denominado El Frisco, del distrito de Dean Valdivia,
Provincia de Islay, Departamento de Arequipa.
CONSIDERANDO:
Que, el inciso b) del artículo 62 de la Ley Nº 27867,
funciones en materia de administración y adjudicación de
terrenos de propiedad del Estado, señala que:
“b) Realizar los actos de inmatriculación saneamiento,
adquisición, enajenación, administración y adjudicación
de los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del
Estado en su jurisdicción, con excepción de los terrenos
de propiedad municipal.”
Que, de acuerdo a lo establecido en la Resolución
Gerencial Nº 045-2006-CND/GTA y Acta de Transferencia
de Funciones Sectoriales y Recursos Asociados, del
Sector Economía y Finanzas – Superintendencia de Bienes
Nacionales al Gobierno Regional de Arequipa en materia de
Administración y Adjudicación de terrenos urbanos y eriazos
de propiedad del Estado, de fecha 26 de mayo de 2006, se
ha concretado la transferencia de funciones al Gobierno
Regional de Arequipa las que se encuentran establecidas en
los incisos a), b) y c) del artículo 62º de la Ley 27867 Ley
Orgánica de Gobiernos Regionales.
Que, Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional
de Bienes Estatales, y el Decreto Supremo Nº 007-
2008-VIVIENDA de fecha 15 de marzo del 2008 que
aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29151, regulan los
procedimientos administración y disposición de Bienes
del Estado.
Que, el artículo 38º del Decreto Supremo Nº 007-
2008-VIVIENDA, establece:
“La primera inscripción de dominio de predios estatales,
sin perjuicio de lo establecido en normas especiales, será
sustentada y aprobada por los Gobiernos Regionales o la
SBN de acuerdo a sus respectivas competencias “
Que, asimismo la resolución que dispone la primera
inscripción de dominio del predio del Estado, deberá
publicarse por única vez en el Diario Of‌i cial “El Peruano”
y, extracto, en un diario de mayor circulación en la Región
en que se encuentre el predio. La inscripción de los bienes
del Estado de dominio público y de dominio privado se
efectuará en el Registro de Predios a favor del Estado.
De conformidad a las facultades otorgadas por la
Superintendencia de Bienes Nacionales y de conformidad
con lo establecido en la Segunda Disposición
Complementaria Derogatoria del Decreto Supremo Nº 007-
2008-VIVIENDA, el presente procedimiento se encuentra
regulado por las Directivas Nros. 001-2002/SBN y 003-
2004-SBN, sobre Trámites de Inscripción de primera de
Dominio de predios a favor del Estado, aprobadas con
Resolución Nº 011-2002/SBN y Resolución Nº 014-2004/
SBN, respectivamente.
De, en virtud de lo señalado y de la documentación
acompañada, es procedente que en el Gobierno Regional
de Arequipa, emita la resolución correspondiente a f‌i n de
que se inscriba en primera de dominio a favor del Estado, el
terreno eriazo de dominio privado de 5, 065.79m2, ubicado
en el sector denominado El Frisco, del distrito de Dean
Valdivia, provincia de Islay, Departamento de Arequipa.
Que, de conformidad con lo prescrito en la Ley Nº 27783
Nº 27444, Ordenanza Regional Nº 010-AREQUIPA y con
las facultades conferidas mediante Resolución Ejecutiva
Regional Nº 772-2011-GRA/PR;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- DISPONER la Inscripción de Dominio
a favor del Estado del terreno eriazo de dominio privado
ubicado en el Sector denominado El Frisco, del distrito de
Dean Valdivia, Provincia y Departamento de Arequipa con
un área de 5, 065.79 m2, por los fundamentos expuestos
en los considerandos de la presente resolución.
Artículo 2º.- La Zona Registral Nº XII Sede Arequipa,
de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos,
por el mérito de la presente Resolución EFECTUARÁ
la primera inscripción de dominio a favor del Estado
Peruano, del terreno descrito en el artículo precedente,
en el Registro de Propiedad Inmueble de Arequipa.
Artículo 3º.- PUBLICAR la presente Resolución en
el Diario Of‌i cial El Peruano y un extracto en el Diario de
mayor circulación de la región.
Dada en la Sede del Gobierno Regional de Arequipa,
a los veinticuatro (24) días del mes de octubre del dos
mil once.
Regístrese y comuníquese.
JORGE LUIS AGUILAR GALLEGOS
Gerente General Regional
719665-1

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