DECRETO SUPREMO N° 237-2014-EF - Aprueban la Formalización de los Créditos Suplementarios del Segundo Trimestre del Año Fiscal 2014, en el Presupuesto Consolidado de los Organismos Públicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales

Fecha de disposición15 Agosto 2014
Fecha de publicación15 Agosto 2014
El Peruano
Viernes 15 de agosto de 2014
529980
121-2013-VIVIENDA/VMCS/PNSU, por lo que de acuerdo
a lo dispuesto en el numeral 13.2 del artículo 13 de la
Ley Nº 30191, que permite que los recursos asignados
por la citada Ley, puedan ser destinados a la ejecución
de otros proyectos de inversión pública que tengan las
mismas f‌i nalidades que se señalan en el referido artículo
7, siempre que no hayan sido comprometidos dentro de
los sesenta (60) días calendario contados a partir de la
vigencia de dicha Ley;
Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar
el cambio de destino de los recursos autorizados por el
artículo 7 de la Ley Nº 30191, a favor del pliego 040109:
Municipalidad Distrital de Mariano Melgar, Provincia y
Departamento de Arequipa, hasta por la suma de TRES
MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS MIL
NOVECIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 3 472 964,00), a f‌i n de que sean destinados
al proyecto de inversión pública “Mejoramiento de la
transitabilidad peatonal y vehicular de la calle Misti (Cdra.
1, 2, 3 y 4), calle Junín (Cdra. 5), calle Sudamérica, (5, 6,
7 y 8), calle Calvario, Jr. Gólgota (Mza. B, N y L), Jr. Misti
(Mz. LL), Jr. San José (mz. LL), Jr. Sudamérica (Mz. H y
K), Jr. Sr. de los Milagros (Mz. j), Jr. St. Santa María y Jr.
Niño de Jesús en el pp.jj. Jerusalén y pp.jj. Cerrito Belén
del distrito de Mariano Melgar - Arequipa - Arequipa” con
código SNIP 282529 y al proyecto de inversión pública
“Mejoramiento de la transitabilidad peatonal y vehicular de
las calles Alfonso Ugarte Cdras. 1, 2 y 3, Huancavelica,
Ancash Cdra. 2, 3 y 4, Ayacucho Cdra. 1 y 2, Viena Cdra.
5, Junín, Elías Aguirre Cdra. 6 y 7, Tumbes y pasaje
Francisco Mostajo en el pt. Urb. Mariano Melgar, distrito
de Mariano Melgar - Arequipa - Arequipa” con código
SNIP 285171, priorizados por el citado municipio y tienen
las mismas f‌i nalidades que se señalan en el mencionado
De conformidad con lo establecido en el artículo 13
de la Ley Nº 30191, Ley que establece medidas para la
prevención, mitigación y adecuada preparación para la
respuesta ante situaciones de desastre;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto
1.1 Apruébase el cambio de destino de los recursos
autorizados por el artículo 7 de la Ley Nº 30191, a favor del
pliego 040109: Municipalidad Distrital de Mariano Melgar, de la
Provincia y Departamento de Arequipa, hasta por la suma de
TRES MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS MIL
NOVECIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 3 472 964,00), de acuerdo al siguiente detalle:
040109 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MARIANO MELGAR
F.F. RECURSOS ORDINARIOS (EN NUEVOS
SOLES)
COD. SNIP COD. DGPP NOMBRE DEL PROYECTO MONTO
DE:
71974 2078291
INSTALACIÓN DE REDES PRIMARIAS Y
SECUNDARIAS DEL SISTEMA AGUA POTABLE Y
ALCANTARILLADO DE LAS PARTES ALTAS DEL
DISTRITO DE MARIANO MELGAR -PROVINCIA
DE AREQUIPA
3.472.964
A:
282529 2193698
MEJORAMIENTO DE LA TRANSITABILIDAD
PEATONAL Y VEHICULAR DE LA CALLE
MISTI(CDRA 1 2 3 Y 4)CALLE JUNÍN(CDRA
5)CALLE SUDAMÉRICA(5 6 7 Y 8)CALLE
CALVARIO JR GOLGOTA(MZA B N Y L)JR
MISTI(MZ LL)JR SAN JOSÉ(MZ LL)JR
SUDAMÉRICA(MZ H Y K)JR SR DE LOS
MILAGROS (MZ J) JR ST SANTA MARÍA Y JR
NIÑO DE JESÚS EN EL PP.JJ. JERUSALEN
Y PP.JJ. CERRITO BELÉN DEL DISTRITO DE
MARIANO MELGAR - AREQUIPA - AREQUIPA
1.800.396
285171 -
MEJORAMIENTO DE LA TRANSITABILIDAD
PEATONAL Y VEHICULAR DE LAS CALLES
ALFONSO UGARTE CDRAS 1, 2 Y 3,
HUANCAVELICA, ANCASH CDRA 2, 3 Y 4,
AYACUCHO CDRA 1 Y 2, VIENA CDRA 5, JUNIN,
ELIAS AGUIRRE CDRA 6 Y 7, TUMBES Y PSAJE
FRANCISCO MOSTAJO EN EL PT URB MARIANO
MELGAR, DISTRITO DE MARIANO MELGAR -
AREQUIPA - AREQUIPA
1.672.568
1.2 El pliego 040109: Municipalidad Distrital de Mariano
Melgar efectuará las modif‌i caciones presupuestarias en el
nivel funcional programático de acuerdo al artículo 40 del
Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General
del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante
Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, para la aplicación del
numeral 1.1 de la presente norma.
1.3 Conforme a lo establecido en el numeral 13.2
del artículo 13 de la Ley Nº 30191, el pliego 040109
Municipalidad Distrital de Mariano Melgar es el responsable
del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los f‌i nes
y metas de los proyectos de inversión pública, para los
cuales se modif‌i ca el destino de los recursos a su cargo.
1.4 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus veces
en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de
Presupuesto Público las codif‌i caciones que se requieran
como consecuencia de la aplicación del presente Decreto
Supremo.
Artículo 2.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos a que hace referencia el numeral 1.1 del
artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser
destinados, bajo responsabilidad, a f‌i nes distintos para los
cuales son transferidos.
Artículo 3.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas y por la Presidenta del
Consejo de Ministros.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce
días del mes de agosto del año dos mil catorce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ANA JARA VELÁSQUEZ
Presidenta del Consejo de Ministros
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas
1123918-2
Aprueban la Formalización de los
Créditos Suplementarios del Segundo
Trimestre del Año Fiscal 2014, en
el Presupuesto Consolidado de los
Organismos Públicos Descentralizados
y Empresas de los Gobiernos Regionales
y Gobiernos Locales
DECRETO SUPREMO
Nº 237-2014-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 42.3 del artículo 42 del Texto Único
Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema
Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto
Supremo Nº 304-2012-EF, señala que la Dirección
General de Presupuesto Público propone el proyecto
de Decreto Supremo que aprueba las modif‌i caciones al
Presupuesto Consolidado de los Organismos Públicos
Descentralizados y Empresas de los Gobiernos
Regionales y Gobiernos Locales, sobre la base de las
resoluciones que aprueban la mayor disponibilidad
f‌i nanciera de los fondos públicos que f‌i nancian el
presupuesto de las referidas entidades;
2013-EF establece, entre otros aspectos, que las
modif‌i caciones al Presupuesto Consolidado de los
Organismos Públicos Descentralizados y Empresas
de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, se
aprueban en periodos trimestrales mediante Decreto
Supremo, conforme a los procedimientos establecidos
en la Directiva para la Ejecución Presupuestaria de las
Entidades de Tratamiento Empresarial;

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