RESOLUCION N° 040-2013-SGHU-GDU/MDSJL - Aprueban la recepción de obras de habilitación urbana de terreno ubicado en el distrito

EmisorMUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
Fecha de la disposición 7 de Febrero de 2014
El Peruano
Viernes 7 de febrero de 2014
516382
Aprueban la recepción de obras de
habilitación urbana de terreno ubicado
en el distrito
(Se publica la presente Resolución a solicitud de
la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho,
mediante Of‌i cio N° 531-2013-MSJL-SG. La publicación
de dicha Resolución fue pagada el 5 de febrero de 2014,
según consta en la FAC-002-0749066)
RESOLUCIÓN SUBGERENCIAL
N° 040-2013-SGHU-GDU/MDSJL
San Juan de Lurigancho, 27 de febrero de 2013
LA SUB GERENCIA DE HABILITACIONES URBANAS
DE LA GERENCIA DE DESARROLLO URBANO DE
LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE
LURIGANCHO
VISTO:
El Expediente Nº 70476-O1-2012, de fecha 01 de
diciembre del 2012, promovido por el señor Jorge Sergio
Francisco Antelo Cuadros, en calidad de Gerente General
de OCTANO S.A.C., mediante el cual solicita Recepción
de Obras de la Habilitación Urbana del terreno de 2,600.00
m2, ubicado en la Av. Malecón Checa (antes Av. Campoy)
Sub Lote 3-B-B de la Manzana M de la Lotización Campoy
- Primera Etapa, distrito de San Juan de Lurigancho,
provincia y departamento de Lima., inscrito en la Partida
Nº 12420629 del Registro de Propiedad Inmueble de la
Superintendencia Nacional de los Registros Públicos;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Sub Gerencial Nº 060-2011-
MDSJL-GDU/SGHU, de fecha 20 de junio del 2011, esta
Sub Gerencia resuelve Aprobar el Proyecto de Habilitación
Urbana Nueva como Lote Único, bajo la Modalidad de
Aprobación D - Aprobación con evaluación previa de
Comisión Técnica, para Uso de Comercio Zonal - CZ, de
conformidad con el Plano de Ubicación y Localización,
Plano Perimétrico y Plano de Lotización, signados para
efectos de Registros como Plano Nº 005-2011-HU-SGHU-
GDU/MDSJL, Nº 006-2011-HU-SGHU-GDU/MDSJL y Nº
007-2011-HU-SGHU-GDU/MDSJL, respectivamente; ello,
en mérito a lo solicitado por la empresa OCTANO S.A.C.;
Que, el Artículo 2º de la Ley Nº 29090 - Ley de
Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edif‌i caciones,
modif‌i cado por Ley Nº 29476, señala que los procedimientos
administrativos, regulados en la presente Ley, son únicos y
de aplicación obligatoria a nivel nacional; además, determina
las responsabilidades de los sujetos implicados en los
procedimientos de habilitación urbana y de edif‌i cación;
Que, asimismo, la Novena Disposición Final de la Ley
Nº 29090 precisa que la presente Ley entra en vigencia
al día siguiente de la publicación de los Reglamentos
(Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias
de Edif‌i cación, Reglamento de los Revisores Urbanos y
Reglamento de Verif‌i cación Administrativa y Técnica);
Que, mediante Decretos Supremos Nº 024-2008-
VIVIENDA, Nº 025-2008-VIVIENDA y Nº 026-2008-
VIVIENDA, publicados con fecha 27 de setiembre del
2008 respectivamente, se aprueban el Reglamento de
Licencias de Habitación Urbana y Licencias de Edif‌i cación,
el Reglamento de los Revisores Urbanos y el Reglamento de
Verif‌i cación Administrativa y Técnica, respectivamente;
Que, de acuerdo a lo establecido en el Numeral 9
del Artículo 4º de la Ley 29090 - Ley de Regulación de
Habilitaciones Urbanas y de Edif‌i caciones, modif‌i cado
por la Ley Nº 29476, las municipalidades distritales en
el ámbito de su jurisdicción, tienen competencia para
la aprobación de proyectos de habilitación urbana y de
edif‌i cación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº
Que, el Numeral 16.1 del Artículo 16º del Decreto
Supremo Nº 024-2008-VIVIENDA - Reglamento de
Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de
Edif‌i cación, ref‌i ere que el procedimiento administrativo de
habilitación urbana contempla dos etapas: Aprobación del
Proyecto y Recepción de las Obras;
Que, mediante Resolución Sub Gerencial Nº 054-
2011-MDSJL-GDU/SGHU, de fecha 10 de junio del
2011, expedida por la Sub Gerencia de Habilitaciones
Urbanas de la Municipalidad Distrital de San Juan de
Lurigancho, se aprobó la valorización del área de 52.00
m2, correspondiente al Déf‌i cit de Aporte Reglamentario
de Servicios Públicos Complementarios (Municipalidad
Distrital), de la Aprobación del Proyecto de Habilitación
Urbana Nueva bajo la Modalidad “D”: Aprobación con
Evaluación previa por la Comisión Técnica, del terreno de
2,600.00 m2., ubicado en la Av. Malecón Checa (Ex Av.
Campoy) Mz. M Sub Lote 3-B-B de la Lotización Campoy
– Primera Etapa, cuyo importe asciende a S/. 21,528.00
(Veintiún Mil Quinientos Veintiocho y 00/100 nuevos
soles); siendo que dicha valorización fuera cancelada a la
Tesorería de la Municipalidad Distrital mediante Recibo de
Pago Nº 2929832, y con fecha 13 de junio del 2011;
Que, mediante Of‌i cio Nº 1636-2012-EMILIMA-GG, de
fecha 23 de julio del 2012, la Empresa Municipal Inmobiliaria
de Lima S.A. - EMILIMA S.A. de la Municipalidad Metropolitana
de Lima, pone en conocimiento a la Municipalidad Distrital de
San Juan de Lurigancho, que la Empresa OCTANO S.A.C.,
ha cumplido con cancelar los pagos por el concepto de aporte
por Renovación Urbana, cuyo aporte asciende a la suma
de US$ 17,160.00 (Diecisiete mil ciento sesenta y 00/100
dólares americanos) del área de 78.00 m2.; siendo que dicha
liquidación ha sido pagado en su integridad, en mérito al
convenio de fraccionamiento de pago suscrita con la entidad
edil, a través de seis letras de cambio sellados por FOMUR en
señal de conformidad;
Que, mediante Of‌i cio Nº 513-2012/SERPAR-LIMA/GG/
GAP/MML de fecha 11 de abril del 2012, el Servicio de Parques
de Lima – SERPAR LIMA, de la Municipalidad Metropolitana
de Lima, pone en conocimiento a la Municipalidad de San
Juan de Lurigancho, que se ha emitido la Resolución de
Gerencia Administrativa Nº 1127-2011, de fecha 09 de
setiembre del 2011, expedida por el Servicio de Parques de
Lima - SERPAR LIMA de la Municipalidad Metropolitana de
Lima y que conforme a los Recibos de Ingresos Nº 0080812,
0080333, 0079881, 0079262, 0078816, 0078177, 0077765
de fecha 03.04.2012, 02.03.2012, 06.02.2012, 04.01.2012,
06.12.2011, 04.11.2011 y 06.10.2011 respectivamente,
el aporte para Parques Zonales de 130.00 m2., por la
Habilitación Urbana Nueva de Lote Único, del Terreno de
2,600.00 m2. Ubicado en la Av. Malecón Checa (Ex Av.
Campoy) Mz. M Sub Lote 3-B-B, esq. Calle 5 de la Lotización
Campoy, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y
departamento de Lima, ha sido cancelado:
Que, el administrado presenta la Carta Nº 829-2011-
EOMR-SJL, de fechas 27.10.2011, expedido por SEDAPAL,
donde se desprende la conformidad del Proyecto de red
complementaria de agua potable y alcantarillado, para el
lote ubicado en la Mz. M Sub Lote 3-B-B de la Manzana M
de la Lotización Campoy – Primera Etapa, distrito de San
Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima;
Que, mediante Carta Nº SMNR/SCEI/1009293/2012,
de fecha 06 de junio del 2012, EDELNOR comunica al
administrado, sobre la conformidad de Obra del Proyecto
Eléctrico del Sistema de utilización en media tensión 10
KV, para OCTANO S.A.C., ubicado en la Mz. M Sub Lote
3-B-B de la Manzana M de la Lotización Campoy – Primera
Etapa, distrito de San Juan de Lurigancho, adjuntando a
su vez, un ejemplar completo del Proyecto de replanteo
de la obra ejecutada, debidamente f‌i rmado y sellado por
un representante de EDELNOR;
Que, el administrado ha cumplido con acompañar los
documentos establecidos en las normas vigentes para el
presente procedimiento del terreno materia de trámite;
Que, mediante Informe Nº 035-2013-CAEP-SGHU/
GDU/MDSJL, de fecha 21 de febrero del 2013, está Sub
Gerencia informa que de la inspección ocular efectuada
al predio materia de trámite, se ha verif‌i cado que se
encuentran ejecutadas las obras de Habilitación Urbana;
además, se constató que no existe modif‌i cación respecto
al proyecto aprobado con la Resolución Sub Gerencial
Nº 060-2012-MDSJL-GDU/SGHU, correspondiente a la
Proyecto de Habilitación Urbana Nueva como Lote Único,
bajo la Modalidad de Aprobación D - Aprobación con
Evaluación previa de Comisión Técnica;
De conformidad con el Informe Nº 093-2013-AL-GDU/
MDSJL, de fecha 27 de febrero del 2013, del Asesor Legal
de la Gerencia de Desarrollo Urbano;
Estando a los fundamentos expuestos en la parte
considerativa y en uso de las facultades conferidas por
el Inciso 3.6.1 del Capítulo II del Artículo 79º de la Ley
Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, conforme a

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