ORDENANZA N° 012-2013-MPP-T - Aprueban el Reglamento interno del Mercado Municipal Central y del Mercado Municipal la Unión, de propiedad de la Municipalidad Provincial de Pataz

Fecha de publicación26 Octubre 2013
Fecha de disposición26 Octubre 2013
El Peruano
Sábado 26 de octubre de 2013 505857
Coactivo y un (01) Auxiliar Coactivo de la Municipalidad
Provincial de Huaral, para el Ejercicio 2013.
Que, se ACEPTA LA RENUNCIA formulada por la
Abogada MARCELA DEL CARMEN HIJAR BOZZO,
en el cargo de Ejecutor Coactivo, de la Municipalidad
Provincial de Huaral; para lo cual se iniciará el Proceso
de Convocatoria para elegir al nuevo Ejecutor Coactivo,
fecha en la que se entregará la Resolución de Alcaldía
de Cese, exonerando del plazo de Ley para la entrega de
cargo respectivamente.
Que, mediante el Informe Nº 002-2013-MPH-CE
AD-HOC de fecha 04 de octubre del 2013 la Comisión
Evaluadora AD HOC que se encargará de Planif‌i car,
Convocar y Ejecutar el Concurso Público de Méritos
para la Contratación de un (01) Ejecutor Coactivo y un
(01) Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Provincial de
Huaral, para el Ejercicio 2013, remite el Proyecto de las
Bases del Concurso Público de Méritos Nº 03-2013-MPH
Bajo la Modalidad de Contratado para la Designación de
un (01) Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Provincial
de Huaral, para el Ejercicio 2013, para su aprobación por
el Concejo Municipal.
Que, mediante Memorando Nº 017-2013-MPH/SGP
de fecha 11/01/2013, la Sub Gerencia de Presupuesto
comunica que lo solicitado por la Gerencia de Rentas
y Administración Tributaria, respecto a la Contratación
de un (01) Ejecutor Coactivo y un (01) Auxiliar Coactivo
para el presente año, cuenta con Disponibilidad
Presupuestal por el monto de S/. 45,941.28 nuevos
soles, en la Genérica 2.1.11.13 Personal con Contrato a
Plazo Fijo (régimen laboral público), Actividad 5000409,
Rubro 07, Fuente de Financiamiento 5 y Meta 018.
Que, mediante Informe Nº 1057-2013-MPH-GAJ de
fecha 10 de octubre del 2013, la Gerencia de Asesoría
Jurídica, opina por la procedencia de la aprobación de las
Bases del Concurso Público de Méritos Bajo la Modalidad
de Contratado para la Designación de un (01) Ejecutor
Coactivo de la Municipalidad Provincial de Huaral,
debiendo remitir el expediente al Pleno del Concejo para
su aprobación.
Que, mediante Dictamen Nº 014-2013-MPH-CAEP-
CM de fecha 21 de octubre del 2013, la Comisión de
Administración, Economía y Planeamiento del Concejo
Municipal, en uso de sus Atribuciones conferidas por
RECOMIENDA al Pleno del Concejo Municipal,
ARTÍCULO SEGUNDO.- APROBAR las Bases del
Concurso Público de Méritos para la Designación de
un (01) Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Provincial
de Huaral, para el Ejercicio 2013, presentada por la
Comisión Evaluadora AD HOC Encargada de Planif‌i car,
Convocar y Ejecutar el Concurso Público de Méritos,
mediante Informe Nº 002-2013-MPH-CE AD-HOC; la
que forma parte, como anexo del presente Acuerdo.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER la Publicación
del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Of‌i cial
El Peruano, y sus Anexos en la Página Web de la
Institución Municipal (www.munihuaral.gob.pe).
Que, el Numeral 32) del Artículo 9 de la Ley Orgánica
de Municipalidades Nº 27972, estipula que corresponde al
Concejo Municipal “Aprobar el Cuadro de Asignación de
Personal y las Bases de las Pruebas para la Selección de
Personal y para los Concursos de Provisión de Puestos
de Trabajo”.
Estando a lo expuesto y a las atribuciones que le
conf‌i eren los Artículos 9º, 39º y 41º de la Ley Orgánica
de Municipalidades Nº 27972; con el voto unánime de
los señores miembros del Concejo Municipal y con la
dispensa del trámite de aprobación del acta;
ACORDÓ:
Artículo Primero.- APROBAR las Bases del Concurso
Público de Méritos Nº 03-2013-MPH para la Designación
de un (01) Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Provincial
de Huaral, para el Ejercicio 2013, presentada por la
Comisión Evaluadora AD HOC Encargada de Planif‌i car,
Convocar y Ejecutar el Concurso Público de Méritos antes
mencionado, mediante Informe Nº 002-2013-MPH-CE
AD-HOC; la que forma parte, como anexo del presente
Acuerdo.
Artículo Segundo.- DISPONER la Publicación del
presente Acuerdo de Concejo en el Diario Of‌i cial El
Peruano, y sus Anexos en la Página Web de la Institución
Municipal (www.munihuaral.gob.pe).
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
VÍCTOR HERNÁN BAZÁN RODRÍGUEZ
Alcalde Provincial
1004951-1
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE PATAZ
Aprueban el Reglamento interno
del Mercado Municipal Central y
del Mercado Municipal la Unión,
de propiedad de la Municipalidad
Provincial de Pataz
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 012-2013-MPP-T
Tayabamba, 3 de octubre de 2013
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE PATA Z
POR CUANTO:
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE PATA Z
VISTO, en sesión ordinaria de fecha 04 de setiembre
de 2013, el informe Nº 154-2013-OAJ-MPP-T/BJAC, de la
Of‌i cina de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Provincial
de Pataz; y,
CONSIDERANDO:
Las Municipalidades son los órganos de Gobierno Local
con autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia, tal como lo señala el artículo
194º de la Constitución Política del Perú, modif‌i cada por
Ley Nº 27680, ley de reforma constitucional;
Estando a lo establecido en la ley Nº 27972, Ley
Orgánica de Municipalidades,la cual prescribe en su
artículo II del Título Preliminar “que los gobiernos locales
gozan de autonomía política, económica y administrativa
en los asuntos de su competencia. La autonomía que
la Constitución Política del Perú establece para las
municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de
gobierno, administrativo y de administración, con sujeción
al ordenamiento jurídico;
De conformidad al artículo 83º de la Ley Nº 27972,
prescribe que las municipalidades en materia de
abastecimiento y comercialización de productos y
servicios, ejercen las siguientes funciones: Regular
las normas respecto del acopio, distribución,
almacenamiento y comercialización de alimentos y
bebidas, en concordancia con las normas nacionales
sobre la materia, establecer las normas respecto del
comercio ambulatorio.
Asimismo, la norma antes citada, prescribe
que son funciones específicas exclusivas de las
municipalidades controlar el cumplimiento de las
normas de higiene y ordenamiento del acopio,
distribución, almacenamiento y comercialización de
alimentos y bebidas, a nivel distrital, en concordancia
con las normas provinciales.
Según informe la División de Licencias, Comercio y
Defensa del Consumidor y teniendo en cuenta el pedido
de la comisión permanente de regidores de mercados,
comercio y espectáculos públicos, con respecto a la
regulación con que cuenta nuestra entidad no está
actualizada, es necesario aprobar un nuevo reglamento
de funcionamiento de los mercados y las nuevas tarifas
de la merced conductiva de arrendamiento de los puestos
del mercado propiedad de la Municipalidad Provincial de
Pataz.

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