ORDENANZA N° 235-2013-MDPH - Aprueban el Plan Vial del distrito de Punta Hermosa

Fecha de disposición07 Febrero 2013
Fecha de publicación07 Febrero 2013
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 7 de febrero de 2013
487678
C. Norma Pérez Reyes
5.- EDUCACIÓN, CULTURA, TURISMO, DEPORTES
Y RECREACIÓN
A. Tomás Vásquez Yangali - PRESIDENTE
B. Brissa Málaga Aguad
C. Héctor Portugal Marín
Artículo Segundo.- DEJAR sin efecto la Ordenanza
N° 218-2012-MDPH de fecha 12 de abril 2012 y cualquier
otra norma que se oponga a la presente.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia
Municipal y a Secretaría General para que efectúen la
publicación de la presente.
Artículo Cuarto.- DISPONER a todas las áreas de
esta Entidad Municipal en cuanto le corresponda el f‌i el
cumplimiento de la presente.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS GUILLERMO FERNANDEZ OTERO
Alcalde
897954-1
Aprueban el Plan Vial del distrito de
Punta Hermosa
ORDENANZA Nº 235-2013-MDPH
Punta Hermosa, 28 de enero del 2013
EL ALCALDE DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA
POR CUANTO:
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE PUNTA HERMOSA:
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha la
necesidad que el Distrito de Punta Hermosa cuente con
un Plan Vial ya que la Jefatura de la División de Gestión
de Proyectos mediante el Informe Nº 091-2013-DGPISP-
DUCT manif‌i esta que el distrito de Punta Hermosa no
cuenta con un Plan Vial aprobado por lo que se hace
necesario su ejecución; asimismo manifestando que
dicho plan vial debe sustentarse con el Reglamento de
Nomenclatura Vial y Área de Recreación Publica conforme
al Decreto Supremo N° 04-95-MTC, Ordenanza N° 341-
MML, R.N.E., Norma G.H. N° 020 y Norma G.H. N° 010.
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo al Artículo II del Título Preliminar de la
Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia. La autonomía que la Constitución Política
del Perú establece para las municipalidades radica en la
facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de
administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.
Que, el numeral 3.1 del artículo 79° de la Ley Orgánica
de Municipalidades, establece que las Municipalidades
Distritales aprueban el Plan Urbano o Rural según
corresponda con sujeción al Plan y a las normas emitidas
por la Municipalidad Provincial sobre la materia.
Que, en mérito al artículo 9°, numeral 5 de la norma
señalada precedentemente, corresponde al Consejo
Municipal aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan
de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonif‌i cación de
áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos
Humanos y demás Planes específ‌i cos de acuerdo con el
Plan de Acondicionamiento Territorial.
Que, de igual forma y conforme al artículo 9° numeral
el Consejo Municipal tiene atribuciones para aprobar,
modif‌i car o derogar las ordenanzas.
Que, las ordenanzas de las municipalidades provinciales
y distritales, en materia de su competencia son normas de
carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa
municipal, por medio del cual se aprueba la organización
interna, la regulación administrativa y supervisión de los
servicios públicos y las materias en las que la municipalidad
tiene competencia normativa.
Que, el informe legal Nº 016-2013-MDPH/OAJ es de
opinión que el Consejo Municipal es competente para
aprobar el Plan Vial del distrito de Punta Hermosa.
ORDENANZA
PLAN VIAL DEL DISTRITO DE PUNTA HERMOSA
Artículo Primero.- APROBAR El Plan Vial del Distrito
de Punta Hermosa el cual consta de:
Anexo I “Memoria Descriptiva del Sistema Vial del Distrito
de Punta Hermosa”.
Anexo II “Plano del Sistema Vial del Distrito de Punta
Hermosa”.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia
Municipal y a Secretaría General para que efectúen la
publicación de la presente Ordenanza.
Artículo Tercero.- DISPONER a todas las áreas de
esta Entidad Municipal en cuanto le corresponda el f‌i el
cumplimiento de la presente Ordenanza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS GUILLERMO FERNANDEZ OTERO
Alcalde
897952-1
Otorgan “Beneficio por Pronto Pago” de
obligaciones tributarias del año 2013
Punta Hermosa, 28 de enero del 2013
EL ALCALDE DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA
POR CUANTO:
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE PUNTA HERMOSA:
VISTO:
En sesión el informe 009-2013-OR-MDPH el cual nos
dice que es necesario dinamizar la recaudación tributaria
de los Arbitrios Municipales proporcionando un descuento
especial de diez por ciento a aquellos contribuyentes que
cumplan con el pago de sus obligaciones tributarias del
año 2013 antes de culminar el mes de febrero.
CONSIDERANDO:
su modif‌i catoria, Ley de reforma Constitucional N°27680,
en concordancia con el Art. I del título Preliminar de la
a los Gobiernos Locales, autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia.
Que norma IV del Título Preliminar del texto Único
Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto
Supremo N° 135-99-EF, establece que los Gobiernos Locales
pueden crear, modif‌i car y suprimir sus contribuciones,
arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de
su jurisdicción y con límites que señala la Ley;
Que, según el Informe N°009-OR-2012-MDPH la
jefatura de Rentas señala que es necesario dinamizar la
recaudación de los Arbitrios Municipales, promoviendo el
pago de los tributos antes del vencimiento establecido en
el cronograma correspondiente, otorgando en el presente
ejercicio, un descuento especial del 10% para aquellos
contribuyentes que cumplan con sus obligaciones
tributarias antes de su vencimiento.
Que la Ordenanza N° 230-MDPH que aprueba el
Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Barrido
y Limpieza de Calles, y de Recolección de Residuos
Sólidos Domiciliarios, Parques y Jardines, y Serenazgo
para el 2013, y Recolección de Residuos Sólidos en
Zonas de Playa durante temporada de verano 2013; en su

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