RESOLUCION VICE MINISTERIAL N° 172-2012-MTC/03 - Renuevan autorización otorgada a persona natural para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en FM en localidad del departamento de Amazonas

Fecha de disposición14 Junio 2012
Fecha de publicación14 Junio 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 14 de junio de 2012
468284
en adelante el MTC, la reclasif‌i cación def‌i nitiva de las
Rutas Departamentales o Regionales Nº AY-109 y AY-
110 como Rutas Nacionales, al amparo del Reglamento
de Jerarquización Vial, aprobado por Decreto Supremo
Nº 017-2007-MTC y su modif‌i catoria, en adelante el
Reglamento, por cuanto dicha vía interconecta los
principales centros de producción agrícolas y ganaderos
como son los distritos de Pampa Cangallo, Carapo,
Huanca Sancos, Sacsamarca y Llauta, con los principales
centros de consumo;
Que, mediante Of‌i cios Nºs. 135-2012-GORE ICA/PR
y 158-2012-GORE ICA/PR de fechas 24 de febrero y 05
de marzo de 2012, el Gobierno Regional de Ica solicitó al
MTC, la reclasif‌i cación def‌i nitiva de la Ruta Departamental
o Regional Nº IC-110 como Ruta Nacional, al amparo del
Reglamento de Jerarquización Vial, aprobado por Decreto
Supremo Nº 017-2007-MTC y su modif‌i catoria, en adelante
el Reglamento, por cuanto dicha vía interconecta los
principales centros de producción agrícolas y ganaderos
como son los distritos de Bellavista, Pueblo Nuevo,
Chichictara, Cieneguilla y Tambo, con los principales
centros de consumo tales como Palpa, Nasca, Ica,
Arequipa y Lima;
Que, con Memorándum Nº 946-2012-MTC/20 de fecha
04 de abril de 2012; el Director Ejecutivo del Proyecto
Especial de Infraestructura de Transporte Nacional
- Provías Nacional, opinó favorablemente respecto
de la reclasif‌i cación def‌i nitiva de las citadas Rutas
Departamentales o Regionales como Rutas Nacionales,
precisando que efectuadas las reclasif‌i caciones, gestionará
los recursos presupuestales para su intervención;
Que, mediante Informe Nº 192-2012-MTC/14.07 de
fecha 25 de abril de 2012; la Dirección de Caminos de la
Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, considera
procedente la reclasif‌i cación de las Rutas Departamentales
o Regionales Nºs. AY-109, AY-110 e IC-110 ubicadas
en los departamentos de Ayacucho e Ica, como Ruta
Nacional, señalando que las citadas vías reúnen los
criterios de jerarquización vial contenidos en el artículo 8
del Reglamento, y a efectos de posibilitar la intervención
del Provías Nacional en las referidas carreteras;
Que, con Memorándum Nºs. 1382-2012-MTC/14 y
1835-2012-MTC/14 de fechas 25 de abril y 08 de junio
de 2012; el Director General de la Dirección General de
Caminos y Ferrocarriles en mérito del Informe Nº 192-
2012-MTC/14.07 de la Dirección de Caminos, señaló
que resulta procedente la reclasif‌i cación de las rutas
solicitadas por el Gobierno Regional de Ayacucho e Ica;
Que, de acuerdo con los numerales 6.1 y 6.2 del
artículo 6 del Reglamento, el Gobierno Nacional como
ente normativo, es la autoridad competente para la
jerarquización del Sistema Nacional de Carreteras;
y, las autoridades competentes para la aplicación del
Reglamento, son el MTC, por el Gobierno Nacional;
los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, de
conformidad con los niveles de Gobierno que corresponden
a la organización del Estado;
Que, de conformidad con el numeral 10.2 del artículo
10 del Reglamento, las autoridades competentes
antes citadas, podrán proponer de común acuerdo la
reclasif‌i cación de las carreteras de cualquiera de las
Redes Viales del Sistema Nacional de Carreteras -
SINAC, ubicadas en el ámbito de su jurisdicción, con el
correspondiente sustento técnico y en concordancia con
los criterios señalados en el artículo 8 del Reglamento,
la cual será aprobada por el MTC mediante Resolución
Ministerial e incorporada al Clasif‌i cador de Rutas y al
Registro Nacional de Carreteras - RENAC;
Que, además, el artículo 9 del Reglamento, dispone
que corresponde al MTC, a través de la Dirección General
de Caminos y Ferrocarriles, efectuar la Clasif‌i cación
de las Carreteras que conforman el Sistema Nacional
de Carreteras - SINAC, en aplicación de los criterios
establecidos en el artículo 8 del Reglamento considerando
para tales efectos, la información que proporcionen las
autoridades competentes a que se ref‌i ere el artículo 6 del
Reglamento;
Que, en consecuencia, estando a lo opinado por
el Provías Nacional y la Dirección de Caminos de la
Dirección General de Caminos y Ferrocarriles; y a lo
solicitado por los Gobiernos Regionales de Ayacucho
e Ica, resulta procedente reclasif‌i car la jerarquía de las
Rutas Departamentales o Regionales Nºs. AY-109, AY-110
e IC-110 ubicadas en los departamentos de Ayacucho e
Ica, como Ruta Nacional, asignándosele el Código Nº PE-
1S J;
De conformidad con lo dispuesto en los Decretos
Supremos Nº 017-2007-MTC, Nº 006-2009-MTC y Nº
036-2011-MTC, así como el Decreto Supremo Nº 021-
2007-MTC;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Reclasif‌i car como Ruta Nacional,
asignándosele el Código Nº PE-1S J, las siguientes Rutas
Departamentales o Regionales:
a) Ruta Nº AY-109 de trayectoria: Emp. PE-32 A
(Chalco) - Pampa Cangallo - Pomabamba - Ccatumarcco
- Sarhua - Huamanquiquia - Emp. AY-110 (Carapo),
ubicada en el departamento de Ayacucho.
b) Ruta Nº AY-110 en el tramo: Carapo - Huanca
Sancos - Tipiorcco - Ingahuasi - Uyrutambo - Pucará -
Llauta - Camata - Tacarpo - L.D. Ica (Tambo, IC- 110 a
Palpa), ubicada en el departamento de Ayacucho.
c) Ruta Nº IC-110 de trayectoria: Emp. PE-1S (Palpa)
- Buenavista - Chicchitara - L.D. Ayacucho (Tambo AY-110
a Llauta), ubicada en el departamento de Ica.
Artículo 2.- La Ruta Nacional de Código PE-1S J,
adoptará la siguiente trayectoria:
Ruta Nº PE-1S J
Trayectoria: Emp. PE-1S (Palpa) - Buenavista
– Chicchitara – Tacarpo – Camata – Llauta – Pucará
– Uyrutambo – Ingahuasi – Tipiorcco - Huanca Sancos
– Carapo – Huamanquiquia – Sarhua – Ccatumarcco –
Pomabamba - Pampa Cangallo - Emp. PE-32 A (Chalco)
Artículo 3.- Como consecuencia de la reclasif‌i cación
de ruta dispuesta en el artículo 1 de la presente resolución,
la Ruta Departamental o Regional Nº AY-110 ubicada
en el departamento de Ayacucho, adoptará la siguiente
trayectoria:
Ruta Nº AY-110
Trayectoria: Emp. PE-32 A (Huancapi) - Huancaraylla
- Circamarca – Emp. PE-1S J (Carapo).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ
Ministro de Transportes y Comunicaciones
800348-2
Renuevan autorización otorgada a
persona natural para prestar servicio
de radiodifusión sonora comercial en
FM en localidad del departamento de
Amazonas
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
Nº 172-2012-MTC/03
Lima, 7 de junio de 2012
VISTA, la solicitud de registro Nº 2011-047381 del 05
de octubre de 2011, presentada por el señor ARMANDO
QUISPE SEGURA sobre renovación de autorización de
la estación del servicio de radiodifusión sonora comercial
en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de
Bagua Grande, provincia de Utcubamba, departamento
de Amazonas;

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