ORDENANZA N° 007-2012-MDSE - Reglamentan el servicio especial de transporte público de pasajeros y carga en vehículos menores motorizados en el distrito de Santa Eulalia

Fecha de disposición14 Julio 2012
Fecha de publicación14 Julio 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, sábado 14 de julio de 2012 470589
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo
194º, de la Constitución Política del Estado Peruano,
donde indica que las Municipalidades son órganos de
gobierno local con autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencias. Así
mismo, de acuerdo al artículo 9º, numeral 8) señala que
el Concejo Municipal tiene atribuciones para aprobar,
modif‌i car o derogar ordenanzas, así como, en el numeral
8) del artículo 195º señala que entre sus competencia se
encuentra desarrollar y regular actividades y/o servicios
en materia de transporte colectivo, circulación y tránsito,
establecido además en el numeral 2.2 del artículo 73º de
la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades;
Que, en el artículo 18º de la Ley Nº 27181 Ley
General de Transporte y Tránsito Terrestre, establece
que las Municipalidades Distritales ejercen competencia
de Regulación del transporte menor, por consiguiente
la Ley Nº 27189-Ley de Transporte Público Especial de
Pasajeros en Vehículos Menores, reconoce la naturaleza
del servicio de transporte especial en vehículos menores
y similares como medio de transporte vehicular terrestre;
Que, conforme a lo establecido en el Decreto
Supremo Nº 055-2010-MTC, se aprobó el Reglamento
Nacional de Transporte Público Especial de Pasajeros
en Vehículos Motorizados o No Motorizados, en su
Cuarta Disposición Complementaria y Final dispone
que la Municipalidad Distrital competente podrá dictar
disposiciones complementarias necesarias sobre aspectos
administrativos y operativos del servicio especial, de
acuerdo a las condiciones de su jurisdicción; el Título II.-
Competencias en los casos de gestión común, cuando el
servicio de transporte común entre dos distritos contiguos,
las Municipalidades correspondientes deben establecer
un Régimen de Gestión Común y la Séptima Disposición
Complementaria y Final dispone que la Municipalidad
Distrital cuente con una Comisión técnica mixta asimismo
f‌i ja sus funciones y autonomía;
Que, existe la necesidad de crear un equipo de
Inspectores Municipales de Transporte, que se encargará
de controlar, f‌i scalizar e imponer las sanciones por las
infracciones a la Ordenanza 151-2012, el mismo que
deberá contar con un Reglamento sobre sus obligaciones
y Funciones;
Que, con Informe Nª 06-2012-OVT de fecha 04 de
Abril del 2012, la Of‌i cina de Vialidad y Transporte, remite
el proyecto de Ordenanza de normas complementarias
que aprueba el Reglamento del Inspector Municipal de
Transporte, la Comisión técnica mixta y el Régimen de
Gestión Común, para que se derive a la Of‌i cina de Asesoría
Legal, para su revisión a f‌i n de evitar controversias con
otras normas y f‌i nalmente su opinión legal;
Que, con Informe Nº 057-2012 de fecha 18 de Abril
del 2012, la Of‌i cina de Asesoría Legal emite opinión
procedente e indica elevar al Concejo Municipal a efectos
que sea aprobado vía Ordenanza Municipal, conforme
a la propuesta alcanzada por la of‌i cina de Vialidad y
Transporte;
Que, la Comisión de Transporte ha emitido el Dictamen
Nª 002-2012-CT-MDH, de fecha 17 de Mayo del 2012,
para la aprobación del proyecto de Ordenanza de Normas
complementarias que aprueba el Reglamento del Inspector
Municipal de Transporte, la Comisión técnica mixta y el
Régimen de Gestión Común, y eleva al pleno del Concejo
para su ratif‌i cación mediante Acuerdo de Concejo;
Que, en Ejercicio de las facultades conferidas en el
numeral 8) del Artículo de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica
de Municipalidades y las complementarias que otorga
la Ley Nº 27181 Ley General de Transporte Terrestre y
la Ley Nº 27189 Ley de Transporte Público Especial de
Pasajeros en Vehículos Menores, el Pleno del Concejo
Municipal de Hualmay, por mayoría calif‌i cada, con la
dispensa del trámite de aprobación del Acta, aprobó la
siguiente:
ORDENANZA DE NORMAS COMPLEMENTARIAS,
PARA LA REGULACIÓN, FISCALIZACIÓN, CONTROL,
EVALUACIÓN Y TRÁNSITO DEL SERVICIO DE
TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS
Y CARGA DE VEHÍCULOS MENORES EN EL
DISTRITO DE HUALMAY
Artículo Primero.- APROBAR Constituir Un Equipo de
Inspectores Municipales de Transporte de la Municipalidad
distrital de Hualmay, para realizar el control, f‌i scalización
del servicio de transporte público especial de pasajeros
y/o carga en vehículos menores motorizados y no
motorizados de dos y tres ruedas dentro de la jurisdicción
del Distrito.
Artículo Segundo.- APROBAR Constituir la Comisión
Técnica Mixta de Transporte, la que estará conformada por
un Presidente, un Vicepresidente y cuatro (04) miembros
titulares y cuatro (04) miembros suplentes, quienes se
encargarán de evaluar, proponer la normativa que regula
el servicio especial de transporte, así como supervisar su
aplicación.
Artículo Tercero.- APROBAR el Régimen de
Gestión Común, para facilitar la prestación del servicio
de transporte público especial de pasajeros y/o carga en
vehículos menores motorizados y no motorizados.
Artículo Cuarto.- FACULTAR a la Gerencia Municipal,
a la Sub Gerencia de Servicios Públicos a través de la
Of‌i cina de Vialidad y Transporte el cumplimiento de la
presente Ordenanza, a la Of‌i cina de Imagen Institucional
su difusión, a la Secretaría General su publicación en
el Diario Of‌i cial El Peruano y la Of‌i cina de Sistemas
e Informática su publicación en la página Web de la
Municipalidad.
Artículo Quinto.- La presente Ordenanza y todo
el contenido que forma parte de la misma entrarán en
vigencia al día siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
EDDIE JARA SALAZAR
Alcalde
814215-1
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE SANTA EULALIA
Reglamentan el servicio especial de
transporte público de pasajeros y carga
en vehículos menores motorizados en
el distrito de Santa Eulalia
ORDENANZA MUNICIPAL
N° 007-2012-MDSE
Santa Eulalia, 26 de enero de 2012
EL CONCEJO DISTRITAL DE SANTA EULALIA
Visto, en Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe
N° 002 -2012-SGFT-MDSE de la Sub Gerencia de
Fiscalización Tributaria y el Informe N° -2012-GAJ-MDSE
de la Gerencia de Asesoría Jurídica y en uso de las
atribuciones conferidas en el artículo 9° numeral 8) y el
N° 27972, y con el voto unánime de los miembros del
Concejo Municipal se aprobó:
ORDENANZA QUE REGLAMENTA EL SERVICIO
ESPECIAL DE TRANSPORTE PÚBLICO DE
PASAJEROS Y CARGA EN VEHÍCULOS MENORES
MOTORIZADOS EN EL DISTRITO DE SANTA
EULALIA.
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo Primero.- OBJETO:
La presente Ordenanza tiene como objeto normar,
regular y controlar el servicio especial de pasajeros y
carga en vehículos menores en la jurisdicción del distrito
de Santa Eulalia, optimizando la calidad del servicio y la
seguridad a favor de los usuarios.
Artículo Segundo.- BASE LEGAL:
del Estado.

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