ORDENANZA N° 001-2012-CR/GOB.REG.TACNA - Aprueban Plan Maestro 2012 - 2016 del Área de Conservación Regional Vilacota Maure

Fecha de disposición16 Abril 2012
Fecha de publicación16 Abril 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, lunes 16 de abril de 2012 464257
correcta gestión de los asuntos y el uso de los bienes
públicos, y sugerir la armonización de legislaciones
penales nacionales. Además tiene como objetivo
implementar políticas públicas ef‌i caces en materia de
prevención y de medidas para combatir la corrupción.
La Convención fue suscrita el 31 de octubre de 2003 y
ratif‌i cada por el Perú el 16 de octubre de 2004, mediante
Decreto Supremo N° 075-2004-RE y vigente desde el 14
de diciembre de 2005.
Que, el 31 de octubre de 2003, la Asamblea General
de las Naciones Unidas, proclamó el 9 de diciembre como
“DÍA INTERNACIONAL CONTRA LA CORRUPCIÓN”.
Que, el Estado Peruano cuenta con una vasta
legislación orientada a la lucha contra la corrupción, entre
las principales, tenemos, la Ley N° 26771, Ley Contra el
Nepotismo, Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización
del Estado, Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de
la Función Pública, Ley N° 29542, Ley de Protección del
Denunciante en el ámbito administrativo y de colaboración
ef‌i caz en el ámbito penal.
Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional del
Cusco, ha aprobado y publicado la Ordenanza Regional
N° 026-2007-CR/GRC.CUSCO, Ordenanza Regional que
Declara de Interés Regional la difusión, capacitación y
cumplimiento del Código de Ética de la Función Pública;
la Ordenanza Regional N° 076-2010-CR/GRC.CUSCO,
Ordenanza Regional que Dispone como requisito
obligatorio para el ejercicio profesional en el ámbito de
la Región Cusco, la Colegiación obligatoria de todo
profesional en su respectivo Colegio, además de contar
con el Certif‌i cado de Habilidad Profesional otorgado
por el respectivo Colegio Profesional; y la Ordenanza
Regional N° 088-2010-CR/GRC.CUSCO, Ordenanza
Regional que Dispone que el Ingreso y Acceso al
Servicio Público Regional, se realice necesariamente
por Concurso Público Abierto para personal contratado
en todas las instancias del Gobierno Regional del Cusco,
sus sectores, dependencias y Proyectos Especiales
Regionales. A excepción de los funcionarios que
desempeñen cargos políticos o de conf‌i anza.
Que, la Vigésima Sexta Política de Estado del
Acuerdo Nacional, establece la Promoción de la Ética y la
Transparencia y Erradicación de la Corrupción, el Lavado
de Dinero, la Evasión Tributaria y el Contrabando en
Todas sus Formas.
Que, resulta impostergable iniciar el proceso de lucha
frontal contra la corrupción, a través de la construcción de
una visión estratégica que permita anticiparse y construir
futuro desde el presente, con iniciativas en la prevención
de la corrupción orientadas a la sensibilización, educación,
organización y participación desde los espacios de la
familia, de la educación básica, tecnológica y universitaria
y de la comunidad en general.
Que, estando al Proyecto de Ordenanza Regional
que Declara en el ámbito de la Región Cusco, el día 9 de
diciembre de todos los años como el “DÍA CONTRA LA
CORRUPCIÓN”; y con dispensa de trámite de comisión
ordinaria.
Por lo que; el Consejo Regional del Cusco, en uso de
la facultad conferida por el artículo 191° de la Constitución
Política del Estado, la Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales y el Reglamento Interno de Organización y
Funciones.
HA DADO LA SIGUIENTE:
ORDENANZA REGIONAL
Artículo Primero.- Declárese en el ámbito de la
Región Cusco, el día 9 de diciembre de todos los años
como el “DÍA CONTRA LA CORRUPCIÓN”; con la f‌i nalidad
de aumentar la sensibilización para prevenir y combatir la
corrupción en el marco de la Convención de las Naciones
Unidas contra la Corrupción.
Artículo Segundo.- Disponer, que las instituciones
públicas del ámbito regional, realicen actividades que
sensibilicen, eduquen y generen ref‌l exión sobre el impacto
negativo de la corrupción.
Artículo Tercero.- Exhortar al sector privado y a la
sociedad civil a sumarse a la campaña de sensibilización
y educación contra la corrupción.
Artículo Cuarto.- Disponer, que el Ejecutivo
Regional, reglamente mediante Decreto Regional, las
especif‌i caciones para el cumplimiento de la presente
Ordenanza Regional.
Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Regional
entrará en vigencia a partir del día siguiente de su
publicación en el Diario Of‌i cial El Peruano.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional del Cusco para su promulgación.
Dado en Cusco, a los veintidós días del mes de
diciembre del año dos mil once.
PABLO OLIVERA BACA
Consejero Delegado del Consejo Regional de Cusco
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en la sede central del Gobierno Regional del
Cusco, a los 29 días del mes de diciembre del año dos
mil once.
JORGE ISAACS ACURIO TITO
Presidente Regional del Gobierno Regional
del Cusco
776154-3
GOBIERNO REGIONAL
DE TACNA
Aprueban Plan Maestro 2012-2016 del
Área de Conservación Regional Vilacota
Maure
ORDENANZA REGIONAL
Nº 001-2012-CR/GOB.REG.TACNA
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO
REGIONAL DE TACNA
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna,
con fecha seis de marzo del año dos mil doce, en Sesión
Ordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional;
CONSIDERANDO:
numeral 22) prescribe que: “Toda persona tiene derecho:
22. (...) a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al
desarrollo de su vida”, mientras que el artículo 68 prescribe
que: “El Estado está obligado a promover la conservación de
la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas”.
Asimismo, el artículo 191 establece que: “Las Regiones
tienen autonomía política, económica y administrativa en
los asuntos de su competencia”, mientras que el artículo
192 señala: “Los Gobiernos Regionales promueven el
desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones,
actividades y servicios públicos de su responsabilidad,
en armonía con las políticas planes nacionales y locales
de desarrollo. Son competentes para: (...) 7. Promover y
regular actividades y/o servicios en materia de agricultura,
pesquería, industria, agroindustria, comercio, turismo,
energía, minería, vialidad, comunicaciones, educación,
salud y medio ambiente, conforme a ley”.
en su artículo 36 prescribe: “Competencias compartidas, c)
Promoción, gestión y regulación de actividades económicas
y productivas en su ámbito y nivel, correspondientes a los
sectores (...) y medio ambiente, d) Gestión sostenible de los
recursos naturales y mejoramiento de la calidad ambiental,
e) Preservación y administración de las reservas y áreas
naturales protegidas regionales”.
Que, la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales en su artículo 9, el literal g) señala como una de las
competencias constitucionales de los Gobiernos Regionales:
“Promover y regular actividades y/o servicios en materia
de (...) y medio ambiente, conforme a la Ley”. Asimismo,
el artículo 38 prescribe que: “Las Ordenanzas Regionales
norman asuntos de carácter general, la organización y a la

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