ORDENANZA N° 277-2012-MDI - Aprueban derecho de emisión mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2013

Fecha de publicación23 Diciembre 2012
Fecha de disposición23 Diciembre 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 23 de diciembre de 2012
481984
“A” queda como garantía de pago del déf‌i cit de aportes,
lo que deberá aclararse por cuanto la Mz. “A” solo cuenta
con 30 lotes;
Que, respecto a la discrepancia entre el planeamiento
integral y la habilitación urbana, se ha de mencionar que
para el Planeamiento Integral aprobado en el procedimiento
administrativo de Independización de Terreno Rústico
iniciado con fecha 03 de setiembre de 2007, respecto
a las zonif‌i caciones se tenía vigente el Acuerdo de
Concejo Nº 163-93-MML el cual señala al terreno matriz
con las zonif‌i caciones de R-4 (Residencial de Densidad
Media) y ASPN (Amortiguamiento, Seguridad y Paisaje
Natural) y consignándose Áreas de Forestación en dicho
Planeamiento. Por otro lado, la Habilitación Urbana se
inició con fecha 09 de marzo de 2010, sobre la zonif‌i cación
se encontraba vigente la Ordenanza Nº 1099-MML,
señalando la Sección C-1 (donde se ubica la Asociación
de Vivienda UPIS 26 de mayo) para uso Residencial
de Densidad Media “RDM” y Protección Tratamiento
Paisajista “PTP”. A f‌i n de no tener discrepancias entre
el Planeamiento Integral de Independización de Terreno
Rústico y el Plano de Lotización de la Habilitación
Urbana; se deberá adecuar el Planeamiento Integral a la
normatividad vigente como la Ordenanza Nº 1099-MML,
por tanto ya no se tiene la zonif‌i cación ASPN, la cual en
la sección C-1 contaba con un área de 445.95 m2, con la
mencionada ordenanza ya no se tiene dicha zonif‌i cación
y se considera como RDM, y la zonif‌i cación PTP la cual
en la Habilitación Urbana de la Asociación de Vivienda se
tiene un área de 1,137.39 m2.
Que, con respecto a la entidad encargada de aprobar
el Planeamiento Integral conforme señala la Ordenanza Nº
1467-MML vigente a partir del 03/12/2010, se ha de indicar
que el procedimiento de Independización de Terreno Rústico
solicitado ante la Municipalidad Distrital se inició con fecha
03 de setiembre de 2007, cuando la mencionada ordenanza
no estaba vigente, así también la precitada ordenanza es
de aplicación en los casos que el terreno a independizar
no colinden con terreno habilitados, en el presente caso el
terreno de propiedad de la Asociación de Vivienda UPIS 26
de mayo colinda con la Coop. de Viv. Ramiro Prialé Prialé, la
cual cuenta con aprobación de Habilitación Urbana mediante
Resolución Nº 0119-91-MLM/SMDU-DMDU del 13 de
setiembre de 1991, así también colinda con la Primera Etapa
de la Asoc. de Viv. Valle del Mantaro del Perú la cual fuera
aprobada la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada
por etapas mediante Resolución de Gerencia Nº 00024 del
12 de febrero del 2008; por tanto, no es de aplicación para el
presente trámite la mencionada Ordenanza Metropolitana,
Que, de las observaciones señaladas en la Esquela de
Observación referida a Plano de Lotización y la Memoria
Descriptiva, se tiene que la Asociación de Vivienda UPIS
26 de mayo mediante Anexo Nº 3977-12 de fecha 16 de
octubre 2012 subsana dichas observaciones, presentando
nuevo Plano de Lotización con su correspondiente
Memoria Descriptiva. En el mencionado anexo, la
Asociación comunica que se ha incurrido en un error al
consignar el lote 31 de la Mz. “A” como garantía de pago
por el déf‌i cit del aporte para Parques Zonales debiéndose
consignarse el lote 23 de la Mz. “A”,
Que, mediante Informe Técnico Nº 2890-2012-MDA/
GDU-SGHUE-DEHE de fecha 05 de diciembre de 2012,
emitido por el Área Técnica pertinente de la Sub Gerencia
de Habilitaciones Urbanas y Edif‌i caciones, señala
procedente la petición de aclaración de la Resolución de
Sub Gerencia Nº 759 de fecha 09 de diciembre de 2010,
Estando los fundamentos expuestos en la parte
considerativa y en uso de las facultades conferidas por
el inciso 3.6.1 del Capítulo II del artículo 79º de la Ley
Orgánica de Municipalidades Nº 27972, Ley Nº 27444 Ley
del Procedimiento Administrativo General, así como de
conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29090 - Ley
de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edif‌i caciones,
Ordenanza Nº 836-MML, por el Reglamento Nacional de
Edif‌i caciones y Ordenanza Nº 273-MDA.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- SUSTITUIR el Plano Nº 055-2007-
SGPUC-GDU/MDA, por el Plano signado con el Nº 053-
12-SGHUE-GDU/MDA, referido al Planeamiento Integral
con f‌i nes de Independización, adecuando la zonif‌i cación
vigente conforme a la Habilitación Urbana de la Asociación
de Vivienda UPIS 26 de mayo, la cual fuera aprobada
mediante Resolución de Sub Gerencia Nº 271 de fecha
26 de diciembre de 2007 y conforme a lo señalado en los
considerandos de la presente resolución.
Artículo Segundo.- SUSTITUIR el Plano Nº 089-
2010-SGPUC-GDU/MDA por el Plano signado con el Nº
054-12-SGHUE-GDU/MDA y Memoria Descriptiva, que
forma parte de la presente Resolución, las cuales están
referidos a la Regularización de Habilitación Urbana
Ejecutada, y subsanan las observaciones señaladas en la
Esquela de Observación emitido por la SUNARP.
Artículo Tercero.- ACLARAR el Artículo Tercero de
la Resolución de Sub Gerencia Nº 759 de fecha 09 de
diciembre de 2010 respecto a que uno de los lotes dejados
en garantía de pago para el déf‌i cit del aporte de Parques
Zonales se ref‌i ere al lote 23 de la Mz. “A” y no el lote 31
como se había indicado en dicha resolución.
Artículo Cuarto.- TRANSCRIBIR la presente
Resolución de Sub Gerencia al Registro de Propiedad
Inmueble de la Of‌i cina Registral de Lima y Callao - SUNARP
para los efectos de su Inscripción correspondiente; y a los
interesados para su conocimiento y f‌i nes.
Regístrese, comuníquese y cúmplase
CELIA VARGAS DE NÚÑEZ
Sub Gerente de Habilitaciones
Urbanas y Edif‌i caciones
881503-1
MUNICIPALIDAD DE
INDEPENDENCIA
Aprueban derecho de emisión
mecanizada del Impuesto Predial y
Arbitrios Municipales para el Ejercicio
2013
ORDENANZA Nº 277-2012-MDI
Independencia, 29 de noviembre del 2012
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE INDEPENDENCIA
VISTO: el Memorando Nº 540-2012-GM/MDI, Informe
Nº 285-2012-GAL/MDI de la Gerencia de Asesoría
Legal, Informe 685-2012-SGAT-GR-MDI y el Informe de
la Gerencia de Rentas Nº 115-2012-GR/GM/MDI, sobre
aprobación del proyecto de Ordenanza que aprueba el
Derecho de Emisión Mecanizada del Impuesto Predial y
Arbitrios Municipales para el ejercicio 2013; y,
CONSIDERANDO:
Perú, reconoce a los Gobiernos Locales autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de
su competencia; así como también les otorga potestad
tributaria para crear, modif‌i car y suprimir contribuciones,
tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales;
Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de
Municipalidades, Ley Nº 27972, en su segundo párrafo
dispone que mediante ordenanzas se crean, modif‌i can,
suprimen o exoneran de los arbitrios, tasas, licencias,
derechos y contribuciones dentro de los límites
establecidos por Ley;
Que, conforme a la cuarta disposición f‌i nal del Texto
Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal,
aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, faculta
a las Municipalidades a cobrar por el servicio de emisión
mecanizada de actualización de valores, determinación
de impuestos y recibos de pago correspondiente, incluida

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