ORDENANZA N° 0003-2012-MDH - Aprueban el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas de la Municipalidad

Fecha de disposición24 Junio 2012
Fecha de publicación24 Junio 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, domingo 24 de junio de 2012 468997
dicha carga será levantada cuando se cumpla con los
pagos de los déf‌i cit de aportes.
Artículo Sexto.- DISPONER que el Sr. Cesar
Raúl Chamochumbi Morí y su esposa la Sra. Aurora
Chamochumbi, debidamente representado por la Sra.
Guillermina Matilde Chamochumbi Morí, al concluir con
las obras del proyecto de habilitación urbana deberá
solicitar la recepción de obras, de acuerdo a lo indicado
en el Numeral c. Artículo 13º de la Ley Nº 29090.
Artículo Setimo.- ESTABLECER que la presente
licencia de Habilitación Urbana tiene una vigencia de
treinta y seis (36) meses, cuyo cómputo comprende
desde el ingreso del presente expediente a la Corporación
Municipal, conforme a lo previsto por el Articulo 11º de
la Ley Nº 29090 – Ley de Regulación de Habilitaciones
Urbanas y de Edif‌i caciones.
Artículo Octavo.- REMITIR, un original del FUHU,
copias de la presente resolución, un juego del Plano
de Lotización, Plano de Ubicación y Localización y la
Memoria Descriptiva, a la Municipalidad Metropolitana
de Lima, asimismo, al Servicio de Parques de Lima -
SERPAR LIMA, a la Empresa Municipal Inmobiliaria de
Lima S.A. – EMILIMA S.A. y al Ministerio de Educación,
para su conocimiento, según lo establecido en el Artículo
18º del Decreto Supremo Nº 024 Reglamento de Licencias
de Habilitación Urbana y Licencias de Edif‌i cación, y su
modif‌i catoria D.S. Nº 003-2010-Vivienda.
Artículo Noveno.- ENCARGAR, a la Sub Gerencia de
Planeamiento Urbano y Catastro incorporar la presente
Habilitación Urbana en el Plan Urbano del distrito de San
Juan de Lurigancho, siendo esta su competencia según lo
establece el ROF vigente.
Artículo Décimo.- DISPONER, la publicación de la
presente Resolución en el Diario Of‌i cial El Peruano a
cargo de los interesados en un plazo no mayor de (30)
días calendario contados a partir de la notif‌i cación de la
presente.
Artículo Décimo Primero.- DISPONER el
cumplimiento y notif‌i cación pertinente y de acuerdo a Ley,
al administrado, del contenido de la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
RENZO GARCIA VERGARA
Subgerente de Habilitaciones Urbanas
805204-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE HUAURA
Aprueban el Reglamento de Aplicación
de Sanciones Administrativas de la
Municipalidad
ORDENANZA DISTRITAL
Nº 0003-2012-MDH
Huaura, 7 de marzo del 2012
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE HUAURA
VISTO:
En Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal de
fecha 7 de marzo del 2012, el informe Técnico - Legal
de la Subgerencia de Rentas y Desarrollo Económico y
Asesoría Jurídica, los informes técnicos presentados
por las diferentes unidades orgánicas inmersas en el
Reglamento de Aplicación y Sanciones Administrativas
de la Municipalidad Distrital de Huaura, así como
el correspondiente Cuadro Único de Infracciones y
Sanciones Administrativas; y,
CONSIDERANDO:
del Perú, así como el Artículo II de la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 27972, establecen que los Gobiernos
Locales, gozan de autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica
de Municipalidades, dispone que las ordenanzas de las
municipalidades, son las normas de carácter general de
mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por
medio de las cuales se aprueba la organización interna, la
regulación, la administración y supervisión de los servicios
públicos y las materias en las que la municipalidad tiene
competencia normativa;
Que, en concordancia con la autonomía política
que gozan las municipalidades, el mismo precepto
constitucional ha otorgado expresamente al Concejo
Municipal la función normativa en los asuntos de su
competencia; la misma que de acuerdo al artículo 46º
de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 pueden
establecer, mediante ordenanzas, sanciones de multa,
suspensión de autorizaciones o licencias, clausura,
decomiso, retención de productos y mobiliario, retiro de
elementos antirreglamentarios, paralización de obras,
demolición, internamiento de vehículos, inmovilización
de productos, sin perjuicio de promover las acciones
judiciales sobre las responsabilidades civiles y penales a
que hubiera lugar conforme a ley;
Nº 27444 en su artículo 230º numeral 3, consigna el
Principio de Razonabilidad señalando que las autoridades
deben prever que la comisión de la conducta sancionable
no resulte más ventajosa para el infractor que cumplir las
normas infringidas o asumir la sanción; así como que la
determinación de la sanción considere criterios como la
existencia o no de intencionalidad, el perjuicio causado, la
circunstancia de la comisión de la infracción y la repetición
de la comisión de la infracción;
Que, asimismo el artículo 47º de la ley antes
mencionada indica que, el concejo municipal aprueba y
modif‌i ca la escala de multas respectivas;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades
conferidas por el artículo 9º, numeral 8, y artículo 40º
el Concejo Municipal aprobó por Unanimidad la
siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE
APLICACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS DE
LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAURA
Artículo Primero.- Aprobar el REGLAMENTO DE
APLICACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS de
la Municipalidad Distrital de Huaura, que como anexo
forma parte integrante de la presente ordenanza
el mismo que consta de un Título Preliminar, cinco
(05) Títulos, seis (06) Capítulos, dos (02) secciones,
Setentinueve (79) Artículos, Seis (06) Disposiciones
Complementarias (04) Finales, y sus anexos:
Formato de Notificación de Infracción, Formato de
Multa Administrativa; Cuadro Único de Infracciones y
Sanciones Administrativas (CUISA) de la Municipalidad
Distrital de Huaura.
Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entrará
en vigencia a partir del día siguiente de la publicación en
el Diario Of‌i cial El Peruano y sus anexos en la página web
de la entidad www.munihuaura.com.
POR TANTO:
Mando se registre, publique, comunique y cúmplase.
JACINTO ROMERO TRUJILLO
Alcalde Distrital
805239-1

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