RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 268-2012-P-PJ - Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal - CAP - a nivel Nacional del Poder Judicial

Fecha de disposición28 Junio 2012
Fecha de publicación28 Junio 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 28 de junio de 2012 469193
En dicha diligencia se encontró la suma de dos mil
quinientos dólares americanos en el interior del Expediente
número doscientos noventa guión cero nueve guión
PE, el cual se hallaba sobre el escritorio del investigado,
dinero que al ser cotejado con los billetes entregados por
él órgano de control al quejoso mediante acta de fojas
treinta y cuatro, guardaban estrecha correspondencia, esto
según las fotocopias de los mismos de fojas treinta y seis a
cuarenta y dos y el acta de hallazgo de fojas ciento ochenta
y cuatro.
Cuarto. Que el investigado en su declaración prestada
ante la Comisaría de Lurín negó su responsabilidad en los
hechos, adujo que el quejoso aprovechó su ausencia por
un lapso de tres a cinco minutos en la secretaría -dice que
fue a dar cuenta al juez de un expediente, pero que no lo
encontró- para colocar el cuestionado dinero dentro de un
expediente y perjudicarlo. Señaló que el dinero no se le
encontró en su poder, y que jamás tocó el mismo.
Es preciso mencionar que tales af‌i rmaciones quedan
desvirtuadas con las transcripciones de los audios de las
conversaciones sostenidas entre el quejoso y el investigado
los días veinticinco y veintiséis de marzo de dos mil once
-ver fojas cuatrocientos dieciocho a cuatrocientos veintidós,
y cuatrocientos veintitrés a cuatrocientos veinticinco-,
de cuyo contenido se puede advertir la veracidad de las
imputaciones, las mismas que tenían por f‌i nalidad levantar
la orden de captura dictada contra Fretel Faustino, así como
la entrega por anticipado de las preguntas que se le harían
al quejoso en su declaración instructiva.
Asimismo, porque fue el investigado quien insinuó
al quejoso que colocara el dinero donde f‌i nalmente se
encontró, así se verif‌i ca a fojas cuatrocientos veintitrés, por
lo que resulta irrelevante si el instruido tuvo o no contacto
físico con el dinero.
Quinto. Que estando a lo expuesto, existe prueba
más que suf‌i ciente de que el servidor judicial Genaro
Franco Rojas infringió de manera dolosa sus deberes
previstos en el artículo 41°, literales a) y b), y 42°, literal
a), del Reglamento Interno de Trabajo del Poder Judicial
-relacionado con el respeto de las normas legales y
administrativas; el cumplimiento honesto el cargo; y el
conocimiento de las normas del aludido reglamento y otras
que dicte el Poder Judicial, respectivamente-; así como la
prohibición prescrita en el artículo 43°, literal q), del citado
reglamento concerniente a la prohibición de recibir dádivas,
compensaciones o presentes en razón del cumplimiento
del cargo.
En consecuencia, se ha incurrido en falta grave
según lo establecido en el artículo 10°, incisos 1 y 8, del
Reglamento del Régimen Disciplinario de los Auxiliares
Jurisdiccionales del Poder Judicial, por lo que el
secretario judicial investigado merece ser destituido del
cargo, de conformidad con el artículo 13° del mencionado
reglamento.
Por tales fundamentos, en mérito al Acuerdo N° 137-
2012 de la octava sesión del Consejo Ejecutivo del Poder
Judicial, adoptado con la intervención de los señores San
Martín Castro, Almenara Bryson, Walde Jáuregui y Chaparro
Guerra; y sin la intervención de los señores Vásquez
Silva y Palacios Dextre, por encontrarse de vacaciones;
de conformidad con el informe del señor Walde Jáuregui;
en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82°
del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder
Judicial. Por unanimidad.
SE RESUELVE:
Primero. Imponer la medida disciplinaria de Destitución
a Genaro Franco Rojas, en su actuación como Secretario
Judicial del Juzgado Mixto de Lurín, Corte Superior de
Justicia de Lima -órgano jurisdiccional que ahora pertenece
a la Corte Superior de Justicia de Lima Sur-.
Segundo. Disponer la inscripción de la medida
disciplinaria impuesta en el Registro Nacional de Sanciones
de Destitución y Despido.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
S.
CÉSAR SAN MARTÍN CASTRO
Presidente
807283-2
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Aprueban el Cuadro para Asignación
de Personal - CAP - a nivel Nacional del
Poder Judicial
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 268-2012-P-PJ
Lima, 21 de junio de 2012
CONSIDERANDO:
Que mediante Resoluciones Administrativas números:
172, 173, 174, 176, 184, 203, 204, 218, 219, 220 y 227-
2012-P-PJ, se han aprobado y modif‌i cados los Cuadros
para Asignación de Personal de la Corte Suprema de
Justicia de la República, Cortes Superiores de Justicia y de
la Gerencia General;
fecha 4 de mayo del presente año, se aprobó la Nueva
Escala Remunerativa del Pliego Nº 004: Poder Judicial; lo
que origina un reordenamiento de algunos cargos;
Que, es necesario reunir en un solo documento de
gestión a nivel nacional, los Cuadros para Asignación de
Personal citados en el considerando precedente;
Que, con Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM del 18
de junio de 2004 de la Presidencia del Consejo de Ministros,
se aprobaron los lineamientos para la elaboración y
aprobación del Cuadro Para Asignación de Personal - CAP
- de las Entidades de la Administración Pública;
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 76°
del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder
Judicial modif‌i cado por la Ley Nº 27465;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar el Cuadro para Asignación
de Personal –CAP– a nivel Nacional del Poder Judicial, que
se adjunta a la presente resolución
Artículo Segundo.- Derogar las Resoluciones
Administrativas números: 172, 173, 174, 176, 184, 203,
204, 218, 219, 220 y 227-2012-P-PJ.
Artículo Tercero.- Transcribir la presente Resolución a
la Corte Suprema de Justicia de la Republica, al Consejo
Ejecutivo del Poder Judicial, a la Of‌i cina de Control de la
Magistratura del Poder Judicial, las Cortes Superiores de
Justicia de la Republica, a la Of‌i cina de Control Institucional
y a la Gerencia General del Poder Judicial para los f‌i nes
pertinentes.
Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente
Resolución en la Página Web del Poder Judicial.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
CESAR SAN MARTIN CASTRO
Presidente del Poder Judicial
807227-1
ORGANOS AUTONOMOS
ANR - CONSEJO NACIONAL
PARA LA AUTORIZACION
DE FUNCIONAMIENTO
DE UNIVERSIDADES
Suprimen la Carrera Profesional de
Educación Inicial y Primaria de la
Universidad San Andrés
RESOLUCIÓN Nº 219-2012-CONAFU
Lima, 7 de mayo de 2012

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