ORDENANZA N° 040-2012-MPC - Aprueban Reglamento de Prestación de Servicio de Taxi en la provincia de Cañete

Fecha de disposición10 Febrero 2013
Fecha de publicación10 Febrero 2013
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 10 de febrero de 2013
487876
GUIDO ALBERTO LOPEZ MEY, debidamente inscritos en
los Registros Públicos de Cañete en la Partida electrónica
P03080815, UC 12167, con 1.1 Has., con la f‌i nalidad
de desarrollar un proyecto de Habilitación Urbana en
Zonif‌i cación Comercial C2 y C3 (COMERCIO VECINAL Y
COMERCIO SECTORIAL);
Que, mediante Informe Legal N° 513-2012-AJ-MPC,
de fecha 29 de noviembre de 2012, la Of‌i cina de Asesoría
Jurídica opina que es procedente la aprobación de la
Modif‌i cación del Plan de Desarrollo Urbano (PDU) de la
Municipalidad Distrital de Mala, mediante los Procedimientos
de Anexión de predio al Área urbana y Asignación de
zonif‌i cación, precisando que debe mediante Ordenanza
Municipal de Anexión y Asignación de Zonif‌i cación.
Que, se cuenta con el Dictamen Nº 012-2012-CODUR-
MPC, de fecha 07 de diciembre del 2012, de la Comisión
de obras, Desarrollo Urbano y Rural de la Municipalidad
Provincial de Cañete, quien opina que es procedente la
Propuesta de Modif‌i cación del Plan de Desarrollo Urbano
del Distrito de Mala mediante los procedimientos de Anexión
de predio al Área Urbana y la Asignación de Zonif‌i cación al
predio material del análisis, elevándolo al pleno del Concejo
para su debate y ulterior aprobación.
Estando a lo expuesto, a las facultades conferidas por
voto unánime y, con la dispensa del trámite de aprobación
del trámite de aprobación del acta.
SE ACORDÓ:
Artículo 1º.- Aprobar la Modif‌i cación del Plan Urbano
del Distrito de Mala, mediante los Procedimientos de
Anexión al Área Urbana del Predio, de Propiedad de don
GUIDO ALBERTO LÓPEZ MEY, debidamente inscritos en
los Registros Públicos de Cañete, en la Partida Electrónica
P03080815, UC 12167, que cuenta con 1.1 Has., con la
f‌i nalidad de desarrollar un proyecto de Habilitación Urbana
en Zonif‌i cación COMERCIAL en el Distrito de Mala,
Provincia de Cañete, Departamento de Lima, y Asignarle la
siguiente Zonif‌i cación:
ZONIFICACIÓN : COMERCIO VECINAL
(C-2) Y COMERCIO
SECTORIAL (C-3).
TIPO DE COMERCIO : USO DIARIO.
LOTE MINIMO : SEGÚN RNE.
FRENTE MÍNIMO : SEGÚN RNE.
ALTURA : SEGÚN RNE.
COEFICIENTE DE EDIFICACIÓN : SEGÚN RNE.
AREA LIBRE : SEGÚN PROYECTO
DE HABILITACION
URBANA.
COMPATIBILIDAD DE USO : C O M P A T I B L E
CON PROYECTOS
RESIDENCIALES RDM
(RESIDENCIAL DE
DENSIDAD MEDIA).
CONSTITUYEN LOS
PARÁMETROS PARA
EL DESARROLLO
DEL PROYECTO
DE HABILITACIÓN
URBANA.
AREA DE APORTES REGLAMENTARIOS : SEGÚN RNE.
Artículo 2º.- Precisar que la lámina PZ-01 y la Memoria
justif‌i cativa de Anexión al Área Urbana y Asignación de
zonif‌i cación debidamente aprobadas por la Sub-Gerencia
de Obras Privadas de esta Municipalidad, forman parte de
la zonif‌i cación aprobada en el artículo 1º de la presente
ordenanza.
Artículo 3º.- Disponer que la Municipalidad Distrital de
Mala, incorpore el Plano de zonif‌i cación al Plan de Desarrollo
Urbano del Distrito de Mala, aprobada en el artículo 1°, a partir
de la entrada en vigencia de la presente ordenanza.
Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia de Secretaría General,
para que a través de la Of‌i cina de Comunicación Social y
Relaciones públicas, la presente ordenanza sea publicada en el
portal de la Municipalidad Provincial de Cañete por el término
de 30 días y publicado en el Diario of‌i cial el Peruano.
Regístrese, comuníquese y cúmplase
MARÍA M. MONTOYA CONDE
Alcaldesa
899686-1
Aprueban Reglamento de Prestación
de Servicio de Taxi en la provincia de
Cañete
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 040-2012-MPC.
Cañete, 27 de diciembre de 2012.
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE CAÑETE
POR CUANTO:
El Concejo Provincial de Cañete, en Sesión Ordinaria
de la fecha, en atención al Informe Nº 167-2012-GT-MTC,
de fecha 21 de diciembre de 2012, por el cual la Gerencia
de Transporte y Seguridad Vial, remite el proyecto de
ordenanza sobre el Reglamento de Servicio Público de Taxi
en la Provincia de Cañete.
CONSIDERANDO:
Que, el inciso 5, del artículo 195, de la Constitución
Política del Estado, modif‌i cado por la Ley de Reforma
Constitucional Ley Nº 27680, establece que los Gobiernos
Locales son competentes para organizar, reglamentar
y administrar los servicios públicos locales de su
responsabilidad;
Que, el inciso 1.2 del numeral 1, del artículo 81º
las Municipalidades Provinciales, ejercen la función
de normar, regular el servicio público de transporte
terrestre urbano e interurbano de su jurisdicción, de
conformidad con las leyes y reglamentos nacionales
sobre la materia.
Que, en el inciso a) del numeral 17.1, del artículo 17
de la Ley 27181 – Ley General de Transporte y Tránsito
Terrestre, señala que las Municipalidades Provinciales en su
respectiva jurisdicción, tienen competencia de emitir normas
y disposiciones, así como realizar los actos necesarios para
la aplicación de los reglamentos nacionales dentro de su
respectivo ámbito territorial.
Que, acápite 7.1.2.6, del numeral 7.1.2, del artículo 7, del
D.S. 017-2009-MTC, que aprueba el Reglamento Nacional
de Administración de Transporte, señala al servicio de taxi,
como una de las modalidades del servicio de transporte
especial de personas, dentro de la clasif‌i cación por la
naturaleza de la actividad realizada.
Que, en la Municipalidad de Cañete se han dictados
diversas Ordenanzas para la regularización al Servicio
Público de Taxi, normas que en la actualidad existen
diversos vacíos para regular y f‌i scalizar esta clase de
servicios, normas que no son reguladas desde el año
2005 y lógicamente no están adecuadas al actual Decreto
Supremo N° 017-2009-MTC.
Estando a lo expuesto y de conformidad con
las atribuciones conferidas en la Ley Orgánica de
Municipalidades N° 27972, al Informe Favorable de la
Comisión de Transporte, con el visto bueno de Asesoría
Legal y la Gerencia Municipal, con el voto unánime de los
señores regidores, se aprobó la siguiente Ordenanza:
ORDENANZA:
Artículo Primero.- APROBAR, el Reglamento de
Prestación de Servicio de Taxi en la Provincia de Cañete,
que consta de cinco secciones, cuarenta y siete artículos y
cinco disposiciones f‌i nales.
Articulo Segundo.- APROBAR la escala de
infracciones, establecidas en el Anexo I, del Reglamento de
Taxi de la Provincia de Cañete, así como el Anexo II, sobre
el formato de declaración Jurada, que forman parte de la
presente Ordenanza.
Articulo Tercero.- OTORGAR, autorización para
prestar servicio de transporte de taxi, a todas las empresas
que presenten su pedido por ante la Gerencia de
Transporte, dentro de los 60 días calendarios posteriores
a la publicación de la presente Ordenanza y que cumplan
con la presentación de los requisitos establecidos en el
presente Reglamento y el TUPA de la MPC.
Articulo Cuarto.- Culminado el plazo previsto en
el párrafo precedente declárese SATURADO el Parque
Automotor, para la prestación de servicio de Taxi, en la
Provincia de Cañete.

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