DECRETO SUPREMO N° 132-2011-EF - Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Ministerio de Educación para financiar el Componente de Becas del Programa Piloto de Becas y Garantías a los Créditos

Fecha de publicación06 Julio 2011
Fecha de disposición06 Julio 2011
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, miércoles 6 de julio de 2011 445859
desagregación de los recursos autorizados en el artículo
1° de la presente norma, a nivel funcional programático,
dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del
presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será
remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los
organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23°
de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto.
2.2 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus
veces en el Pliego involucrado, solicitará a la Dirección
General del Presupuesto Público las codif‌i caciones que
se requieran como consecuencia de la incorporación de
nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades
de Metas y Unidades de Medida.
2.3 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus
veces en el Pliego involucrado, instruirá a la Unidad
Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas
para Modif‌i cación Presupuestaria” que se requieran
como consecuencia de lo dispuesto en la presente
norma. Dichos recursos serán registrados en la Fuente
de Financiamiento “Recursos Determinados”, dentro del
rubro que contiene las participaciones.
Artículo 3º.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos del Crédito Suplementario a que hace
referencia el artículo 1º del presente dispositivo no podrán
ser destinados, bajo responsabilidad, a f‌i nes distintos
para los cuales son incorporados.
Artículo 4º.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco
días del mes de julio del año dos mil once.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
ISMAEL BENAVIDES FERREYROS
Ministro de Economía y Finanzas
661659-5
Autorizan Transferencia de Partidas a
favor del Ministerio de Educación para
financiar el Componente de Becas del
Programa Piloto de Becas y Garantías
a los Créditos
DECRETO SUPREMO
N° 132-2011-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Décima Sexta Disposición Complementaria
Final de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2011, crea el Programa Piloto
de Becas y Garantías a los Créditos que tiene por objeto
apoyar a estudiantes con excelencia académica de las
instituciones educativas públicas a realizar estudios de
pregrado en universidades privadas nacionales.
Que, dicho Programa tiene un Componente de Becas
Educativas para estudios de pregrado universitario y
un Componente de Garantías a los créditos educativos
para estudios de pregrado universitario que otorguen las
instituciones del sistema f‌i nanciero nacional, cada uno
con un f‌i nanciamiento para el año 2011, de hasta por la
suma de CINCO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES
(S/. 5 000 000,00); para lo cual, el mismo dispositivo
dispone que el Programa Piloto de Becas y Garantías
a los Créditos, se f‌i nancia con cargo al presupuesto
institucional del Pliego 010: Ministerio de Educación, y,
que para el Año Fiscal 2011, el Poder Ejecutivo transferirá
recursos con cargo a la Reserva de Contingencia, previo
requerimiento de dicho Ministerio;
Que, asimismo, la norma acotada establece que
con cargo a dichos recursos, el Ministerio de Educación
destinará hasta la suma de QUINIENTOS MIL Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 500 000,00) para cubrir los gastos de
implementación del Componente de Becas Educativas;
publicado el 01 de Marzo de 2011 se aprobó el Reglamento del
Componente de Becas del Programa Piloto Becas y Garantías
a los Créditos denominado “Bicentenario de la Independencia
del Perú”, en cumplimiento y dentro del plazo previsto por la
citada norma presupuestal anual, lo cual permitirá implementar
las acciones de selección de estudiantes con excelencia
académica de las Instituciones Educativas públicas, que
serán benef‌i ciados con dichas becas;
Que, la Of‌i cina de Becas y Crédito Educativo del
Ministerio de Educación ha formulado el documento
Programa de Becas “Bicentenario de la Independencia del
Perú”, como instrumento operativo de ejecución a partir
del Año 2011 y una proyección de atención multianual
hasta el año 2016, cuya sostenibilidad y continuidad se
sujetará a las evaluaciones dispuestas en el segundo
párrafo de la Décima Sexta Disposición Complementaria
Final de la Ley Nº 29626;
Que, por tanto resulta necesario autorizar una
transferencia de recursos en el Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2011, a favor del Pliego 010:
Ministerio de Educación hasta por la suma de DOS
MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL
OCHOCIENTOS VEINTISIETE Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 2 738 827.00), con cargo a la Reserva de
Contingencia, a f‌i n de f‌i nanciar los gastos administrativos
y los gastos académicos del segundo semestre del Año
Fiscal 2011, correspondientes al Componente de Becas
del Programa Piloto de Becas y Garantías a los Créditos;
De conformidad con lo establecido por el artículo 45º
de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto;
DECRETA:
Artículo 1º.- Objeto
Autorízase una Transferencia de Partidas en el
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011,
hasta por la suma DOS MILLONES SETECIENTOS
TREINTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS VEINTISIETE Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 738 827.00), para f‌i nanciar
los gastos administrativos y académicos del segundo
semestre del Año Fiscal 2011, del Componente de Becas del
Programa Piloto de Becas y Garantías a los Créditos, que
permitirá apoyar a estudiantes con excelencia académica de
las instituciones educativas públicas a realizar estudios de
pregrado en universidades privadas nacionales; transferencia
que se ejecutará de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Nuevos Soles
SECCION PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y
Finanzas
UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
FUNCION 03 : Planeamiento, Gestión y
Reserva de Contingencia
PROGRAMA FUNCIONAL 008 : Reserva de Contingencia
SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0014 : Reserva de Contingencia
ACTIVIDAD 000010 : Administración del Proceso
Presupuestario del Sector
Público
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.0 Reserva de Contingencia 2 738 827.00
===========
TOTAL EGRESOS 2 738 827.00
===========
A LA: En Nuevos Soles
SECCION PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 010 : Ministerio de Educación
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

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