ORDENANZA Nº 13-2011 - Regulan los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo para el año 2012

Fecha de disposición29 Diciembre 2011
Fecha de publicación29 Diciembre 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 29 de diciembre de 2011
456792
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE HUAROCHIRI-MATUCANA
POR CUANTO:
El expediente Nº 05364-11 del 06/12/11, de la
Municipalidad Distrital de Surco, donde solicita la ratif‌i cación
de su Ordenanza Municipal Nº 005-2011-ALC-MDS de fecha
03/12/11, que regula los Arbitrios Municipales, Limpieza
Pública, Parques, Jardines y Serenazgo de su Jurisdicción
para el año 2012; así mismo el Dictamen Nº 006-2011-
CREDA/MPH-M de fecha 14/12/11, de la Comisión de
Revisión y Evaluación de Documentos Administrativos
de los Concejos Distritales – CREDA, Dictamen Nº 005-
2011-CEAP/MPH-M de fecha 15/12/2011 de la Comisión
de Economía, Administración y Presupuesto, y la Sesión
Ordinaria del Concejo del 15/12/2011, todos vinculados al
expediente mencionado párrafos arriba, y:
CONSIDERANDO:
Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley
Orgánica de Municipalidades aprobado por la Ley Nº
27972, señala que las Municipalidades gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia, lo cual está concordado en lo establecido en
27972 en su artículo 9º numeral 9) establece las facultades
del Concejo Municipal para crear, modif‌i car, suprimir
o exonerar los arbitrios, tasas, licencias, derechos y
contribuciones, dentro de los límites establecidos por Ley,
lo cual esta concordado en lo establecido en el artículo
74º de la Constitución Política del Estado. En tal sentido,
las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las
Municipalidades Distritales están obligadas a someterse
a ratif‌i cación por la Municipalidad Provincial de su
circunscripción, conforme se señala en el artículo 40º de la
Que, la Municipalidad Provincial de Huarochirí
aprobó la Ordenanza Municipal Nº 038-2004/CM-MPH-M
mediante la cual se constituyó la comisión del CREDA y
su reglamento que regula el procedimiento de Ratif‌i cación
de las Ordenanzas Municipales Distritales de la Provincia
de Huarochirí. Asimismo atendiendo a las sentencias del
Tribunal Constitucional contenidas en los expedientes Nº
0053-2004-AI/TC y Nº 0041-2004-AI/TC, por las cuales
se instituyeron de manera vinculante los nuevos criterios
de estructura de costos en procedimiento tributarios
municipales, más específ‌i camente en arbitrios Municipales,
para lo cual se aprobó la Ordenanza Municipal Nº 036-
2005/CM-MPH-M que aprueba el “Reglamento para
el reajuste de Ordenanzas Municipales Distritales que
han creado tasas y derechos Municipales, así como la
determinación de costos de los servicios y procedimientos
administrativos que han dado origen a tributos para efecto
de la ratif‌i cación de ordenanzas municipales distritales de
la Provincia de Huarochirí”;
Que, conforme al Dictamen Nº 006-2011-CREDA/
MPH-M del 14/12/11, la Comisión del CREDA ha evaluado
el expediente Nº 05364-11 del 06/12/11, remitido por la
Municipalidad distrital de Surco, quien solicita la ratif‌i cación
de su Ordenanza Municipal Nº 005-2011-ALC-MDS de
fecha 03/12/11 que regula los Arbitrios Municipales, sobre
Limpieza Pública, Parques, Jardines y Serenazgo de su
jurisdicción para el año 2012; que habiendo cumplido con
todas las exigencias formales reguladas en la ordenanza,
tales como su cuadro de estructura de costos , por lo que
dictamina por la ratif‌i cación de la referida ordenanza. La
Comisión ha evaluado dicho expediente considerando
los procedimientos establecidos en la Ordenanza Nº
038-2004/CM-MPH-M de la Municipalidad Provincial de
Huarochirí de conformidad con el Artículo 40º de la Ley Nº
27972 concordado con el Artículo 68º y siguientes del TUO
de la Ley de Tributación Municipal aprobado por el Decreto
Supremo Nº 156-2004/EF, y los lineamientos señalados en
los expedientes Nº 00041-2004-AI/TC y Nº 0053-2004 del
Tribunal Constitucional en materia tributaria; asimismo con
Dictamen Nº 005-2011-CEAP/MPH-M de fecha 15/12/11
la Comisión de Económica, Administración y Presupuesto
ha evaluado los autos mencionados párrafos arriba y
considerando el Dictamen del CREDA, estos recomiendan
la aprobación de la Ordenanza Municipal Nº 005-2011-
ALC-MDS de fecha 03/12/11, que regula los Arbitrios
Municipales, sobre Limpieza Pública, Parques, Jardines
y Serenazgo de su jurisdicción para el año 2012; con la
opinión favorable de la Comisión del CREDA y el Dictamen
de la Comisión de Economía, Administración y Finanzas,
el Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de Concejo
de fecha 15/12/11 acordó por mayoría aprobar dicha
solicitud.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo
establecido en el artículo 40º de la Ley Orgánica de
Municipalidades Ley 27972, la Ordenanza Nº 038-2004/
CM-MPH-M y los lineamientos del Tribunal Constitucional
en materia tributaria, el Concejo Municipal Provincial por
unanimidad aprobó la siguiente:
ORDENANZA:
Artículo Primero.- RATIFICAR la Ordenanza
Municipal Nº 005-2011-ALC-MDS de fecha 03/12/11 que
regula los Arbitrios Municipales, sobre Limpieza Pública,
Parques, Jardines y Serenazgo de su jurisdicción para el
año 2012, de la Municipalidad Distrital de Surco; al haber
cumplido con todas las exigencias formales reguladas en
la Ordenanza Nº 038-2004/CM-MPH-M y Ordenanza Nº
038-2004/CM-MPH-M, según el Dictamen Nº 006-2011-
CREDA/MPH-M.
Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la
presente Ordenanza por la Municipalidad Distrital, conforme
Nº 27972 y en lo que corresponda a las Leyes 29091,
29060 y 27444.
POR LO TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
ROSA G. VÁSQUEZ CUADRADO
Alcaldesa
733722-1
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE CALLAHUANCA
Regulan los Arbitrios de Limpieza
Pública, Parques y Jardines y Serenazgo
para el año 2012
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 13-2011
Callahuanca, 7 de diciembre del 2011
EL CONCEJO DISTRITAL DE CALLAHUANCA
VISTO:
En Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha; el
Proyecto de Ordenanza, presentado por la Dirección de
Rentas; sobre Tasa de Arbitrios de Limpieza Pública,
Parques y Jardines y Serenazgo para el año 2012; de la
jurisdicción de Callahuanca, conforme a Ley;
CONSIDERANDO:
Perú de 1993 y su modif‌i catoria, Ley Nº 27680 de Reforma
Constitucional, en concordancia con el Artículo II del Título
Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley
Nº 27972, reconoce a los Gobiernos Locales autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia y les otorga potestad tributaria;
Que, el Concejo Distrital ejerce su función normativa,
fundamentalmente a través de Ordenanzas que tienen
rango de Ley, de conformidad con lo establecido en el
numeral 4) del Artículo 200º de la Constitución Política del
Perú;
Ley N.° 27972, en concordancia con la Cuarta Norma
del Titulo Preliminar del TUO del Código Tributario,
aprobado por el Decreto Supremo N.° 135-99-EF, indica
que mediante Ordenanza se crean, modif‌i can, suprimen
o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y
contribuciones, dentro de los límites establecidos por Ley.

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