ORDENANZA Nº 208-2011-MDPH - Modifican la Ordenanza N° 207-2011-MDPH, que regula el comercio ambulatorio en el distrito

Fecha de disposición29 Diciembre 2011
Fecha de publicación29 Diciembre 2011
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 29 de diciembre de 2011 456779
Reglamento Nacional de Edif‌i caciones RNE, las cuales
deberán ser debidamente supervisadas y recepcionada
antes del procedimiento administrativo de Recepción de
Obras, ante esta Corporación.
Artículo Cuarto.- ACEPTAR la redención en dinero
del déf‌i cit de aportes para Parques Zonales (SERPAR)
de 114.08 m2, Renovación Urbana (FOMUR) de 108.00
m2, de la habilitación urbana del área de uso comercial,
conforme a lo establecido en la Ordenanza Nº 836 MML.
APORTES REGLAMENTARIOS CORRESPONDIENTES A LA
ZONA COMERCIAL A REDIMIR EN DINERO
PORCENTAJE
APORTE ÁREA
APORTE
APORTE PARQUES ZONALES 5% 114.08 m2
APORTE RENOVACIÓN URBANA 3% 68.45 m2
Total 182.53 m2
Artículo Quinto.- DISPONER que quede como carga
inscrita en el Registro de Predios de la Zona Registral
Nº IX – Sede Lima, la obligación de los propietarios
de cancelar el déf‌i cit de aportes reglamentarios ante
las entidades receptoras correspondientes, quedando
como garantía el Lote Único materia de la presente
Resolución.
Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente Resolución
a la administrada Compañía Inmobiliaria y de Inversiones
San Andrés de Miraf‌l ores S.A. en el domicilio ubicado en
Av. Benavides Nº 2650 del distrito de Miraf‌l ores.
Artículo Sétimo.- OFICIAR con la presente
Resolución a la Gerencia de la Propiedad Inmueble
de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima, SERPAR,
EMILIMA, Instituto Metropolitano de Planif‌i cación IMP,
al Ministerio de Educación, y A CONOCIMIENTO de la
Gerencia de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente de esta
Corporación, a la Subgerencia de Fiscalización y Control
y a la Subgerencia de Obras Públicas, para las acciones
que correspondan de acuerdo a sus competencias.
Artículo Octavo.- DISPONER la publicación de la
presente Resolución en el Diario Of‌i cial El Peruano, a cargo
de los propietarios del predio objeto del proyecto integral
para la habilitación urbana, en un plazo no mayor de treinta
(30) días calendario contados a partir de la notif‌i cación de
la presente.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JULIO ANTONIO FUENTES VERA
Subgerente de Licencias de
Edif‌i caciones Privadas
733788-1
MUNICIPALIDAD DE
PUNTA HERMOSA
Modifican la Ordenanza Nº 207-
2011-MDPH, que regula el comercio
ambulatorio en el distrito
ORDENANZA Nº 208-2011-MDPH
Punta Hermosa, 29 de noviembre de 2011
EL ALCALDE DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA
POR CUANTO:
EL CONCEJO DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA
VISTO, en Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe
Nº 197-2011-OR-MDPH, con el voto mayoritario de los
señores Regidores y con dispensa del trámite de Lectura y
Aprobación de Acta; y
En uso de las facultades conferidas por el numeral 8
Concejo Municipal aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 9º DE
EL COMERCIO AMBULATORIO DEL DISTRITO DE
PUNTA HERMOSA
Artículo Primero.- MODIFICACIÓN DE LA
COMERCIO AMBULATORIO DEL DISTRITO DE PUNTA
HERMOSA
MODIFÍCASE el Artículo 9º de la ORDENANZA Nº
207-2011-MDPH que Regula el Comercio Ambulatorio
del distrito de Punta Hermosa, la misma que tendrá el
siguiente texto:
“Artículo 9º.- De Los Giros y o Actividades Permitidas:
Solo se permitirá el comercio ambulatorio en las zonas
exclusivamente habilitadas señalas en el literal H del
Artículo 3º de la presente Ordenanza de acuerdo al
siguiente cuadro:
AREA AUTOR-
IZADA GIRO HORARIO CANTIDAD
MÁXIMA A
AUTORIZAR
Playa Blanca
- Venta de gaseosas des-
cartables
- Venta de Raspadillas
- Venta de sándwich en Caja.
- Venta de Helados.
- Venta de Golosinas a pie.
- 9:00 a 18:00
horas.
- 9:00 a 18:00 horas.
- 9:00 a 18:00 horas.
- 9:00 a 18:00 horas.
- 9:00 a 18:00 horas.
05
02
01
12
03
Playa Central
- Venta de gaseosas des-
cartables
- Venta de Raspadillas.
- Venta de barquillos.
- Golosinas en caja.
- Alquiler de sombrillas y sillas.
- Venta de Helados.
- 9:00 a 18:00 horas.
- 9:00 a 18:00 horas.
- 9:00 a 18:00 horas.
- 9:00 a 18:00
horas.
- 9:00 a 18:00 horas.
- 9:00 a 18:00 horas.
06
04
03
05
10
15
Playa La Isla - Venta de Raspadillas.
- Alquiler de sombrillas y sillas.
- Venta de Helados.
- 9:00 a 18:00 horas.
- 9:00 a 18:00 horas.
- 9:00 a 18:00 horas.
01
01
01
Playa Norte - Venta de Helados. - 9:00 a 18:00 horas. 06
Playa Barcaza
- Venta de Raspadillas.
- Venta de Helados. - 9:00 a 18:00
horas.
- 9:00 a 18:00 horas.
01
12
Playa
Señoritas
- Venta de Helados.
- Venta de Golosinas a pie. - 9:00 a 18:00 horas.
- 9:00 a 18:00 horas. 05
01
Playa Silencio - Venta de Helados.
- Venta de Raspadillas. - 9:00 a 18:00 horas.
- 9:00 a 18:00 horas. 45
03
Frontis del
Depósito
Municipal
- Venta de Desayuno.
- Venta de Periódicos. - 6:00 a 11:00 horas.
- 9:00 a 18:00
horas.
07
01
Sector Mártir
Olaya Sur
- Carritos Sangucheros. - 22:00 a 3:00 horas 04
Frontis del
Mercado
Municipal
- Carritos Anticucheros.
- Venta de Picarones. - 20:00 a 1:00 horas
- 16:00 a 20:00
horas (solo sáb. y
dom.)
02
02
Artículo Segundo.- NORMA DEROGATORIA
DERÓGASE el ARTÍCULO 9º de la ORDENANZA Nº
207-2011-MDPH.
Artículo Tercero.- VIGENCIA
La presente ORDENANZA entrará en vigencia a partir
del día siguiente de su publicación en el Diario Of‌i cial El
Peruano.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
CARLOS GUILLERMO FERNANDEZ OTERO
Alcalde
734217-1

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