DECRETO SUPREMO N° 038-2011-EM - Amplían plazo señalado en el Artículo 2° del D.S. N° 016-2011-EM, mediante el cual se establecieron medidas complementarias para la aplicación del Artículo 8° del D.U. N° 012-2010

Fecha de disposición14 Julio 2011
Fecha de publicación14 Julio 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 14 de julio de 2011
446442
SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0007 : Dirección y Supervisión Superior
ACTIVIDAD 1.000421 : Protocolo y Ceremonial del Estado
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 1 172 005,00
--------------------
SUB TOTAL 1 172 005,00
===========
PROGRAMA FUNCIONAL 002 : Servicio Diplomático
SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0002 : Servicio Diplomático
ACTIVIDAD 1.046589 : Representaciones Permanentes y
Desarrollo de Acciones de Política
Multilateral
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.4 Donaciones y Transferencias 9 000 000,00
--------------------
SUB TOTAL 9 000 000,00
===========
TOTAL PLIEGO 008 10 172 005,00
============
SECCION PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 342 : Instituto Peruano del Deporte
UNIDAD EJECUTORA 001 : Instituto Peruano del Deporte-IPD
FUNCION 21 : Cultura y Deporte
PROGRAMA FUNCIONAL 046 : Deportes
SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0101 : Promoción y Desarrollo Deportivo
ACTIVIDAD 1.000175 : Deporte Af‌i liado
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 4 200 000,00
--------------------
TOTAL PLIEGO 342 4 200 000,00
===========
TOTAL EGRESOS 14 372 005,00
============
Artículo 2º.- Procedimiento para la Aprobación
Institucional
2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la
presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante
Resolución, la desagregación de los recursos autorizados
en el artículo 1º de la presente norma, a nivel funcional
programático, dentro de los cinco (5) días calendario
de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de
la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días
de aprobada a los organismos señalados en el numeral
23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del
Sistema Nacional de Presupuesto.
2.2 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus veces
en los Pliegos involucrados, solicitarán a la Dirección
General del Presupuesto Público las codif‌i caciones que
se requieran como consecuencia de la incorporación de
nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades
de Metas y Unidades de Medida.
2.3 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus veces
en los Pliegos involucrados instruirán a las Unidades
Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas
para Modif‌i cación Presupuestaria” que se requieran, como
consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3º.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la transferencia de partidas a que
hace referencia el artículo 1º del presente dispositivo
no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a f‌i nes
distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4º.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece
días del mes de julio del año dos mil once.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
ISMAEL BENAVIDES FERREYROS
Ministro de Economía y Finanzas
ANEXO
PLIEGO 008: MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
FUENTE DE FINANCIAMIENTO: RECURSOS ORDINARIOS
CUOTAS INTERNACIONALES MONTO
EN NUEVOS
SOLES
1.- ASOCIACIÓN LATINOAMERICANA DE INTEGRACIÓN
- ALADI
1,547,787
2.- CONSEJO CONSULTIVO EMPRESARIAL DEL APEC
APEC-ABAC
29,498
3.- COMISIÓN INTERNACIONAL DE LA BALLENA 79,481
4.- COMISIÓN PERMANENTE DEL PACÍFICO SUR 71,250
5.- ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA
AGRICULTURA Y LA ALIMENTACIÓN - FAO
1,850,283
6.- FAO - OFICINA SEDE LIMA 44,175
7.- COMITÉ DE INVERSIONES DE LA ORGANIZACIÓN
PARA LA COOPERACIÓN Y DESARROLLO
ECONÓMICO, COMITÉ DE INVERSIONES - OCDE
- COMITÉ
13,894
8.- CENTRO DE DESARROLLO DE LA ORGANIZACIÓN
PARA LA COOPERACIÓN Y DESARROLLO
ECONÓMICO - OCDE-CENTRO
121,980
9.- OFICINA INTERNACIONAL DE TARIFAS ADUANERAS 162,293
10.- ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DE LA VIÑA Y EL
VINO
249,445
11.- ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DE MADERAS
TROPICALES - OIMT
295,425
12.- ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO - OMC 1,040,378
13.- ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD - OMS 1,191,243
14.- ORGANIZACIÓN PANAMERICANA DE LA SALUD - OPS 1,468,879
15.- PROGRAMA MUNDIAL DE ALIMENTOS 833,989
TOTAL 9,000,000
665301-9
ENERGIA Y MINAS
Amplían plazo señalado en el Artículo
2º del D.S. Nº 016-2011-EM, mediante
el cual se establecieron medidas
complementarias para la aplicación del
Artículo 8º del D.U. Nº 012-2010
DECRETO SUPREMO
Nº 038-2011-EM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
establecieron medidas complementarias para la aplicación
del artículo 8º del Decreto de Urgencia Nº 012-2010;
Que, el artículo 2º del referido Decreto Supremo Nº
016-2011-EM f‌i jó en dos (2) meses, contados a partir de
la fecha de su publicación, el plazo para que la Comisión
responsable, en coordinación con la Dirección General
de Capitanías y Guardacostas del Perú-DICAPI y con
el apoyo del personal del Ministerio del Ambiente y del
Ministerio de Energía y Minas, realizara un inventario de
los equipos similares denominados: balsa gringo, balsa
castillo, caranchera y traca existentes en la zona;
Que, el plazo de dos (2) meses para la implementación
del Decreto Supremo Nº 016-2011-EM se encuentra por
vencerse;
Que, por Of‌i cio Nº 745-2011-GOREMAD/PR del 25
de mayo de 2011, el Presidente del Gobierno Regional
de Madre de Dios ha solicitado la ampliación del plazo
para la realización del inventario de los denominados
equipos similares hasta por sesenta (60) días calendario,
es decir, hasta el 10 de agosto de 2011, toda vez que
tanto el proceso de acreditación de los representantes
de la Comisión responsable como el f‌i nanciamiento del

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