RESOLUCION JEFATURAL Nº 172-2011-GR.LAMB/ORAD - Afectan terreno ubicado en el distrito de Pimentel, provincia de Chiclayo, para la construcción de Planta de Transferencia de Residuos Sólidos Municipales

Fecha de disposición06 Enero 2012
Fecha de publicación06 Enero 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 6 de enero de 2012 458731
una especial sensibilidad de la población local y nacional
hacia los acontecimientos que van forjando su avance y
concreción.
Que, el Proyecto de Irrigación Olmos permitirá captar,
regular y trasvasar los caudales de la vertiente del
Atlántico de los Andes peruanos hacia la vertiente del
Pacíf‌i co para su posterior aprovechamiento agrícola y
energético, mediante la incorporación de nuevas tierras de
cultivo y el mejoramiento del sistema de riego y drenaje,
con el consecuente crecimiento agroindustrial sostenible,
permitiendo la generación de fuentes de trabajo y por
consiguiente el desarrollo de poblados tradicionalmente
considerados de extrema pobreza ubicados en el ámbito
territorial de este proyecto.
Que, la inminente culminación del Túnel Trasandino
del Proyecto de Irrigación Olmos, constituirá un hito en la
historia regional en la medida que con este trascendental
acto comienza a plasmarse el caro anhelo del pueblo
lambayecano de contemplar hecha realidad obra de
tanta repercusión para su futuro, y de tan grande y
positivo impacto para el desarrollo integral del país,
específ‌i camente para Lambayeque y toda la zona norte
del país.
Que, por las razones expuestas es necesario destacar
de manera debida la especial relevancia de tan importante
acontecimiento que marcará el futuro del desarrollo de
Lambayeque, promoviendo que el día señalado para
la culminación de la perforación del Túnel Trasandino
sea declarado como Día Cívico para toda la Región
Lambayeque, a f‌i n de sensibilizar a la población respecto
al logro de tan caro anhelo y aunarnos a la congratulación
popular en la celebración de tan grande acontecimiento
para Lambayeque y el país en general.
Por lo que estando a lo dispuesto por el Artículo 38° de
el Consejo Regional del Gobierno Regional Lambayeque
ha emitido la siguiente;
SE ORDENA:
Artículo Primero.- DECLÁRASE el día 20 de diciembre
del presente año como Día Cívico laborable en toda la
Región Lambayeque, con ocasión de la culminación en la
fecha indicada de la perforación del Túnel Trasandino del
Proyecto de Irrigación Olmos.
Artículo Segundo.- OFICIAR a todas las
municipalidades de la Región Lambayeque para que
dispongan el embanderamiento general en cada una
de sus jurisdicciones, durante el día 20 de diciembre
del presente año, con ocasión de la culminación en la
fecha indicada de la perforación del Túnel Trasandino
del Proyecto de Irrigación Olmos, debiendo a este efecto
lucirse la bandera nacional en todas las casas y edif‌i cios
tanto públicos como privados.
Artículo Tercero.- PUBLÍQUESE la presente
Ordenanza Regional en el Diario Of‌i cial El Peruano, así
como procédase a su difusión en el portal electrónico del
Gobierno Regional Lambayeque.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
HUMBERTO ACUÑA PERALTA
Presidente Regional
736907-1
Afectan terreno ubicado en el distrito
de Pimentel, provincia de Chiclayo,
para la construcción de Planta de
Transferencia de Residuos Sólidos
Municipales
SEDE REGIONAL
RESOLUCIÓN JEFATURAL REGIONAL
Nº 172-2011-GR.LAMB/ORAD
Chiclayo, 7 setiembre del 2011
VISTO:
El Of‌i cio Nº 203/2011-MPCH-A de fecha 30 de mayo
del 2011 de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, sobre
solicitud de adjudicación de terreno eriazo propiedad del
Estado inscrito en la Partida Electrónica Nº 2198509,
ubicado en el distrito de Pimentel, Provincia de Chiclayo,
Departamento de Lambayeque, para la construcción
de la Planta de Transferencia de Residuos Sólidos
Municipales;
CONSIDERANDO:
Que, el Gobierno Regional de Lambayeque es
competente para inmatricular, administrar y adjudicar
terrenos urbanos eriazos de propiedad del Estado en su
jurisdicción, con excepción de los terrenos de propiedad
municipal conforme lo establecen el inc.j) del art. 35º de
la Ley 27783 – Ley de Bases de Descentralización y el
art 62º de la Ley Nº 27687 – Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 429-2006-
EF/10 publicada en el Diario Of‌i cial El Peruano el 26 de
julio del 2006, se comunicó que el 06 de marzo de 2006
el Ministerio de Economía y Finanzas y el Presidente de
Gobierno Regional de Lambayeque suscribieron el Acta
de Entrega y Recepción mediante el cual se formalizó la
transferencia de competencias para administrar y adjudicar
los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado,
ubicados en la jurisdicción este Gobierno Regional, con
excepción de los terrenos de propiedad municipal, en
cumplimiento del inc.j) del art. 35º de la Ley 27783 - Ley
de Bases de Descentralización – Ley Nº 27783, art. 10º
y 62º de la Ley Nº 27687 – Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales;
Que, el segundo párrafo del art. 9º de la Ley General
del Sistema Nacional de Bienes Estatales – Ley Nº 29151,
establece que los Gobiernos Regionales, respecto a los
bienes de propiedad del Estado bajo su administración
en cumplimiento de la transferencia de competencias,
ejecutarán los actos previstos en el art. 35º inc.j) de la
Ley Nº 27783 – Ley de Bases de Descentralización y el
art. 18º del Reglamento de la Ley General del Sistema
Nacional de Bienes Estatales, aprobado por D. S. Nº 007-
2008-VIVIENDA, que regula la competencia exclusiva de
los Gobiernos Regionales, para administrar y adjudicar
los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado
dentro de su jurisdicción, incluyendo aquellos que cuenten
con edif‌i caciones;
Que, según el documento del visto, la Municipalidad
Provincial de Chiclayo, solicita la transferencia del terreno
eriazo de 10.8 has ubicado en el distrito de Pimentel,
Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque,
para la construcción de la Planta de Transferencia de
Residuos Sólidos Municipales, en el sentido que el
manejo de los residuos sólidos de la localidad de Chiclayo
es considerado un distrito con graves problemas de
contaminación ambiental urbana, radicando el problema
en la acumulación de residuos sólidos a la intemperie,
generando de esta manera la proliferación de “puntos
críticos”, por lo que uno los grandes principales retos
es lograr que la ciudad, cuente con una disposición f‌i nal
adecuada de sus residuos, lo cual pueda satisfacer la
necesidad de aplicar las políticas sanitarias , ambientales
y crear sistemas de gestión con un manejo adecuado
de los residuos sólidos, conlleva a la necesidad de
implementar infraestructura acorde con las exigencias
actuales, una de ellas es la construcción de la Planta de
Transferencia de residuos municipales de la localidad de
Chiclayo, donde también existirá un área de tratamiento
de residuos inorgánicos sólidos, el cual asegurará una
operatividad adecuada en el sistema de recolección y
acopio de residuos sólidos, especialmente cuando se
trata de residuos sólidos municipales que pueden ser de
una variedad muy grande en su composición;
Que, la Planta de Transferencia, evitará de manera
explícita el inadecuado manejo y disposición no controlada
de residuos, evitando que la mala gestión de los
mismos, contribuya al deterioro de la calidad ambiental.
Estos efectos deben considerarse, debido a que estos
deterioros al ambiente pueden convertirse en factores de
riesgo para la salud humana y que se manif‌i estan en una
alta incidencia de enfermedades dérmicas, entéricas y
respiratorias. Planta a la cual se le incorpora la variable
ambiental, con el f‌i n de que la obra no genere algún tipo
de impacto ambiental, lo cual pueda causar daños en la
salud de la población;
Que, el art. 53 de la Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales Ley Nº 27867, establece en sus incs. a) y h)

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