RESOLUCION DIRECTORAL Nº 38-2011-EF/94.06.3 - Disponen inscripción de acciones comunes con derecho a voto de Peruana de Moldeados S.A. en el Registro Público del Mercado de Valores

Fecha de disposición06 Julio 2011
Fecha de publicación06 Julio 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, miércoles 6 de julio de 2011
445888
Para la habilitación de un Registro suspendido por
inoperatividad, se requerirá de un Informe Técnico
suscrito por las áreas o unidades correspondientes,
que sustente que se han subsanado las observaciones
que ocasionaron la suspensión, a f‌i n de que el Órgano
Competente emita la Resolución de Habilitación, en cuyo
caso se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el último
párrafo del presente artículo.
En caso que la suspensión de of‌i cio haya tenido una
duración igual o mayor a seis meses, OSINERGMIN
evaluará la procedencia de la cancelación de of‌i cio del
Registro debiendo procederse con el procedimiento de
notif‌i cación, plazos y evaluación señalados en los párrafos
precedentes.
Contra los actos administrativos mediante los cuales se
resuelva la cancelación o suspensión de of‌i cio del Registro
procede los recursos administrativos de reconsideración
y apelación contemplados en la Ley Nº 27444, Ley del
Procedimiento Administrativo General.
Sólo por resolución o acta que disponga el
levantamiento de las medidas administrativas indicadas
o la revocación de la sanción impuesta, se procederá a la
habilitación y actualización del Registro de Hidrocarburos
de OSINERGMIN, comunicándose al área respectiva de
OSINERGMIN la reactivación del Código de Usuario y
Contraseña del Sistema de Control de Órdenes de Pedido
(SCOP)”.
Artículo 9º.- Establecer que lo dispuesto en la presente
resolución será aplicable para todos los procedimientos
administrativos en trámite, vinculados al Registro de
Hidrocarburos del OSINERGMIN así como a los Informes
u Opiniones Técnicas Favorables requeridos para ello, a
partir del día siguiente de la fecha de publicación de la
presente resolución.
Artículo 10º.- Autorizar a la Gerencia General de
OSINERGMIN a aprobar y/o modificar los formatos
necesarios para la aplicación de la presente resolución,
así como a disponer las medidas complementarias
necesarias para la optimización de los procedimientos
administrativos vinculados al Registro de Hidrocarburos
del OSINERGMIN y los Informes u Opiniones Técnicas
Favorables requeridos para ello.
Artículo 11º.- Autorizar la publicación de la presente
resolución en el Diario Of‌i cial El Peruano, así como la
publicación, en el portal electrónico de OSINERGMIN (www.
osinergmin.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.
peru.gob.pe), de la Exposición de Motivos así como de los
procedimientos a los que se hace referencia en los artículos
6º y 7º de la presente resolución, que como Anexos Nº 1 y 2
respectivamente, forman parte integrante de la misma.
ALFREDO DAMMERT LIRA
Presidente del Consejo Directivo
OSINERGMIN
661352-1
FE DE ERRATAS
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO
Nº 113-2011-OS/CD
Mediante Of‌i cio Nº 481-2011-GART el Organismo
Supervisor de la Inversión en Energía y Minería solicita
la publicación de la Fe de Erratas de la Resolución
de Consejo Directivo Nº 113-2011-OS/CD publicada
en Separata Especial de la edición del 29 de junio de
2011.
DICE:
“Artículo 1º.- “Declarar infundado el recurso
de reconsideración interpuesto por la Empresa de
Generación Eléctrica Machupicchu S.A. contra la
Resolución OSINERGMIN Nº 076-2011-OS/CD en el
extremo relacionado con el pedido de reasignar a la
distribuidora Electro Sur Este S.A., la implementación
del transformador previsto para la SET Dolorespata por
las razones señaladas en el numeral 2.1.4 de la parte
considerativa de la presente resolución”.
DEBE DECIR:
“Artículo 1º.- “Declarar improcedente el recurso de
reconsideración interpuesto por la Empresa de Generación
Eléctrica Machupicchu S.A. contra la Resolución
OSINERGMIN Nº 076-2011-OS/CD en el extremo relacionado
con el pedido de reasignar a la distribuidora Electro Sur Este
S.A., la implementación del transformador previsto para la
SET Dolorespata por las razones señaladas en el numeral
2.1.4 de la parte considerativa de la presente resolución”.
661520-1
FE DE ERRATAS
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO
Nº 115-2011-OS/CD
Mediante Of‌i cio Nº 479-2011-GART, el Organismo
Supervisor de la Inversión en Energía y Minería solicita
se publique Fe de Erratas de la Resolución de Consejo
Directivo Nº 115-2011-OS/CD, publicada en Separata
Especial el día 30 de junio de 2011.
DICE:
“Artículo 4º.- Declarar fundado el recurso de
reconsideración interpuesto por la empresa de Consorcio
Energético de Huancavelica S.A. contra la Resolución
OSINERGMIN N° 076-2011-OS/CD en el extremo referido
al recálculo de los peajes del Área de Demanda 5, por
las razones señaladas en el numeral 2.3.2 de la parte
considerativa de la presente resolución”.
DEBE DECIR:
“Artículo 4º.- Declarar fundado en parte el recurso de
reconsideración interpuesto por la empresa Consorcio
Energético de Huancavelica S.A. contra la Resolución
OSINERGMIN N° 076-2011-OS/CD en el extremo referido
al recálculo de los peajes del Área de Demanda 5, por
las razones señaladas en el numeral 2.3.2 de la parte
considerativa de la presente resolución”.
661521-1
ORGANISMOS TECNICOS
ESPECIALIZADOS
COMISION NACIONAL
SUPERVISORA DE
EMPRESAS Y VALORES
Disponen inscripción de acciones
comunes con derecho a voto de Peruana
de Moldeados S.A. en el Registro
Público del Mercado de Valores
RESOLUCIÓN DIRECTORAL DE EMISORES
Nº 38-2011-EF/94.06.3
Lima, 10 de junio de 2011
VISTOS:
El expediente Nº 2011000335, así como el Informe
Interno Nº 342-2011-EF/94.06.3 del 10 de junio de 2011,
de la Dirección de Emisores;

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