ACUERDO Nº 102-2009-CM-MPE-C - Aceptan donación dineraria a favor de la Municipalidad

Fecha de publicación27 Enero 2010
Fecha de disposición27 Enero 2010
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, miércoles 27 de enero de 2010
412238
Distrital de San Juan de Miraf‌l ores, el requisito de
compromiso de instalación de f‌i ltros o software de protección
de menores de edad para los giros de Internet, respecto al
procedimiento de Licencia Municipal de Funcionamiento.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General
la publicación del presente en el Diario Of‌i cial El Peruano, a la
Gerencia de Informática la publicación en el portal institucional
de la Municipalidad y en el portal de Servicios al Ciudadano y
Empresas - PSCE www.psce.gob.pe.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
EDILBERTO LUCIO QUISPE RODRIGUEZ
Alcalde
450108-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE ESPINAR
Aceptan donación dineraria a favor de
la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 102-2009-CM-MPE-C.
Espinar, 14 de diciembre del 2009
EL CONCEJO MUNCIPAL DE LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE ESPINAR – DEPARTAMENTO
CUSCO:
VISTO: En Sesión Ordinaria Nº 024-2009 de fecha
14/12/2009, bajo la conducción del señor Alcalde de la
Municipalidad Provincial de Espinar señor Prof. Eloy
Ladislao Chancayauri Pezo, y la asistencia de los señores
Regidores: Luís Eliseo Puma Alarcón, Rosmery Bustamante
Jara, Moisés Larota Chullo, Zacarías Huachaca Anampa,
Ysidoro Olarte Choquenaira, Isabel Salas Merma, Cléver
Bustamante Ramírez, William Inca Zans y Roberto
Corrales Moscoso; analizado el Informe Nº 0100-DA-GDE/
MPE/2009 del 03/12/2009, Informe Nº 666-2009/GDE-MPE
del 09/12/2009, por los que se peticiona que se acepte y
se apruebe la Donación de S/. 50,000.00 nuevos, de la
Empresa Minera Xstrata Tintaya SAA, a través del Convenio
Marco a favor de la Municipalidad, destinado para el proyecto
“Cultivos Andinos en la Provincia de Espinar”; y
CONSIDERANDO:
Perú modif‌i cado por la Ley de Reforma Constitucional
Nº 28607, de fecha 04 de Octubre del 2005, concordante
con el Artículo II del Título Preliminar la Ley Nº 27972,
Municipalidades son Órganos de Gobierno Local con
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia;
Que, conforme al Artículo 41º de la Ley Nº 27972, Ley
Orgánica de Municipalidades, los acuerdos son decisiones
que toma el Concejo, referidas a asuntos específ‌i cos de
interés público, vecinal o institucional, que expresa la voluntad
del Órgano de Gobierno para practicar un determinado acto o
sujetarse a una conducta o norma institucional, concordante
con el numeral 20) Artículo 9º de la citada norma dentro de
las atribuciones del Concejo Municipal son las de aceptar
donaciones, legados, subsidios, o cualquier otra liberalidad;
Que, por Informe Nº 0100-DA-GDE/MPE/2009 de
fecha 03 de diciembre del 2009, el Jefe del Departamento
de Agropecuaria de la Gerencia de Desarrollo Económico
de la Municipalidad, informa que la Empresa Minera
Xstrata Tintaya SAA a través del Convenio Marco tiene
programado realizar el estudio de Preinversión a nivel perf‌i l
del Proyecto de Cultivos Andinos en la Provincia de Espinar,
así mismo contratar a un consultor externo para el estudio
correspondiente de Diagnostico situacional de la producción
agrícola con énfasis en cultivos nativos en la Provincia de
Espinar, y Preinversión a nivel perf‌i l del proyecto de Cultivos
Andinos; indicando que la elaboración del diagnostico
situacional de la referida producción agrícola tendrá un
costo de S/. 30,000.00 nuevos soles y se elaborará en un
tiempo de 60 días, así mismo la elaboración del perf‌i l a nivel
de factibilidad se elaborará por un costo de S/. 20,000.00
nuevos soles, siendo el total del estudio la suma de S/.
50,000.00 nuevos soles, la misma que tiene un total de 05
componentes;
Que, con Informe Nº 666-2009/GDE-MPE de fecha
9/12/2009, el Gerente de la Gerencia de Desarrollo
Económico de la Municipalidad, informa que dentro del 3er.
aporte del Convenio Marco existe un presupuesto destinado
para los estudios del proyecto de Cultivos Andinos en la
Provincia de Espinar, por lo que solicita se trate en Sesión
de Comuna la aceptación de la donación de un presupuesto
de S/. 50,000.00 nuevos soles, para cuyo efecto adjunta
el informe del Departamento de Agropecuaria; así mismo
se tiene copia del Acta de Sesión Ordinaria del Comité de
Gestión del Convenio Marco de fecha 02 de setiembre del
2008, en el que se tiene la relación de los Proyectos con el
IV Aporte del Convenio Marco con los montos económicos
respectivos y la entidad ejecutora, en el que aparece en el
numeral 12 de los Megaproyectos, el proyecto “Promoción
de Cultivos Andinos” con el monto probado y siendo la
entidad ejecutora la Municipalidad Provincial de Espinar;
Que, a través del Convenio Marco se plasma entre
otros, los compromisos adquiridos por la Empresa Minera
Xstrata Tintaya S. A., de contribuir de manera signif‌i cativa
al desarrollo integral de la Provincia de Espinar, la misma
que se realiza mediante el otorgamiento de los aportes
económicos anuales dirigidos exclusivamente a la ejecución
de proyectos de desarrollo sostenible;
Que, por Sesión Ordinaria de Concejo Municipal Nº 024-
2009 de fecha 14 de diciembre del 2009, en la cual se pone
a consideración del pleno del Concejo para la aceptación
de la donación por parte de la Municipalidad Provincial de
Espinar la suma de S/. 50,000.00 nuevos soles en efectivo,
destinados para la elaboración del diagnostico situacional
de la Producción agrícola en la Provincia de Espinar y los
estudios de preinversión de elaboración de perf‌i l a nivel de
factibilidad, desembolso económico que efectúa la Empresa
Minera Xstrata Tintaya S.A.A., a través del Comité de Gestión
del Convenio Marco; tema de la agenda que es ampliamente
sustentado por el señor Alcalde Provincial, luego se pone
a consideración del Pleno del Concejo Municipal, instancia
que deliberó, analizó y debatió, f‌i nalmente dicha instancia
decide tomar el acuerdo respecto a dicha aceptación de
donación con el destino antes indicado;
Estando a las facultades conferidas por los Artículos 9º,
39º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972,
de conformidad con el mandato legal, en ejercicio de sus
atribuciones, con el voto UNÁNIME del Pleno del Concejo
Municipal;
ACUERDA:
Artículo Primero.- ACEPTAR y APROBAR la
DONACION efectuada por la Empresa Minera Xstrata
Tintaya S.A.A. a través del Comité de Gestión del Convenio
Marco, a favor de la Municipalidad Provincial de Espinar,
consistente en un Fondo ascendente a la suma de Cincuenta
mil con 00/100 nuevos soles (S/.50,000.00), en dinero en
efectivo, los que serán destinados para la elaboración del
diagnóstico situacional de la Producción Agrícola en la
Provincia de Espinar y el estudio de preinversión a nivel
de perf‌i l del Proyecto “Cultivos Andinos en la Provincia de
Espinar”, desembolso que corresponde al Cuarto Aporte del
Convenio Marco.
Artículo Segundo.- DISPONER que el referido
desembolso para el proyecto indicado se ejecutará por la
modalidad de Administración Directa mediante la Gerencia
de Desarrollo Económico de la Municipalidad Provincial de
Espinar, de acuerdo a los requerimientos para la conclusión
de la actividad indicada.
Artículo Tercero.- TRANSCRIBIR el tenor del presente
Acuerdo a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento
Provincial, Gerencia de Desarrollo Económico, Gerencia
de Administración y Finanzas, al Comité de Gestión
Convenio Marco y a las instancias correspondientes para
su conocimiento y cumplimiento, a la of‌i cina de Prensa y
Comunicaciones para su publicación y difusión, así como se
efectuará la publicación en la página Web de la Municipalidad
y en el Diario Of‌i cial El Peruano conforme a ley.
Regístrese y comuníquese.
ELOY L. CHANCAYAURI PEZO
Alcalde Provincial
450270-1

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