Presentado

Fecha22 Abril 2024
VICTOR
RAUL
CUTIPA
CCAMA
CONGRESISTA
DE
LA
REPÚBLICA
Ink,,
'7•1
2
4-
9
=1
1
=
CONGRESO
REPÚBLICA
"Aiio
del
Bicentenario,
de
la
consolidación
de
nuestra
Independencia,
y
de
la
conmemoración
de
las
heroicas
batallas
de
Junín
y
Ayacucho"
PROYECTO
DE
LEY
58/2,40Z3"
CR
CONGRESO
OE
LA
REPUBLICA
AREA
DE
TRAPTE
OMIAENIARI0
;
22
A
2024
LEY
QUE
CREA
EL
FONDO
REGIONAL
Y
MUNICIPAL
DE
APOYO
ECONOMICO
Y
SOCIAL
PARA
LOS
DEPORTISTAS,
ESTUDIANTES
Y
ARTISTAS,
QUE
REPRESENTEN
A
SUS
REGIONES
EN
CERTAMENES
Y
COMPETENCIAS
NACIONALES
E
INTERNACIONALES
El
Congre
sta
de
la
República
Victor
Raul
Cutipa
Ccama,
a
través
del
Grupo
Parlamentario
Cambio
Democrático
Juntos
por
el
Perú,
en
uso
de
su
facultad
legislativa
que
le
confiere
el
artículo
107
de
la
y
los
artículos
22
inciso
c),
75
y
76
del
proponen
el
Proyecto
de
Ley
siguiente:
FÓRMULA
LEGAL
LEY
QUE
CREA
EL
FONDO
REGIONAL
Y
MUNICIPAL
DE
APOYO
ECONOMICO
Y
SOCIAL
PARA
LOS
DEPORTISTAS,
ESTUDIANTES
Y
ARTISTAS,
QUE
REPRESENTEN
A
SUS
REGIONES
EN
CERTAMENES
Y
COMPETENCIAS
NACIONALES
E
INTERNACIONALES
Artículo
1.
Objeto
de
la
Ley
La
presente
ley
tiene
por
objeto
la
creación
de
un
fondo
de
apoyo
económico
y
social
por
los
gobiernos
regionales
y
municipalidades
provinciales,
para
los
niños,
jóvenes
y
adultos
que
cuentan
con
habilidades
y
desempeño
sobresaliente
en
el
deporte,
cultura,
ciencia
y
arte
que
representen
a
sus
localidades
y
regiones
en
certámenes
y
competencias
nacionales
e
internacionales
de
carácter
oficial.
Artículo
2.
Finalidad
de
la
Ley
La
presente
ley
tiene
como
finalidad
proporcionar
subvenciones
y
estímulos
económicos
a
los
niños,
jóvenes
y
adultos
que
poseen
habilidades
y
desempeño
sobresaliente
en
e!
deporte,
cultura,
ciencia
y
arte
para
que
representen
a
sus
localidades
y
regiones
en
certámenes
y
competencias
nacionales
e
internacionales
de
carácter
oficial.
Artículo
3.
Creación
del
fondo
regional
y
municipal
En
cada
departamento
el
gobierno
regional
y
la
municipalidad
provincial,
mediante
ordenanza
deben
crear
un
fondo
de
apoyo
económico
y
social.
Asimismo,
en
la
ordenanza
deberán
designar
un
directorio
que
se
encargara
de
la
administración
del
fondo,
que
estará
compuesto
por:
1)
Un
representante
de
la
entidad,
en
calidad
de
presidente.
2)
Un
representante
de
la
Dirección
Regional
de
Educación.
3)
Un
representante
del
Consejo
Regional
del
Deporte
de
la
región
-
Instituto
Peruano
del
Deporte.

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