Proyecto de Ley Nº 01714/2021-CR, Ley que fortalece los controles migratorios para combatir la delincuencia y garantizar la seguridad ciudadana

Número de Iniciativa01714/2021-CR
Fecha de registro11 Abril 2022
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2021
Autor de la iniciativaAcuña Peralta, Segundo Héctor,Camones Soriano, Lady Mercedes,Acuña Peralta, María Grimaneza,Salhuana Cavides, Eduardo,Ruíz Rodríguez, Magaly Rosmery,Trigozo Reátegui, Cheryl,Díaz Monago, Freddy Roland
ProponenteCongreso
EstatusPublicada en el Diario Oficial El Peruano
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LEY QUE FORTALECE LOS CONTROLES
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A/J2Y!2
MIGRATORIOS PARA COMBATIR LA DELINCUENCIA
Y GARANTIZAR LA SEGURIDAD CIUDADANA
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El Grupo Parlamentario LIANZA PARA EL PROGRESO
a iniciativa de¡
Congresista HÉCTOR
ACUÑA PERALTA, en uso de las facultades conferidas por el artículo 107 de la Constitución
Política de¡ Perú y en los artículos 75
y
76 de¡ Reglamento de¡ Congreso de la República, propone
el siguiente proyecto de Ley:
FÓRMULA LEGAL
El Congreso de la República
Ha dado la ley siguiente:
LEY QUE FORTALECE LOS CONTROLES MIGRATORIOS PARA COMBATIR LA
DELINCUENCIA Y GARANTIZAR LA SEGURIDAD CIUDADANA
Artículo
1.
Objeto de la Ley
La presente Ley tiene por objeto establecer las medidas preventivas necesarias para fortalecer
el control migratorio en el territorio nacional, combatir la delincuencia, proteger la integridad y la
salud de las personas, garantizando la seguridad ciudadana y el orden interno.
Artículo 2. Alcances
La presente Ley se aplica a las personas de nacionalidad extranjera que se encuentren dentro
de¡ territorio nacional, conforme a lo dispuesto por el Decreto Legislativo
0
1350, Decreto
Legislativo de Migraciones.
Artículo 3. Modificación de¡ numeral 2 deI artículo 9 de¡ Decreto Legislativo 1350 Decreto
Legislativo de Migraciones
Se modifica el numeral 2 de¡ artículo 9 de¡ Decreto Legislativo 1350 Decreto Legislativo de
Migraciones, en los siguientes términos:
1
- -
.
CONGRESO
REPÚBLICA
Decenio de la Igualdad de Oportunidad para Mujeres y Hombres
"Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional
LEY QUE FORTALECE LOS CONTROLES
MIGRATORIOS PARA COMBATIR LA DELINCUENCIA
Y GARANTIZAR LA SEGURIDAD CIUDADANA
"Artículo 9. Derechos de los extranjeros
(...)
9.2. El Estado proporciona al extranjero información sobre los requisitos para su ingreso,
permanencia, residencia y salida del territorio nacional,
así como los casos en los que
puede ser sancíonado con multa, salida obligatoria
o
expulsión,
y cualquier otra
información que sea necesaria."
Artículo 4. Modificación de los numerales 5y 6 de¡ artículo 10 de¡ Decreto Legislativo 1350
Se modifican los numerales 5
y
6 del artículo 10 del Decreto Legislativo 1350 Decreto Legislativo
de Migraciones, en los siguientes términos:
"Artículo 10. Deberes de los extranjeros
(...)
10.5 Desarrollar únicamente las actividades autorizadas en la visa o Calidad Migratoria
otorgada, debiendo cumplir estrictamente todos los requisitos previstos para
desarrollar dichas actividades.
10.6. Respetar el marco normativo vigente, en especial en lo referido
a la salud pública,
orden interno, orden público, tránsito vehicular y seguridad ciudadana, así como al
legado histórico y cultural."
Artículo S. Modificación del numeral 3 del artículo 45 del Decreto Legislativo 1350 Decreto
Legislativo de Migraciones
Se modifica e! numeral 3 del artículo 45 del Decreto Legislativo 1350 Decreto Legislativo de
Migraciones, en los siguientes términos:
"Artículo 45. Generalidades del control migratorio
(...)
45.3. Por motivos de seguridad nacional, salud pública, orden interno, orden público y
seguridad ciudadana
se puede limitar el ingreso y tránsito de extranjeros,
conforme a
los principios de proporcionalidad y soberanía."

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