Proyecto de Ley Nº 01436/2021-CR, Ley que promueve la contratación de estudiantes, egresados, técnicos y titulados de carreras técnicas o universitarias que se encuentren en situación de pobreza o pobreza extrema
Número de Iniciativa | 01436/2021-CR |
Fecha de registro | 08 Marzo 2022 |
Legislatura | 2021-2026 |
Sesión | Segunda Legislatura Ordinaria 2021 |
Autor de la iniciativa | Calle Lobatón, Digna,Luna Gálvez, José León,Anderson Ramírez, Carlos Antonio |
Proponente | Congreso |
Estatus | Orden del Día |
Proyecto de Ley N°
"Decenio de la igualdad de oportunidades para Mujeres y Hombres"
"Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacionar
Proyecto de Ley N°
PROYECTO DE LEY QUE PROMUEVE LA
CONTRATACIÓN DE ESTUDIANTES,
EGRESADOS, TÉCNICOS Y TITULADOS
DE CARRERAS
TÉCNICAS
O
UNIVERSITARIAS QUE SE ENCUENTREN
EN SITUACIÓN DE POBREZA O
POBREZA EXTREMA
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Los Congresistas de la República que suscriben, a iniciativa de la congresista DIGNA
CALLE LOBATON,
integrantes del Grupo Parlamentario
PODEMOS PERU (PP),
en
uso de las facultades que les confiere el artículo 107
0
de la Constitución Política del
Perú en concordancia con lo establecido en los artículos 22
0
literal c), 67, 75
1
y
76°
numeral 2 del Reglamento del Congreso de la República, presentan el siguiente:
PROYECTO DE LEY
LEY QUE PROMUEVE LA CONTRATACIÓN DE ESTUDIANTES, EGRESADOS,
TÉCNICOS Y TITULADOS DE CARRERAS TÉCNICAS O UNIVERSITARIAS QUE
SE ENCUENTREN EN SITUACIÓN DE POBREZA O POBREZA EXTREMA
Artículo
1.-
Objeto de la Ley
La presente ley tiene por objeto promover la contratación de estudiantes, egresados,
bachilleres o titulados de las carreras técnicas o universitarias reguladas en la Ley N°
30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública
de sus docentes y en la Ley N° 30220, Ley Universitaria, que se encuentren con la
condición de pobreza o pobreza extrema de acuerdo a la clasificación
socioeconómica del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH), estableciendo
medidas en favor de los empleadores públicos y privados que los contraten; así como,
disponer el otorgamiento de una bonificación en los concursos públicos de méritos
para la selección de personal, en el sector público.
Artículo 2.- Finalidad
La presente Ley tiene por finalidad impulsar la inserción en el mercado laboral, de los
estudiantes, egresados, bachilleres o titulados de carreras técnicas o universitarias,
que provengan de los hogares clasificados como pobres o pobres extremos, siempre
que su contratación se efectúe de acuerdo a su respectiva formación académica.
Artículo 3.- Fomento del Empleo
Los empleadores públicos y privados generadores de rentas de tercera categoría que
contraten personal con los criterios descritos en el artículo 1 de la presente ley, tienen
una deducción adicional en el pago del Impuesto a la Renta sobre las
remuneraciones que paguen a dichos trabajadores.
El reglamento de la presente ley, fija el porcentaje de la deducción señalada en el
párrafo precedente.
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