Proyecto de Ley Nº 00574/2021-CR, Ley que reconoce a las ollas comunes como una organización social de base con carácter permanente

Número de Iniciativa00574/2021-CR
Fecha de registro26 Octubre 2021
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2021
Autor de la iniciativaCalle Lobatón, Digna,Luna Gálvez, José León,Wong Pujada, Enrique
ProponenteCongreso
EstatusPublicada en el Diario Oficial El Peruano
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CONGRESO
"Decenio
de la
igualdad de oportunidades para mujeres y hombrc"
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"Año de la Universalización de
la
Salud"
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26 OflT2021
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Proyecto de Ley N°
PROYECTO DE LEY QUE RECONOCE A
LAS OLLAS COMUNES COMO UNA
ORGANIZACIÓN SOCIAL DE BASE CON
CARÁCTER PERMANENTE
Los
Congresistas de la República que suscriben, a iniciativa de la congresista
DIGNA
CALLE LOBATÓN, integrantes del Grupo Parlamentario
PODEMOS PERÚ (PP), en
uso de las facultades que les confiere el artículo
1070
de la Constitución Política del
Perú en concordancia con lo establecido en los artículos 22
0
literal c), 67,
750
y 76°
numeral 2 del Reglamento del Congreso de la República, presentan el siguiente:
PROYECTO DE LEY QUE RECONOCE A LAS OLLAS COMUNES COMO UNA
ORGANIZACIÓN SOCIAL DE BASE CON CARÁCTER PERMANENTE
Artículo
1.-
Objeto de la Ley
La presente ley tiene por objeto reconocer a las 011as Comunes como una organización
social de base con carácter permanente.
Artículo 2.- Naturaleza de las 011as Comunes
2.1 Las 011as comunes son organizaciones sociales de base, de carácter
permanente, conformada por un grupo de personas de una determinada zona o
circunscripción en situación de vulnerabilidad, con el único y exclusivo propósito
de brindar atención alimentaria a la población de la misma que no es beneficiada
por ningún programa social de apoyo alimentario a cargo del Estado, con
excepción del Programa de Vaso Leche.
2.2 El apoyo alimentario que reciben las ollas comunes por parte del estado están
destinados a la elaboración o preparación de alimentos en favor de sus usuarios.
Artículo 3.- Modificación del artículo
1
de la Ley N° 25307, Declaran de prioritario
interés nacional la labor que realizan los Clubes de Madres, Comités de Vaso de
Leche, Comedores Populares Autogestionarios, Cocinas Familiares, Centros
5
1
CONG RESO
"Decenio de la igualdad de oportunidades para mujeres y hoi,ihres"
REPÚBLICA
"AÍio de la tinisersalizacion de la Salud"
Familiares, Centros Materno Infantiles y demás organizaciones sociales de base,
en lo referido al servicio de apoyo alimentario que brindan a las familias de
menores recursos.
Se modifica el artículo 1 de la ley N° 25307, Declaran de prioritario interés nacional la
labor que realizan los Clubes de Madres, Comités de Vaso de Leche, Comedores
Populares Autogestionarios, Cocinas Familiares, Centros Familiares, Centros Materno
Infantiles y demás organizaciones sociales de base, en lo referido al servicio de apoyo
alimentario que brindan a las familias de menores recursos, el cual queda redactado en
los términos siguientes:
"Artículo
1.-
En concordancia con lo dispuesto en el Artículo 2, numeral 16
y
en
el Artículo 3 de la Constitución Política, declárase de prioritario interés nacional la
labor que realizan los Clubes de Madres, Comités de Vaso de Leche, Comedores
Populares Autogestionarios, Cocinas Familiares, Centros Familiares, Centros
Materno Infantiles,
las ollas comunes
y demás organizaciones sociales de base,
en lo referido al servicio de apoyo alimentario que brindan a las familias de
menores recursos."
Artículo 4.- Modificación de los artículos 1, 2, 3
y
4 de la ley N° 27731, Ley que
regula la participación de los Clubes de Madres y Comedores Populares
Autogestionarios en los Programas de Apoyo Alimentario
Se modifican los artículos 1, 2, 3 y 4 de la ley 27731, Ley que regula la participación de
los Clubes de Madres y Comedores Populares Autogestionarios en los Programas de
Apoyo Alimentario, los cuales quedan redactado en los términos siguientes:
"Artículo 1.- Del objeto de la Ley
La presente ley establece normas sobre la participación de los Clubes de
Madres, Comedores Populares Autogestionarios,
011as Comunes
y otras
organizaciones beneficiarias en la gestión y fiscalización de los Programas de
Apoyo Alimentario, a cargo del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria
-
P RONAA."
2

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