PROYECTO DE LEY Nº00481/2021-CR, Ley que modifica el artículo 8 y 26 del Decreto Legislativo 1260, que fortalece el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú como parte del sistema nacional de seguridad ciudadana y regula la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú

Número de Iniciativa00481/2021-CR
Fecha de registro19 Octubre 2021
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2021
EstatusPublicado en el Diario Oficial El Peruano
Autor de la iniciativaAragón Carreño, Luis Ángel,Monteza Facho, Silvia María,Alva Rojas, Carlos Enrique,Flores Ancachi, Jorge Luis,Mori Celis, Juan Carlos,Zeballos Madariaga, Carlos Javier,Paredes Fonseca, Karol Ivett,Soto Palacios, Wilson
Proyecto
de Ley
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"LEY QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 8 y 26 DEL
DECRETO LEGISLATIVO 1260, QUE FORTALECE
EL CUERPO GENERAL DE BOMBEROS
VOLUNTARIOS DEL PERÚ COMO PARTE DEL
SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA Y
REGULA LA INTENDENCIA NACIONAL DE
BOMBEROS DEL PERÚ"
EI.'congresista que suscribe, LUIS ANGEL ARAGON CARREÑO miembro del grupo
Parlamentario Acción Popular al amparo de los artículos 102 y lOT de la Constitución
Política del Estado, concordante con los artículos 75
y
76, 2 del Reglamento del
Congreso de la República, presentan el siguiente:
PROYECTO DE LEY
El Congreso de la República,
Ha dado la siguiente:
"LEY QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 8
y
26 DEL DECRETO LEGISLATIVO 1260, QUE
FORTALECE El CUERPO GENERAL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DEL PERÚ COMO
PARTE DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA Y REGULA LA
INTENDENCIA NACIONAL DE BOMBEROS DEL PERÚ"
ARTÍCULO ÚNICO. Modificación de artículos 8
y
26 del Decreto Legislativo 1260,
que fortalece el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú como parte del
sistema nacional de seguridad ciudadana y regula la Intendencia Nacional de
Bomberos del Perú.
Modificanse el literal a) del numeral 8.1 del artículo 8
y
el literal b) del. artículo 26
del Decreto Legislativo 1260, que fortalece el Cuerpo General de Bomberos
Voluntarios del Perú como parte del sistema nacional de seguridad ciudadana y regula
la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, en los siguientes términos:
Artículo 8.- Causales de Pase a retiro y Expulsiones del CGBVP
8.1. Los Bomberos Activos pasan al retiro por cualquiera de las causales
siguientes:
Haber cumplido 70 (setenta) años de edad.
Encontrarse con incapacidad física o mental permanente.
A su so(icitud.
8.2. El Bombero en retiro sólo puede asumir cargos o funciones de instrucción, o
formar parte de las comisiones o grupos de trabajo.
8.3 Son causales de expulsión del CGBVP y están impedidos de reingresar al
mismo
Jron
Hualla0a N 364, Of 303 Tercer OSO

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