Proyecto de Ley Nº 00135/2021-CR, Ley que declara en emergencia la campaña agrícola 2021-2022

Número de Iniciativa00135/2021-CR
Fecha de registro03 Septiembre 2021
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2021
Autor de la iniciativaZea Choquechambi, Oscar,Cerrón Rojas, Waldemar José,Palacios Huamán, Margot,Agüero Gutiérrez, María Antonieta,Echeverría Rodríguez, Hamlet,Dávila Atanacio, Pasión Neomías,Reyes Cam, Abel Augusto
ProponenteCongreso
EstatusPublicada en el Diario Oficial El Peruano
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Proyecto de Ley
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CONC,R[SO
Año del Bicentenario del Perú: 200 años de independencia
RI-PÚ5t.lCA
Proyecto de Ley N° ......................................................
CONGCESO DE LA REPUBUc0, 1
AREADETRNITEYDuTAUiAOEDOCUMEN
PROYECTO DE LEY QUE DECLARA
EN
Ü3 1177OJ
EMERGENCIA LA CAMPAÑA AGRICOLA
2021-2022
......................
Los
Congresistas miembros del Grupo I'arlamentario Perú 1 ihre, a iniciativa del
Congresista OSCAR ZEA CHOQUECHAMBI,
y demás Congresistas firmantes, al
amparo de lo dispuesto en el artículo 107 de La Constitución Política
v
conforme lo
establece el numeral 2) del artículo 76° del Reglamento del Congreso de la República,
presentan la siguiente iniciativa legislativa:
LEY QUE DECLARA
EN
EMERGENCIA LA CAMPAÑA AGRICOLA 2021-2022
ARTÍCULO 1- Finalidad
La presente iniciativa tiene por finalidad de garantizar la producción de alimentos
y
seguridad alimentaria, así como la recuperación económica de los productores campesinos
agrarios.
ARTICULO 2.- Objeto de la Ley
La presente ley tiene por objeto declarar en emergencia la campaña agrícola 2021- 2020,
por ser un asunto de interés público con el fin de que se implernente nwdidas relacionadas
a la seguridad hídrica, mantenimiento
y
mejora de la producción agraria, de las
condiciones de los mercados municipales agrarios
y
campesinos
y
que permitan al sector
agrario y al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI) orientar los recursos
y
acciones orientas a garantizar la siembra e instalación de productos
agrarios con énfasis en
la agricultura familiar, cadenas productivas que aseguran la alimentación de los peruanos.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
ÚNICA. Acciones pertinentes
Dispóngase que el Poder
Ejecutivo a través
del
Ministerio
de Desarrollo Agrario y Riego
(MIDAGRI) y el Ministerio de Economía
y
Finanzas (MEF) efectúe las acciones necesarias
a fin de poder dictar las medidas que permitan garantizar la siembra y cosecha durante el
año 2021- 2022, debiendo informar al Congreso de manera msual sobre las acciones
y
resultados obtenidos.
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