Proyecto de Ley Nº 00135/2021-CR, Ley que declara en emergencia la campaña agrícola 2021-2022
Número de Iniciativa | 00135/2021-CR |
Fecha de registro | 03 Septiembre 2021 |
Legislatura | 2021-2026 |
Sesión | Primera Legislatura Ordinaria 2021 |
Autor de la iniciativa | Zea Choquechambi, Oscar,Cerrón Rojas, Waldemar José,Palacios Huamán, Margot,Agüero Gutiérrez, María Antonieta,Echeverría Rodríguez, Hamlet,Dávila Atanacio, Pasión Neomías,Reyes Cam, Abel Augusto |
Proponente | Congreso |
Estatus | Publicada en el Diario Oficial El Peruano |
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Proyecto de Ley
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Año del Bicentenario del Perú: 200 años de independencia
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Proyecto de Ley N° ......................................................
CONGCESO DE LA REPUBUc0, 1
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PROYECTO DE LEY QUE DECLARA
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EMERGENCIA LA CAMPAÑA AGRICOLA
2021-2022
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Los
Congresistas miembros del Grupo I'arlamentario Perú 1 ihre, a iniciativa del
Congresista OSCAR ZEA CHOQUECHAMBI,
y demás Congresistas firmantes, al
amparo de lo dispuesto en el artículo 107 de La Constitución Política
v
conforme lo
establece el numeral 2) del artículo 76° del Reglamento del Congreso de la República,
presentan la siguiente iniciativa legislativa:
LEY QUE DECLARA
EN
EMERGENCIA LA CAMPAÑA AGRICOLA 2021-2022
ARTÍCULO 1- Finalidad
La presente iniciativa tiene por finalidad de garantizar la producción de alimentos
y
seguridad alimentaria, así como la recuperación económica de los productores campesinos
agrarios.
ARTICULO 2.- Objeto de la Ley
La presente ley tiene por objeto declarar en emergencia la campaña agrícola 2021- 2020,
por ser un asunto de interés público con el fin de que se implernente nwdidas relacionadas
a la seguridad hídrica, mantenimiento
y
mejora de la producción agraria, de las
condiciones de los mercados municipales agrarios
y
campesinos
y
que permitan al sector
agrario y al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI) orientar los recursos
y
acciones orientas a garantizar la siembra e instalación de productos
agrarios con énfasis en
la agricultura familiar, cadenas productivas que aseguran la alimentación de los peruanos.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
ÚNICA. Acciones pertinentes
Dispóngase que el Poder
Ejecutivo a través
del
Ministerio
de Desarrollo Agrario y Riego
(MIDAGRI) y el Ministerio de Economía
y
Finanzas (MEF) efectúe las acciones necesarias
a fin de poder dictar las medidas que permitan garantizar la siembra y cosecha durante el
año 2021- 2022, debiendo informar al Congreso de manera msual sobre las acciones
y
resultados obtenidos.
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