Sentencia nº 000228-2004/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 23 de Marzo de 2004

Fecha de Resolución23 de Marzo de 2004
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente843-2000/OIN
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 0228-2004/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 843-2000/OIN
1-18
SOLICITANTE : EMBOTELLADORA DEMESA S.A.
OPOSITORA : DISTRIBUIDORA DISMASA S.R.L.
Solicitud de patente de modelo de utilidad – Falta de novedad
Lima, veintitrés de marzo de dos mil cuatro
I. ANTECEDENTES
Con fecha 17 de agosto del 2000, Embotelladora Demesa S.A. (Perú) solicitó patente
de modelo de utilidad para CAJA DISPENSADORA CON SURTIDOR INCLUIDO,
cuyo inventor es Juan del Mar Cordiviola.
Mediante proveído de fecha 18 de agosto del 2000, la Oficina de Invenciones y
Nuevas Tecnologías requirió a la solicitante que cumpla con presentar la descripción
clara y completa del modelo de utilidad en forma tal que una persona versada en la
materia pueda ejecutarla. Precisó que faltan los dibujos Nº 1 y 2 referentes a la caja
dispensadora, tal como se señala en la memoria descriptiva. Señaló que de acuerdo a
lo establecido en el artículo 13 de la Decisión 344, la solicitud no será admitida a
trámite y no se le asignará fecha de presentación en tanto no cumpla con presentar
correctamente dichos documentos por duplicado.
Con fecha 23 de agosto del 2000, Embotelladora Demesa S.A. presentó los
ejemplares de los dibujos 1 y 2 que figuran en la memoria descriptiva del modelo de
utilidad solicitado.
Mediante proveído de fecha 24 de agosto del 2000, vista la solicitud de modelo de
utilidad presentada el 17 de agosto del 2000 sin adjuntar los dibujos señalados en la
memoria descriptiva y el escrito de fecha 23 de agosto del 2000, con el que se
presentan los dibujos mencionados, de conformidad con lo establecido en el artículo
40 del Decreto Legislativo 823, la Oficina de Invenciones y Nuevas Tecnologías
consideró como fecha de presentación de la solicitud el 23 de agosto del 2000.
Mediante proveídos de fecha 29 de agosto del 2000, la Oficina de Invenciones y
Nuevas Tecnologías requirió a la solicitante que:
(i) Precise si reivindica prioridad o no. En caso de reivindicar prioridad deberá
indicar el número de la solicitud extranjera, la fecha de presentación, el país
donde se presentó y deberá acompañar copia debidamente certificada de dicha
solicitud en el plazo de tres meses, contado a partir de la fecha de presentación
de la solicitud y efectuar el pago por cada reivindicación de prioridad extranjera,
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 0228-2004/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 843-2000/OIN
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dentro del plazo de tres meses, bajo apercibimiento de perder el derecho de
prioridad.
(ii) Presente el documento de cesión (copia legalizada), dentro del término de 30
días bajo apercibimiento de declararse la solicitud en abandono.
Con fecha 2 de octubre del 2000, Embotelladora Demesa S.A. presentó el documento
de cesión. Asimismo, señaló que no reivindica prioridad. Mediante proveído de fecha 3
de octubre del 2000, la Oficina de Invenciones y Nuevas Tecnologías tuvo por
cumplido el mandato de fecha 29 de agosto del 2000, respecto a la presentación del
documento de cesión y la aclaración de no reivindicar prioridad extranjera.
Con fecha 13 de julio del 2001, se emitió la orden de aviso Nº 793-2001, efectuándose
la publicación en el Diario Oficial El Peruano el 31 de agosto del 2001.
Con fecha 14 de setiembre del 2001, Embotelladora Demesa S.A. presentó el
comprobante de pago por examen de fondo de la presente solicitud.
Con fecha 11 de octubre del 2001, Distribuidora Dismasa S.R.L. formuló oposición
manifestando lo siguiente:
(i) Es una empresa que se dedica a la distribución, particularmente de bebidas y
agua, inclusive distribuye bidones surtidores de agua.
(ii) El modelo de utilidad solicitado se encuentra en el estado de la técnica, por lo
que no es novedoso, siendo actualmente accesible al consumidor, pues
diseños similares se comercializan actualmente en nuestro medio.
(iii) La caja dispensadora con surtidor incluido que se pretende reivindicar incluye
un surtidor dispuesto en la misma caja en la parte frontal del envase marcado
con una línea punteada, mediante la cual se desglosa la sección sellada
dejando libre el surtidor (vertedero de líquido), lo que no constituye ninguna
invención ni creación de la solicitante.
(iv) Los productos que se comercializan en el mercado peruano, particularmente las
cajas de vino CLOS DE PIRQUE y GATO NEGRO utilizan exactamente el
mismo tipo de surtidor debajo de líneas punteadas y comprendido en la caja del
producto.
(v) Si el modelo de utilidad solicitado ya es conocido en el mercado nacional, a
través de las cajas surtidoras de los vinos mencionados, no puede ser
susceptible de reconocimiento como patente al carecer del requisito de
novedad.
Posteriormente, con fecha 8 de noviembre del 2001, para acreditar lo expresado en su
recurso de oposición, presentó un ejemplar del surtidor de agua de marca SAN LUIS y
la factura correspondiente.

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