Sentencia nº 001001-2010/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 17 de Mayo de 2010

Fecha de Resolución17 de Mayo de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente001-2010/CPC-INDECOPI-ICA
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia 2
RESOLUCIÓN 1001-2010/SC2-I NDECOPI
EXPEDIENTE 001-2010/CPC-INDE COPI-ICA
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE ICA
DENUNCIANTE : MOISÉS SERAFÍN ESPINOZA MUÑOZ
DENUNCIADA : SCOTIABANK PERÚ S.A.A.
MATERIA : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
ADHESIÓN A LA APELACIÓN
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN MONETARIA
SUMILLA: Se tiene por adherido al señor Moisés Serafín Espinoza Muñoz a
la apelación interpuesta por Scotiabank Perú S.A.A. contra la Resolución 27-
2010/INDECOPI-ICA y correr traslado a dicho administrado del referido
recurso, para que en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, haga
conocer su posición respecto de los argumentos expuestos en la
impugnación.
Lima, 17 de mayo de 2010.
ANTECEDENTES
1. El 5 de enero de 2010, el señor Moisés Serafín Espinoza Muñoz (en
adelante, el señor Espinoza), denunció a Scotiabank Perú S.A.A.1 (en
adelante, Scotiabank) ante la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi
de Ica (en adelante, la Comisión) por infracciones al Decreto Legislativo 716
– Ley de Protección al Consumidor, señalando que en julio de 2004, en base
al convenio suscrito entre la Dirección Regional de Educación de Ica y el
Banco Wiese Sudameris, éste último le otorgó un préstamo por S/. 5 400,00
a cancelarse en 48 cuotas mensuales descontadas por planilla; sin embargo,
al solicitar un crédito en mayo de 2009, se enteró que estaba reportado ante
la Central de Riesgo de la SBS por una deuda de S/. 700,00 correspondiente
al referido préstamo. Además señaló que el banco le había descontado
S/. 2,00 en exceso respecto a cada uno de los descuentos que se
efectuaron.
2. Mediante Resolución 27-2010/INDECOPI-ICA emitida el 2 de marzo de 2010,
la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Ica resolvió lo siguiente:
(i) Declaró fundada la denuncia contra Scotiabank por infracción del
artículo 8º del Decreto Legislativo 716; en el extremo referido a la falta
de información de la cancelación del convenio de otorgamiento de
préstamos;
1 RUC: 20100043140, con domicilio en Calle Mayor Armando Blondet 135, Urb. Santa Ana - San Isidro.

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