Sentencia nº 000836-2003/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 19 de Agosto de 2003

Fecha de Resolución19 de Agosto de 2003
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente122298-2001/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 0836-2003/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 122298-2001
1-12
SOLICITANTE : RED NACIONAL DE LOS FERROCARRILES ESPAÑOLES
(RENFE)
Limitación de productos - Similitud o conexión competitiva - Riesgo de
confusión entre signos que distinguen productos de la clase 9 de la
Nomenclatura Oficial: Existencia
Lima, diecinueve de agosto de dos mil tres
I. ANTECEDENTES.
Con fecha 26 de enero del 2001, Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles
(RENFE) (España) solicitó el registro de la marca de producto SIRE, para distinguir
programas para instalaciones y aparatos de tratamientos de datos; soportes de datos,
CD-ROM, disquetes, cintas magnéticas, módems; aparatos e instrumentos
electrónicos para el tratamiento, anotación, almacenaje, transmisión, recepción,
observación o impresión de datos, ordenadores; microprocesadores; aparatos e
instrumentos codificadores o decodificadores; soportes de datos ópticos en forma de
discos; programas y software para ordenadores y relativos al tratamiento de datos, así
como partes y accesorios para los mencionados productos, de la clase 9 de la
Nomenclatura Oficial.
Mediante Resolución Nº 7930-2001/OSD-INDECOPI de fecha 24 de julio del 2001, la
Oficina de Signos Distintivos denegó de oficio el registro del signo solicitado por
considerarlo confundible con la marca SIRE y logotipo, registrada a favor de
WBR/SIRE Ventures Inc., que distingue productos de la clase 9 de la Nomenclatura
Oficial. Consideró lo siguiente:
(i) Los productos que pretende distinguir el signo solicitado presentan una
estrecha similitud con los productos que distingue la marca registrada, tales
como: discos fonográficos y cintas pre-registradas de audio y de video, casetes
y discos, por cuanto satisfacen la misma necesidad y son susceptibles de ser
comercializados en los mismos establecimientos, estando dirigidos al mismo
público consumidor.
(ii) Entre el signo solicitado SIRE y la marca registrada SIRE y logotipo existen
semejanzas que hacen que su coexistencia sea susceptible de generar
confusión en el público consumidor, en la medida que comparten la
denominación SIRE, debiendo tenerse en consideración que los términos son
idénticos gráfica y fonéticamente, lo que unido al hecho que los signos están
destinados a la identificación de iguales productos y productos relacionados
entre sí, permite concluir que cuando el consumidor se encuentre en el
mercado frente al signo solicitado, al apreciarlo asumirá que se trata del signo

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