Sentencia nº 000836-2011/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 12 de Abril de 2011
Fecha de Resolución | 12 de Abril de 2011 |
Emisor | Sala Especializada en Defensa de la Competencia |
Expediente | 062-2009/CCD |
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0836-2011/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 062-2009/C CD
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN DE LA
COMPETENCIA DESLEAL
DENUNCIANTE : INSTITUTO DEL DERECHO ORDENADOR DEL
MERCADO – IDOM
DENUNCIADOS : KAPMAN AB
SIERRAS Y HERRAMIENTAS DEL PERÚ S.A.C.
MATERIA : PROCESAL
ADHESIÓN A LA APELACIÓN
ACTIVIDAD : PRODUCCIÓN DE HERRAMIENTAS DE
CONSTRUCCIÓN
VENTA MAYORISTA DE MATERIALES DE
CONSTRUCCIÓN
SUMILLA: se declara PROCEDENTE EL RECURSO DE ADHESIÓN A LA
APELACIÓN presentado por Instituto del Derecho Ordenador del Mercado –
IDOM, en el extremo que solicitó que se revoque parcialmente la Resolución
217-2010/CCD-INDECOPI del 6 de octubre de 2010, que declaró improcedente
la denuncia por actos de engaño presentada por Instituto del Derecho
Ordenador del Mercado – IDOM contra Kapman AB, por considerar que dicha
imputada carecía de legitimidad para obrar pasiva.
Asimismo, se declara IMPROCEDENTE EL RECURSO DE ADHESIÓN A LA
APELACIÓN presentado por Instituto del Derecho Ordenador del Mercado –
IDOM contra la Resolución 217-2010/CCD-INDECOPI del 6 de octubre de 2010
en el extremo referido a la graduación de la sanción impuesta a Sierras y
Herramientas del Perú S.A.C., puesto que la determinación de la magnitud de
la sanción constituye una potestad pública respecto de la cual el
denunciante no tiene interés tutelable.
Lima, 12 de abril de 2011
ANTECEDENTES
1. El 31 de marzo de 2009, el Instituto del Derecho Ordenador del Mercado –
IDOM (en adelante, IDOM) denunció a la empresa Kapman AB (en lo
sucesivo, Kapman) ante la Comisión de Fiscalización de la Competencia
Desleal (en adelante, la Comisión) por la difusión de anuncios en prensa
escrita a través de los cuales se promocionaba la línea de serruchos
“Prizecut” de manera presuntamente engañosa y contraria al artículo 8 del
Decreto Legislativo 1044 –Ley de Represión de la Competencia Desleal–1.
1 DECRETO LEGISLATIVO 1044, Artículo 8.- Actos de engaño.-
8.1.- Consisten en la realización de actos que tengan como efecto, real o potencial, inducir a error a otros ag entes
en el m ercado sobre la naturaleza, modo de fabricación o distribución, car acterísticas, aptitud para el uso, calidad,
cantidad, precio, c ondiciones de venta o adquisición y, en general, sobr e los atributos, beneficios o condiciones que
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