Sentencia nº 001724-2012/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 7 de Junio de 2012

Fecha de Resolución 7 de Junio de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente0040-2011/CPC-INDECOPI-SAM
TRIBUNAL DE DEFENSA DE L A COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Compet encia Nº 2
RESOLUCIÓN 1724-2012/SC2-IND ECOPI
EXPEDIENTE 0040-2011/CPC-I NDECOPI-SAM
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
DE SAN MARTÍN
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : INVERSIONES J&L S.A.C.
DENUNCIADA : BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ S.A.
MATERIA : IMPROCEDENCIA
NOCIÓN DE CONSUMIDOR
ACTIVIDAD : VENTA DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES
SUMILLA: Se confirma la resolución venida en grado que declaró
improcedente la denuncia, toda vez que el denunciante no califica como
consumidor protegido en los términos del Código de Protección y Defensa
del Consumidor.
Lima, 7 de junio de 2012
ANTECEDENTES
1. El 22 de julio de 2011, Inversiones J&L S.A.C.1 (en adelante, Inversiones J&L)
denunció a Banco de Crédito del Perú S.A.2 (en adelante, el Banco) por
infracción a las normas de protección al consumidor, señalando que el Banco
no había cumplido con brindarle información detallada de los requerimientos
de información efectuados.
2. Mediante Resolución 0007-2012/INDECOPI-SAM del 19 de enero de 2012, la
Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de San Martín (en adelante, la
Comisión) declaró improcedente la denuncia presentada por Inversiones J&L
al no ostentar la calidad de consumidor protegido en los términos de la Ley
Código).
3. El 2 de febrero de 2012, Inversiones J&L apeló la Resolución 0007-
2012/INDECOPI-SAM señalando que la Comisión solo hizo un análisis
respecto al marco legal aplicable y se centró en comentar si tenía la calidad
de microempresario, sin analizar los puntos controvertidos señalados en su
denuncia.
1 RUC: 20450236218. Domicilio: Jr. Cahuide 221 – A, Tarapoto.
2 RUC: 20100047218. Domicilio: Jr. Maynas 140, Tarapoto.
3 Publicado el 2 de septiembr e de 2010 en el diario oficial El Peruano y vigente desd e el 3 de octubre de 2010.

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