Sentencia nº 000790-2010/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 25 de Febrero de 2010

Fecha de Resolución25 de Febrero de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente382-2008/CCO-INDECOPI
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECT UAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0790-2010/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 382-2008/CCO-INDE COPI
M-SC1-13/2A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
DEUDORA : CARMEN LUZMILA GÁLVEZ TORRES CON
PATRIMONIO EN LIQUIDACIÓN
MATERIA : PROCEDIMIENTO CONCURSAL ORDINARIO
CUMPLIMIENTO DE MANDATO JUDICIAL
ACTIVIDAD : PERSONA NATURAL
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 1492-2009/CCO-INDECOPI del 9 de
febrero de 2009, que declaró improcedente la oposición y ofrecimiento de
pago formulados por la señora Carmen Luzmila Gálvez Torres de Olortegui
con patrimonio en Liquidación en el marco de su Procedimiento Concursal
Ordinario, debido a que dicho ofrecimiento de pago debió ser planteado en el
proceso judicial ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado del Modulo
Corporativo Manual de San Miguel, que declaró la disolución y liquidación
del patrimonio de dicha deudora.
Lima, 25 de febrero de 2010
ANTECEDENTES
1. Por Oficio 418-08-2do.JPLSM.-MOL del 25 de noviembre de 2008, el
Segundo Juzgado de Paz Letrado del Modulo Corporativo Manual de San
Miguel remitió a la Comisión de Procedimientos Concursales (en adelante, la
Comisión) copia del Expediente Nº 418-2008, seguido por el Banco
Internacional del Perú S.A. (en adelante Interbank) contra la señora Carmen
Luzmila Gálvez Torres de Olortegui (en adelante, la señora Gálvez), al haber
dispuesto la disolución y liquidación del patrimonio de la demandada en
2. Mediante Resolución 13526-2008/CCO-INDECOPI del 10 de diciembre de
2008, la Comisión dispuso la publicación de la disolución y liquidación del
patrimonio de la señora Gálvez en el diario oficial “El Peruano” en aplicación
del artículo 30 de la Ley General del Sistema Concursal1. Asimismo, la
primera instancia requirió a dicha deudora para que, en un plazo no mayor de
diez días hábiles de publicada su situación, cumpla con presentar la
información y documentación señalada en el artículo 25 de la Ley General del
1 LEY GENERAL DEL SIST EMA CONCURSAL, Artículo 30.-Ejecución del aperc ibimiento dictado en aplicación
Recibidas las copias c ertificadas del expediente judicial, l a Comisión, en ejecución del aperci bimiento hecho efectivo
por el juez en aplicación del artículo 703º del Código Procesal Civil, dispondrá la publicación en el Diario Oficial "El
Peruano" del nombre de las personas sometidas a la disolución y liquidación, siendo de aplicación las d isposiciones
contenidas en el artículo 32º.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR