Sentencia nº 000701-2009/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 30 de Marzo de 2009

Fecha de Resolución30 de Marzo de 2009
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente330461-2007/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 0701-2009/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N°330461-2007
1-15
SOLICITANTE : INVERSIONES C.G.S. S.A.
OPOSITOR : ALBERTO ROMANO HADID
Nulidad del acto administrativo: convalidación
Lima, treinta de marzo de dos mil nueve.
I. ANTECEDENTES
Con fecha 28 de setiembre de 2007, Inversiones C.G.S.S.A. (Perú) solicitó el
registro de la marca de servicio constituida por el logotipo conformado por la
denominación SUSHI ITO escrita en letras características de color negro con
sombra gris y la representación estilizada de una figura circular en cuyo interior
se observan carácteres japoneses en colores blanco y rojo y en la parte inferior
cinco figuras irregulares que representan alimentos en los colores rojo,
anaranjado y amarillo, todo dentro de una figura rectangular, conforme al
modelo, para distinguir servicios de expendio de alimentos y bebidas;
restaurante, de la clase 43 de la Nomenclatura Oficial.
Con fecha 11 de enero de 2008, Alberto Romano Hadid (México)
representado por Juli Gutiérrez Zanelli -formuló oposición al registro del signo
solicitado, manifestando lo siguiente:
(i) Es titular en Colombia de la marca de servicio SUSHI ITTO y logotipo
(Certificado Nº 187638), registrada en la clase 42 de la Nomenclatura
Oficial, con la cual el signo solicitado resulta confundible.
(ii) El registro colombiano fue concedido en la clase 42 de la Nomenclatura
Oficial, en la cual anteriormente se encontraban incluidos los servicios de
restaurante y afines y que, en la nueva edición de la Clasificación de Niza,
fueron reclasificados en la clase 43 de la Nomenclatura Oficial.
(iii) La marca registrada se encuentra incluida íntegramente en el signo
solicitado y si bien la marca registrada incluye la letra T adicional, dicha
letra se diluye en la pronunciación, por lo que fácilmente el consumidor
podría ser inducido a error o confusión.

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