Sentencia nº 001154-2012/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 18 de Abril de 2012

Fecha de Resolución18 de Abril de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente965-2011/PS3
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competencia N° 2
RESOLUCIÓN 1154-2012/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 965-2011/PS3
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR –
SEDE LIMA SUR Nº 1
PROCEDIMIENTO : CONTIENDA DE COMPETENCIA
DENUNCIANTE : NIDIA GABY DE LA CRUZ CÓRDOVA
DENUNCIADO : REGO CORPORATION DEL PERÚ S.A.
MATERIA : PROCESAL
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES INMOBILIARIAS REALIZADAS CON
BIENES PROPIOS O ARRENDADOS
SUMILLA: Se declara competente por razón de cuantía para conocer la
denuncia de la señora Nidia Gaby De la Cruz Córdova a la Comisión de
Protección al Consumidor – Sede Lima Sur.
Lima, 18 de abril de 2012
ANTECEDENTES
1. El 27 de junio de 2011, la señora Nidia Gaby De la Cruz Córdova (en
adelante, la señora De la Cruz) denunció a Rego Corporation del Perú S.A.1
(en adelante, Rego) ante el Órgano Resolutivo de Procedimientos
Sumarísimos Nº 3 (en adelante, ORPS) por presunta infracción de la Ley
29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor2 (en adelante, el
Código). En su denuncia, señaló lo siguiente:
(i) El 9 de octubre de 2009 adquirió de Rego el departamento 504 y el
estacionamiento 34 ubicados en el edificio ”Residencial Rego Santa
Cruz” sito en Av. General Andrés de Santa Cruz 130, distrito de Jesús
María;
(ii) Rego no cumplió con instalar marcos de aluminio en las 4 ventanas (en
el dormitorio principal, en el primer dormitorio y en la lavandería), siendo
que contaban con vidrio crudo, lo cual resultaba peligroso ante posibles
movimientos sísmicos;
(iii) el denunciado no cumplió con lo dispuesto en el Reglamento Nacional
de Edificaciones, debido a que el muro de las ventanas tenía una altura
de 0,10 metros, siendo que de acuerdo con la norma indicada debía
contar con una altura mínima de 0,90 metros; o, en todo caso, debió
colocar una baranda de protección con elementos espaciados;
(iv) Rego no cumplió con entregarle: (a) el control remoto de la puerta
corrediza del estacionamiento; (b) los comprobantes de pago por la
compra del departamento; (c) los planos de arquitectura, de estructura,
1 RUC 20511320764 y con domicili o fiscal en Jr. Francisco Pizarro 677, Bagua Grande, Utc ubaba, Amazonas.
2 Publicado el 2 de septiembre de 201 0 en el diario oficial El Peruano. Vigente desde el 2 de octubre de 2010.

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