Sentencia nº 000900-2004/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 6 de Diciembre de 2004

Fecha de Resolución 6 de Diciembre de 2004
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente000089-2003/CAM
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCIÓN Nº 0900-2004/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 000089-2003/CAM
M-SDC-02/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE ACCESO AL MERCADO (LA
COMISION)
DENUNCIANTE : MEGASOUND PRODUCTIONS S.A.C.
(MEGASOUND)
DENUNCIADO : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MIRAFLORES (LA
MUNICIPALIDAD)
MATERIA : ACCESO AL MERCADO
BARRERAS BUROCRÁTICAS
GOBIERNOS LOCALES
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA
EN GENERAL
Lima, 6 de diciembre de 2004
I ANTECEDENTES
El 26 de noviembre del 2003, Megasound denunció a la Municipalidad por la
imposición de barreras burocráticas ilegales e irracionales materializadas en
la Resolución Directoral N° 002103-2003-DCDC/MM mediante la cual
deniega la solicitud de licencia de funcionamiento provisional de su
establecimiento comercial, ubicado en la Calle Porta N° 134, Miraflores. La
empresa fundamenta su denuncia en los siguientes principales argumentos:
(i) El 29 de octubre del 2003, solicitó a la Municipalidad una licencia de
funcionamiento provisional para el giro de restaurante, cumpliendo
para tal efecto con los requisitos señalados en la Ley de Promoción
y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa y su Reglamento
(fotocopia simple del RUC, declaración jurada simple de ser micro
empresa y recibo de pago por el derecho de trámite).
(ii) No obstante, mediante Resolución Directoral N° 002103-2003-
DCDC/MM del 6 de noviembre del 2003, la Municipalidad declaró
improcedente su solicitud, argumentado que la empresa no contaba
con “licencia de obra de remodelación y/o autorización de obra
menor” correspondiente a la habilitación de un área para cocina, ni
con servicios higiénicos propios para el desarrollo del giro comercial.
(iii) Dicho acto administrativo sería ilegal e irracional toda vez que las
exigencias que dieron origen al rechazo de su solicitud, no se
encuentran contempladas en la Ley de Promoción y Formalización
de la Micro y Pequeña Empresa ni en su Reglamento.
(iv) La habilitación del área de cocina consistía en un simple muro de
ladrillos y fue realizada por el anterior poseedor del inmueble. Por
ello, se debió otorgar un plazo para regularizar dicha construcción y

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