Dictamen recaído sobre el Proyecto Nº 3741/2002-CR, 4028/2002-CR, 4376/2002-CR, 4522/2002-CR, 5606/2003-CR, 13621/2005-CR y 13792/2005-CR, de 7 de Noviembre de 2012

EmisorEconomía

Dictamen recaído en los Proyectos de Ley Nº 3741/2002-CR, 4028/2002- CR, 4376/2002-CR, 4522/2002-CR, 5606/2003-CR, 13621/2005-CR y 13792/2005-CR, proponen exonerar del pago de Impuesto Predial a los Clubes Departamentales, Provinciales y Distritales.

COMISION DE ECONOMIA

PERIODO LEGISLATIVO 2005-2006

DICTAMEN Nº 03

Señor Presidente:

Han ingresado para debate y dictamen de la Comisión de Economía los siguientes Proyectos de Ley:

Proyecto de Ley N° 3741/2002-CR

Marciano Rengifo Ruiz, Paulina Arpasi Velásquez,

Enith Chuquival Saavedra, Luis Flores Vásquez, Máximo Mena

Melgarejo y José Taco Llave

impuesto predial a los Clubes departamentales, provinciales y distritales.

Proyecto de Ley N° 4376/2002-CR

Carlos Infantas Fernández

inafectos al pago del impuesto predial, los predios de propiedad de los Clubes departamentales.

Proyecto de Ley N° 4028/2002-CR

Manuel Merino Lama y Manuel Olaechea García,

proponen adicionar el inciso m) en el Artículo 17° del Decreto Legislativo N° 776, Ley de Tributación Municipal, eximiendo del pago del Impuesto Predial a los Clubes departamentales, provinciales y distritales.

Proyecto de Ley N° 4522/2002-CR

Alcides Chamorro Balvín

numeral 7) al inciso c) del Artículo 17° del Decreto Legislativo N° 776, Ley de Tributación Municipal, referido a los predios cuya propiedad corresponda a Clubes departamentales, provinciales y distritales debidamente constituidos como asociación.

Proyecto de Ley N° 5606/2003-CR

Máximo Mena Melgarejo

m) al Artículo 17° del Decreto Legislativo N° 776, Ley de Tributación Municipal.

Proyecto de Ley N° 13621/2005-CR

Alcides Chamorro Balvín,

Artículo 17° inciso c) del Decreto Legislativo N° 776, Ley de Tributación Municipal.

Predictamen recaído en los Proyectos de Ley Nº 3741/2002-CR, 4028/2002- CR, 4376/2002-CR, 4522/2002-CR, 5606/2003-CR, 13621/2005-CR y 13792/2005-CR, que proponen exonerar del pago de Impuesto Predial a los Clubes Departamentales, Provinciales y Distritales.

Proyecto de Ley 13792/2005-CR

Jorge del Castillo Gálvez, Walter Alejos Calderón, Luis

Alva Castro, Natale Amprimo Pla, Carlos Armas Vela, Iván Calderón

Castillo, Eduardo Carhuaricra Meza, Carlos Chávez Trujillo, Juan

Figueroa Quintana, Kuennen Franceza Marabotto, Luis Gonzales

Posada Eyzaguirre, Luis Figueroa Guerrero, Carlos Infantas

Fernández, Santos Jaimes Serkovic, Gonzalo Jiménez Dioses,

Adolfo Latorre López, Arturo Maldonado Reatégui, Luis Negreiros

Criado, Alejandro Oré Mora, Celina Palomino Sulca, Aurelio Pastor

Valdivieso, Luis Santa María Calderón, José Taco Llave, Juan

Valdivia Romero, Emma Vargas de Benavides, Angel Velásquez

Quesquén, Rosa Yanarico Huanta,

Departamentales.

  1. CONTENIDO DE LOS PROYECTOS DE LEY

    1.1 Proyecto de Ley N° 3741/2002-CR,

    pago del impuesto predial a favor de los Clubes Departamentales, Provinciales y Distritales.

    1.2 Proyecto de Ley N° 4376/2002-CR,

    en el Artículo 17° del Decreto Legislativo N° 776 Ley de Tributación Municipal, referido a exonerar el Pago del Impuesto Predial a los Clubes Departamentales, Provinciales y Distritales, afiliados a la Asociación de Clubes Departamentales (ACD)

    1.3 Proyecto de Ley N° 4028/2003-CR,

    impuesto predial a los predios de propiedad de los Clubes departamentales, provinciales y distritales.

    Proyecto de Ley N° 4522/2002-CR,

    7) al inciso c) del Artículo 17° del Decreto Legislativo N° 776, Ley de Tributación Municipal, referido a los predios cuya propiedad corresponda a Clubes Departamentales, Provinciales y Distritales, debidamente constituidos como asociaciones.

    Proyecto de Ley N° 5606/2003,

    Artículo 17° del Decreto Legislativo N° 776, Ley de Tributación Municipal, que establece que están inafectos al pago del impuesto de predios, las asociaciones que comprendan a Clubes Departamentales, debidamente inscritos y siempre que se destinen a sus fines específicos y no se efectúe actividad comercial en ellos.

    Proyecto de Ley N° 13621/2005-CR,

    Artículo 17° inciso c) del Decreto Legislativo N° 776, Ley de Predictamen recaído en los Proyectos de Ley Nº 3741/2002-CR, 4028/2002- CR, 4376/2002-CR, 4522/2002-CR, 5606/2003-CR, 13621/2005-CR y 13792/2005-CR, que proponen exonerar del pago de Impuesto Predial a los Clubes Departamentales, Provinciales y Distritales.

    Tributación Municipal, referente a que están inafectos al pago del

    Impuesto los predios cuya propiedad corresponda a organizaciones políticas como partidos, movimientos o alianzas reconocidas por el órgano electoral correspondiente, así como los predios de las asociaciones de clubes departamentales, provinciales y distritales; las sociedades de beneficencia, siempre que se destinen a sus fines específicos y no se efectúe actividad comercial en ellos.

    1.7 Ley N° 13792/2005-CR,

    Departamentales, Provinciales y Distritales, que tengan como finalidad regular su...

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