RESOLUCION SUPREMA N° 149-2011-JUS - Conceden la gracia de conmutación de la pena a internos sentenciados de diversos Establecimientos Penitenciarios

Fecha de disposición15 Julio 2011
Fecha de publicación15 Julio 2011
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 15 de julio de 2011 446543
El Director General de la Of‌i cina General de
Planeamiento y Presupuesto
Articulo 2°.- La Comisión de Transferencia Sectorial
del Ministerio de Energía y Minas podrá conformar sub
comisiones de trabajo por cada materia, las cuales estarán
integradas por funcionarios de las Direcciones Generales
que se mencionan en el artículo 1°, las mismas que se
encargarán de desarrollar las acciones para la ejecución
del proceso de transferencia en sus diversas etapas.
Articulo 3°.- Los Organismos Públicos adscritos al
Ministerio de Energía y Minas, así como los Proyectos
del Sector designarán un responsable operativo ante la
Comisión de Transferencia Sectorial a f‌i n de coordinar
todas las acciones necesarias para asegurar que el
proceso de transferencia se realice en forma progresiva
y ordenada conforme lo dispuesto por la Ley de Bases de
la Descentralización.
Articulo 4°.- En cumplimiento de los dispuesto en la
Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 003-
2007-PCM/SD, a través de la cual se aprueba la Directiva
N° 001-2007-PCM/SD, remítase copia de la presente
Resolución Ministerial, a la Municipalidad Metropolitana
de Lima y a la Secretaria de Descentralización de la
Presidencia del Consejo de Ministros.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA
Ministro de Energía y Minas
665766-1
Otorgan autorización a favor de Magma
Energía Geotérmica Perú S.A. para
desarrollar la actividad de exploración
de recursos geotérmicos en zona
ubicada en los departamentos de Tacna
y Moquegua
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 034-2011-EM/DGE
Lima, 6 de abril de 2011
VISTOS: Los Expedientes Nºs 12239310, 12239410,
12239510, 12239610, 12239710, 12239810, 12239910,
12240010, 12240110, 12240210, 12240310, 12240410,
12240510, 12240610, 12240710, 12240810, 12240910,
12241010, 12241110, 12241210 y 12241310, organizados
por Magma Energía Geotérmica Perú S.A., persona
jurídica inscrita en la Partida Nº 12189154 del Registro de
Personas Jurídicas de la Of‌i cina Registral de Lima, sobre
solicitud de otorgamiento de autorización para realizar la
actividad de exploración de recursos geotérmicos en la
zona denominada Pasto;
CONSIDERANDO:
Que, mediante documento con registro Nº 2028687,
de fecha 17 de septiembre de 2010, Magma Energía
Geotérmica Perú S.A. solicitó autorización para desarrollar
la actividad de exploración de recursos geotérmicos
en la zona denominada Pasto, ubicada en el distrito de
Candarave, provincia de Candarave, departamento de
Tacna y distrito de Carumas, provincia de Mariscal Nieto,
departamento de Moquegua, cuyas coordenadas UTM
(PSAD56) f‌i guran en el Expediente;
Que, la petición se ampara en las disposiciones
contenidas en los artículos 2º y 13º de la Ley Nº 26848,
Ley Orgánica de Recursos Geotérmicos, y en los artículos
7º y 12º de su Reglamento, aprobado por el Decreto
Supremo Nº 019-2010-EM, habiendo cumplido con los
requisitos legales de presentación;
Que, la peticionaria ha presentado la Declaración
Jurada a través de la cual se compromete a contar con un
Estudio Ambiental, aprobado por la Dirección General de
Asuntos Ambientales Energéticos, antes del inicio de los
trabajos de exploración, de acuerdo a lo establecido en
el numeral 12.6 del artículo 12º del Reglamento de la Ley
Orgánica de Recursos Geotérmicos;
Que, la peticionaria ha cumplido con efectuar el pago
correspondiente al Derecho de Vigencia, conforme a lo
establecido en el artículo 62º del Reglamento de la Ley
Orgánica de Recursos Geotérmicos;
Que, sobre la base de lo dispuesto en el artículo 7º del
Reglamento de la Ley Orgánica de Recursos Geotérmicos,
aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 019-2010-EM,
la Dirección General de Electricidad procedió a acumular
las solicitudes de autorización geotérmica referidas a la
zona Pasto;
Que, de conformidad con el artículo 4º de la Ley Nº
cuando deban emitirse varios actos administrativos
de la misma naturaleza, podrán integrarse en un solo
documento, bajo la misma motivación, en cuyo caso los
actos administrativos serán considerados como actos
diferentes para todos los efectos subsiguientes;
Que, la Dirección General de Electricidad, luego de
haber verif‌i cado y evaluado que la peticionaria ha cumplido
con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de
Recursos Geotérmicos y su Reglamento, ha emitido el
Informe Nº 058-2011-DGE-DCE;
Estando a lo dispuesto por el artículo 13º de la Ley
Orgánica de Recursos Geotérmicos, concordado con los
artículos 15º y 59º de su Reglamento;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Otorgar autorización a favor de Magma
Energía Geotérmica Perú S.A., que se identif‌i cará con los
códigos Nºs 12239310, 12239410, 12239510, 12239610,
12239710, 12239810, 12239910, 12240010, 12240110,
12240210, 12240310, 12240410, 12240510, 12240610,
12240710, 12240810, 12240910, 12241010, 12241110,
12241210 y 12241310, para desarrollar la actividad
de exploración de recursos geotérmicos en la zona
denominada Pasto, ubicada en el distrito de Candarave,
provincia de Candarave, departamento de Tacna y distrito
de Carumas, provincia de Mariscal Nieto, departamento
de Moquegua.
Artículo 2º.- Magma Energía Geotérmica Perú
S.A. deberá efectuar las actividades consignadas en el
Cronograma, el cual contempla un plazo de veinticuatro (24)
meses para la Fase I, computados a partir de la vigencia de
la presente Resolución, y doce (12) meses para la Fase II,
computados a partir de la culminación de la Fase I.
Artículo 3º.- La titular está obligada a realizar sus
actividades cumpliendo con lo establecido en el Título IX,
Protección Ambiental, de la Ley Orgánica de Recursos
Geotérmicos.
Artículo 4º.- En cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 15º del Reglamento de la Ley Orgánica de Recursos
Geotérmicos, la presente Resolución Directoral será
publicada en el Diario Of‌i cial El Peruano, por una sola vez
y por cuenta del titular, dentro de los cinco (05) días hábiles,
contados desde el día siguiente de su notif‌i cación, y entrará
en vigencia desde el día de su publicación, conforme al
artículo 15º de la Ley Orgánica de Recursos Geotérmicos.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ISMAEL ARAGON CASTRO
Director General
Dirección General de Electricidad
664076-1
JUSTICIA
Conceden la gracia de conmutación
de la pena a internos sentenciados
de diversos Establecimientos
Penitenciarios
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 149-2011-JUS
Lima, 14 de julio de 2011
Vistas las solicitudes de conmutación de la pena
presentadas por internos de diversos Establecimientos

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