RESOLUCION MINISTERIAL N° 250-2014-TR - Establecen disposiciones sobre la Secretaría Técnica del Ministerio

Fecha de disposición20 Noviembre 2014
Fecha de publicación20 Noviembre 2014
El Peruano
Jueves 20 de noviembre de 2014 538003
Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de
Trabajo y Promoción del Empleo;
Que, el Equipo de Mejora Continua del Proceso de
Simplif‌i cación Administrativa del Ministerio de Trabajo
y Promoción del Empleo, a que se ref‌i ere el quinto
considerando de la presente resolución, mediante Actas
Nºs. 01 y 02-2014-EMC de fecha 11 de junio y 04 de
julio del 2014 respectivamente, acuerdan, entre otros
puntos, que la Of‌i cina de Organización y Modernización
de la Of‌i cina General de Planeamiento y Presupuesto,
la Subdirección de Registros Generales de la Dirección
de Prevención y Solución de Conf‌l ictos y la Dirección
de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la
Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo
de Lima Metropolitana realicen las coordinaciones con
la Of‌i cina de Tecnologías de Información (OTIC) a f‌i n de
que se anule la acreditación realizada en forma presencial
por los administrados en Mesa de Partes del Ministerio de
Trabajo y Promoción del Empleo, para el caso del registro
de convenios de modalidades formativas laborales;
asimismo, mejorar la redacción de los requisitos del
registro de contratos extranjeros;
Que, en ese contexto, la Of‌i cina de Organización y
Modernización de la Of‌i cina General de Planeamiento
y Presupuesto mediante Informe Técnico Nº 014-2014-
MTPE/4/9.3, propone, para su aprobación, la modif‌i cación
del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA)
del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en el
sentido que se requiere precisar sobre los requisitos ya
existentes en los procedimientos consignados en los
numerales 42 y 43 a través de una Nota al Ciudadano,
acorde al formato aprobado por el Decreto Supremo Nº
062-2009-PCM; asimismo, eliminar el segundo párrafo
del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 192-2008-
TR referido a la acreditación presencial, actualizar la
página web:www.trabajo.gob.pe y la Guía de Contratos
y Convenios en las que se señala la acreditación, entre
otros;
Que, por las consideraciones expuestas, corresponde
emitir la resolución que apruebe la modif‌i cación del
Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA)
del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el
cual cuenta con la opinión favorable de la Of‌i cina de
Organización y Modernización de la Of‌i cina General de
Planeamiento y Presupuesto, conforme al inciso d) del
artículo 30 del Reglamento de Organización y Funciones
del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo,
Con las visaciones de la Viceministra de Trabajo, del
Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación
Laboral, del Secretario General, de los Jefes de las
Of‌i cinas Generales de Planeamiento y Presupuesto y de
Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del
artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder
Ejecutivo; el artículo 11 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización
y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;
el inciso d) del artículo 7 de su Reglamento de Organización y
Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR;
y en el marco del enunciado del numeral 38.5 del artículo 38
de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo
General;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Precísese a través de una Nota al
Ciudadano, acorde con el formato aprobado mediante
Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM, los requisitos de
los procedimientos consignados en los numerales 42
y 43 del Texto Único de Procedimientos Administrativos
(TUPA) del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo,
conforme al anexo adjunto que forma parte integrante de
la presente resolución.
Artículo 2.- Elimínese el segundo párrafo del artículo
1 de la Resolución Ministerial Nº 192-2008-TR.
Artículo 3.- Precísese que los procedimientos
consignados en los numerales 37, 38, 39, 40, 41, 47,
48, 108, 109, 110, 111, 112 y 113 del Texto Único de
Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de
Trabajo y Promoción del Empleo, se inician a través del link
https://www.sunat.gob.pe/xssecurity/SignOnVerif‌i cation.
htm?signonForwardAction=https://luna.mintra.gob.pe/
si.contratos/index.jsp, conforme al anexo adjunto que
forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 4.- La Of‌i cina General de Estadística
y Tecnologías de la Información y Comunicaciones
del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo se
encargará de eliminar el trámite previo de presentación
de manera presencial de la acreditación para personas
naturales o para personas jurídicas en el “Sistema de
Contratos y Convenios de Modalidades Formativas
Laborales” y en el “Sistema de Trámite Documentario”,
así como de actualizar la página web www.trabajo.gob.
pe y la Guía de Contratos y Convenios dentro de un plazo
máximo de treinta (30) días calendarios de publicada la
presente resolución.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente
resolución ministerial y los anexos a que hace referencia el
artículo primero y tercero de la presente resolución, en el
Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE (www.
serviciosalciudadano.gob.pe) y en el Portal Institucional
del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.
trabajo.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario
Of‌i cial El Peruano, siendo responsable de dicha acción el
Jefe de la Of‌i cina General de Estadística y Tecnologías de
la Información y Comunicaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FREDY OTÁROLA PEÑARANDA
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
1166586-1
Establecen disposiciones sobre la
Secretaría Técnica del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 250-2014-TR
Lima, 19 de noviembre de 2014
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 94 del Reglamento General de la Ley
Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto
Supremo Nº 040-2014-PCM, establece que las autoridades
de los órganos instructores del procedimiento disciplinario
cuentan con el apoyo de una Secretaría Técnica que
puede estar compuesta por uno o más servidores;
precisando que estos servidores, a su vez, pueden ser
servidores civiles de la entidad y ejercer la función en
adición a sus funciones regulares, y designados mediante
resolución del titular de la entidad;
Que, a efecto de implementar los alcances del
Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del
Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-
2014-PCM, en lo que respecta al “régimen disciplinario y
procedimiento sancionador”, resulta necesario establecer
las disposiciones internas que regulen las funciones de
apoyo de la Secretaría Técnica y su relación funcional,
administrativa y presupuestaria con los diversos órganos
del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;
Que, de otro lado, en relación con el “Módulo de
Atención de Denuncias y Reclamos del Ministerio de
Trabajo y Promoción del Empleo”, creado mediante
Resolución Ministerial Nº 159-2012-TR, cuyas funciones
centrales están vinculadas con la atención de denuncias
y reclamos de los ciudadanos; es necesario establecer
nuevas reglas de organización que establezcan su
relación con la Secretaría Técnica, referida en el párrafo
anterior;
Con las visaciones de la Secretaría General y de la
Of‌i cina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo establecido en el numeral
8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del
Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General; la Ley Nº 29381, Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y
Promoción del Empleo; y el Reglamento de Organización
y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del
Empleo, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-
2014-TR;

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