RESOLUCION DIRECTORAL N° 282-2014-MEM/DGE - Otorgan a favor de Entelin Perú SAC, concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica a un conjunto de suministros no convencionales ubicados en el departamento de San Martín

Fecha de disposición23 Octubre 2014
Fecha de publicación23 Octubre 2014
El Peruano
Jueves 23 de octubre de 2014 535681
Regional del Departamento de La Libertad trasladará
al Ministerio de Economía y Finanzas los recursos
relacionados con el servicio de la deuda derivada de la
operación de endeudamiento externo;
Que, la Décimo Sexta Disposición Complementaria y
Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28563,
Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento,
señala que los pagos a favor del Gobierno Nacional,
correspondientes a compromisos de deuda generados en
el marco de las operaciones realizadas bajo el ámbito del
Sistema Nacional de Endeudamiento, son efectuados a
través de un f‌i deicomiso; además, dicha norma establece
que cuando el otorgamiento de los recursos previstos para
efectuar dichos pagos se realicen mediante Asignaciones
Financieras, la Dirección General de Endeudamiento
y Tesoro Público está facultada a deducir los montos
necesarios para atender las referidas obligaciones y
transferirlo directamente a las cuentas previstas para el
pago del servicio de deuda;
Que, de otro lado, con fecha 09 de mayo de 2014, el
Gobierno Regional del Departamento de la Libertad y la
empresa Concesionaria Chavimochic S.A.C. suscribieron
el Contrato de Concesión “Diseño, Construcción,
Operación y Mantenimiento de las Obras Hidráulicas
Mayores del Proyecto Chavimochic”, en cuyo marco
se ha constituido un f‌i deicomiso en el Banco de la
Nación, mediante el Contrato de Fideicomiso celebrado
el 03 de junio de 2014, conforme al cual el patrimonio
autónomo está integrado, entre otros, con los recursos
provenientes de la operación de endeudamiento que el
Gobierno Nacional acuerde para f‌i nanciar parcialmente el
Cof‌i nanciamiento del Estado en dicha Concesión;
Que, mediante la Resolución Directoral Nº 049-
2014-EF/52.03, se dispone que los recursos del
Canon y Sobrecanon, Regalías y Rentas de Aduana
de los Gobiernos Regionales pueden ser canalizados,
excepcionalmente a cuentas bancarias de f‌i deicomisos
constituidos en el Banco de la Nación, únicamente en
los casos que el Gobierno Regional hubiera contraído
compromisos f‌i nancieros en el marco de contratos de
concesión suscritos conforme a las disposiciones legales
vigentes;
Que, en tal sentido, se ha estimado conveniente
disponer que, a través de dicho f‌i deicomiso se proporcione
al Ministerio de Economía y Finanzas los recursos
correspondientes al servicio de deuda de la mencionada
operación de endeudamiento externo; en consecuencia,
se requiere adecuar el referido Contrato de Fideicomiso
de fecha 03 de junio de 2014 para este f‌i n;
Que, sobre el particular han opinado favorablemente
la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público
y la Of‌i cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de
Economía y Finanzas;
De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único
Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema
Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto
054-2014-EF y la Resolución Directoral Nº 049-2014-
EF/52.03;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Apruébese el Convenio de Traspaso de
Recursos a ser suscrito entre el Ministerio de Economía
y Finanzas, a través de la Dirección General de
Endeudamiento y Tesoro Público, y el Gobierno Regional
del Departamento de La Libertad, mediante el cual se
establecen los términos y condiciones para el traspaso de
los recursos y lo referido a la atención del servicio de la
deuda derivada de la operación de endeudamiento externo
Artículo 2.- El mecanismo de pago de las obligaciones
derivadas del Convenio de Traspaso de Recursos que se
aprueba en el artículo precedente, será el Fideicomiso
constituido en virtud del Contrato de Fideicomiso
celebrado el 03 de junio de 2014, entre el Gobierno
Regional del Departamento de la Libertad y el Banco de la
Nación, debidamente adecuado para los f‌i nes del pago del
servicio de la deuda correspondiente a la citada operación
de endeudamiento externo, para lo cual se suscribirá la
respectiva enmienda al citado contrato.
Artículo 3.- Autorícese al Director General de la
Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público a
suscribir, en representación del Ministerio de Economía y
Finanzas, el Convenio de Traspaso de Recursos que se
aprueba en el Artículo 1 de esta Resolución Ministerial,
así como toda documentación necesaria para su
implementación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas
1154094-3
ENERGIA Y MINAS
Otorgan a favor de Entelin Perú
SAC, concesión eléctrica rural para
desarrollar la actividad de dotación
de energía eléctrica a un conjunto
de suministros no convencionales
ubicados en el departamento de San
Martín
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 282-2014-MEM/DGE
Lima, 6 de octubre de 2014
VISTO: El Expediente Nº 65347514, sobre la solicitud
de concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de
dotación de energía eléctrica a un conjunto de suministros
no convencionales, presentada por ENTELIN PERÚ SAC,
persona jurídica inscrita en la Partida Nº 12166453 del
Registro de Personas Jurídicas de la Zona Registral Nº
IX, Sede Lima, de la Of‌i cina Registral de Lima.
CONSIDERANDO:
Que, mediante solicitud presentada ante la Dirección
General de Electricidad el 27 de febrero de 2014 bajo el
Registro Nº 2370939, el peticionario solicitó la concesión
eléctrica rural para desarrollar la actividad de dotación
de energía eléctrica a un conjunto de suministros no
convencionales en el área del proyecto “Distribución
de Energía Eléctrica mediante Sistemas Fotovoltaicos
Domiciliarios en el Departamento de San Martín”, que
comprende las siguientes zonas y localidades: zona 1
(Santa Rosa de Tioyacu, 2 de Agosto, Los Ángeles y Sector
Rumisapa), distritos de Caynarachi y Barranquita, provincia
de Lamas; zona 2 (CCNN San Martín), distrito de Caynarachi,
provincia de Lamas; zona 3 (Nuevo San Martín, Nueva
América, Nuevo Amanecer, Flor de Mayo, Nueva Luz, Shica,
Nuevo Huancayo, San Luis, Vista Hermosa de Sanangal y
Agua de Oro), distritos de Alonso de Alvarado, Pinto Recodo
y Tabalosos, provincia de Lamas; zona 4 (Nuevo Chimban,
Los Claveles, Sinchiuc, Pucayoc, Cunchiyacu, Cachipampa
y Nuevo Continente), distritos de Tabalosos y San José
de Sisa, provincias de Lamas y El Dorado; zona 5 (Nuevo
Aires, Vía El Salvador, Selva Andina, Santa Rosa (1), Alto
Monterrico, Alto Piura y Unión Progreso), distrito de San
Martín, provincia de El Dorado; zona 6 (El Edén, Santa Rosa
(2), La Viña, Selva Verde, Alto Tres Reyes y Bajo Tres Reyes),
distritos de San Martín y Alonso de Alvarado, provincias de
Lamas y El Dorado; zona 7 (La Libertad), distrito de San
Martín, provincia de El Dorado; zona 8 (Nuevo Sauce y Alto
Perú), distrito de San Martín, provincia de El Dorado; zona 9
(Chorrillos), distrito de Saposoa, provincia de Huallaga; zona
10 (Almendra, Bagazan e Intiyacu), distritos de El Eslabón
y Saposoa, provincia de Huallaga; zona 11 (Valle Grande,
Santa Clara, Nuevo Alianza, Nuevo Brasil, Nuevo Piscoyacu,
Nuevo San Martín, Progreso, Huaccha, Santa Rosa, Juan
Jose Bajo, La Pedrera, Jose Olaya, Juan Jose el Alto, Alto
la Divisoria, Nuevo Piura, Nuevo Perú, Armanayacu, Nuevo
Horizonte, Los Ángeles, Nuevo Triunfo, Alto Pachiza, Pintillo,
Situlli, La Perla, Curico, Corazón de Pachiza y Nuevo
Chontali), distritos de Alto Saposoa, Piscoyacu, Sacanche y
Saposoa, provincia de Huallaga; y zona 12 (Los Claveles,
Nuevo Jaén, El Challual, Puente Juanita, Las Palmas,
Pueblo Libre, Flor de Café, Nuevo Oriente, Alto Sinaí, Los
Ángeles, San Andrés, El Ponal, Juan Velasco Alvarado, Vista
Alegre, Corazón de Jesús, Plantanillo Limón, Las Almendras,

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