RESOLUCION N° 1096-2013-JNE - Declaran nulo Acuerdo de Concejo y todo lo actuado hasta la interposición de solicitud de vacancia de regidor del Concejo Distrital de Pachacámac, provincia y departamento de Lima

Fecha de disposición15 Marzo 2014
Fecha de publicación15 Marzo 2014
El Peruano
Sábado 15 de marzo de 2014 518941
de gobierno, normativa, académica, administrativa y
económica, prevista en el artículo 18º de la Constitución
Política del Estado, la Ley Universitaria Nº 23733, y el
Estatuto Universitario;
Que, con Resolución Nº 871-COG-P-UNICA-2012 del
4 de Setiembre del 2012 se nombra al Dr. Alejandro Gabriel
ENCINAS FERNÁNDEZ, Docente Principal a D.E., como
Rector de la Universidad Nacional “San Luis Gonzaga” de
Ica, para el periodo 2012 – 2017, comprendido desde el
05 de Setiembre de 2012 hasta el 04 de Setiembre de
2017;
Que, el inciso h) del artículo 4º del Estatuto Universitario
establece que la Universidad Nacional “San Luis Gonzaga”
de Ica se rige por el principio de identif‌i car el quehacer
científ‌i co, tecnológico y cultural de la Universidad con los
intereses del progreso y la democracia del pueblo peruano;
Que, el artículo 153º inciso n) del Estatuto Universitario
establece como atribución del Consejo Universitario
autorizar las licencias “De las autoridades que viajan por
comisión de servicio, dentro y fuera del país, Cuando la
solicitan en el ejercicio al cargo de gobierno por un período
no mayor de seis (6) meses;
Que, el artículo 371º del Título XII De las Relaciones
Interinstitucionales del Estatuto Universitario, determina
que la Universidad Nacional “San Luis Gonzaga” de Ica se
relaciona con personas naturales o jurídicas, nacionales o
extranjeras, cuyas actividades sean compatibles con los
obtenidos institucionales;
Que, la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización
de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos
y el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de
la Ley Nº 29951, establece, respecto a los viajes al exterior
de servidores o funcionarios públicos y representantes del
Estado con cargo a recursos públicos;
Que, dentro de los principios y f‌i nes de la
Universidad se hace necesaria la apertura de relaciones
interinstitucionales, con Universidades de América del
Sur, siendo Brasil uno de los Países que es factible de
suscribir convenios;
Que, mediante Resolución Rectoral Nº 1001-R-UNICA-
2013 del 5 de Julio del 2012, se aprueba la suscripción del
CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN CULTURAL,
CIENTÍFICA Y PEDAGÓGICA ENTRE LA UNIVERSIDAD
CRUZEIRO DO SUL (Sede UNICID -BRASIL) Y LA
UNIVERSIDAD NACIONAL “SAN LUIS GONZAGA” DE
ICA, documento que en anexo forma parte de la presente
Resolución, el mismo que abona (45) folios;
Que, es de imperiosa necesidad para las siguientes
Facultades: Medicina Veterinaria y Zootecnia, Ingeniería
Química y petroquímica, Ingeniería de Sistemas,
Ingeniería Ambiental y Sanitaria, Ciencias de la Educación
y Humanidades, Directores Generales: Of‌i cina General
de Infraestructura, Of‌i cina de Tecnología Informática y
Comunicaciones y Director de la Escuela de Posgrado;
el suscribir Convenios Específ‌i cos que permitan realizar
Especializaciones y Cursos para: Docentes y Comunidad
en general y otras formas que permitan el desarrollo
académico sostenido de las Facultades y coadyuvando
a la anhelada acreditación de la Universidad Nacional
“San Luis Gonzaga” de Ica, como política Universitaria
de la Alta Dirección, razón por la cual, el Señor Rector
de nuestra Universidad informa y pone en consideración
al Honorable Consejo Universitario la invitación suscrita
por la Universidad Cruzeiro Do Sul a los Decanos de las
Facultades citadas, Directores Generales y Director de la
Escuela de Posgrado; siendo aprobado la propuesta por
Unanimidad;
Estando al acuerdo del Consejo Universitario en su
Sesión Ordinaria del 7 de Marzo del 2014;
En uso de las atribuciones conferidas al Señor Rector
de la Universidad Nacional “San Luis Gonzaga” de
Ica, por la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria y Estatuto
Universitario;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- AUTORIZAR el viaje a la Universidad
Cruzeiro Do Sul (Sede UNICID) – Brasil, en el período
comprendido entre el 19 al 23 de Marzo del 2014, a la
siguiente delegación académica, con la f‌i nalidad de f‌i rmar
convenios específ‌i cos:
- Dra. María Emilia Dávalos Almeyda
Decana de la Facultad de Medicina Veterinaria y
Zootecnia
- Dra. Rosa Luz Galindo Pasache
Decana de la Facultad de Ingeniería Química y
Petroquímica
- Dr. Luis Alberto Massa Palacios
Decano de la Facultad de Ingeniería Ambiental y
Sanitaria
- Dr. Manuel Rene Bernaola Ramos
Decano de la Facultad de Ciencias de la Educación y
Humanidades
- Mg. Edgar Leonardo Peña Casas
Decano de la Facultad de Ingeniería de Sistemas
- Ing. Juan Felix Olaechea Huarcaya
Director de la Of‌i cina General de Infraestructura
- Mg. Felipe Estuardo Yarasca Arcos
Director de la Of‌i cina de Tecnológica Informática y
Comunicaciones
- Dr. Williams Eberth Rios Zegarra
Director de la Escuela de Posgrado
Artículo 2º.- AUTORIZAR a la Of‌i cina General
de Presupuesto y Planif‌i cación, Of‌i cina General de
Administración y a las dependencias administrativas
otorgar a la delegación nombrada del artículo
1º el otorgamiento del viático de acuerdo a Ley;
correspondiéndole:
DECANOS y DIRECTOR DE POSGRADO
Viáticos: 5 días (US$ 220.00 por día) US$ 1,100.00
FUNCIONARIOS
Viáticos: 5 días (US$ 180.00 por día) US$ 900.00
Artículo 3º.- DETERMINAR que dentro de los (15)
días calendarios siguientes de efectuado el viaje, las
autoridades antes citadas deberán presentar ante el
Concejo Universitario de la Universidad un informe
detallado describiendo las acciones realizadas y los
resultados obtenidos durante el viaje.
Artículo 4º- DETERMINAR que la presente norma
no da derecho a exoneración o liberación de impuestos
de aduana de cualquier clase de denominación a favor
de los funcionarios cuyos viajes se autorizan.
Artículo 5º- ENCARGAR a la Secretaria General y
a la Of‌i cina General de Administración de la Universidad
Nacional “San Luis Gonzaga” de Ica, la publicación en
el Diario Of‌i cial “EL PERUANO” de conformidad a las
normas vigentes.
Artículo 6º- COMUNICAR de la presente Resolución
Rectoral a los interesados y a las dependencias de la
Universidad, para su conocimiento y cumplimiento.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
ALEJANDRO GABRIEL ENCINAS FERNÁNDEZ
Rector
1061659-1
JURADO NACIONAL
DE ELECCIONES
Declaran nulo Acuerdo de Concejo y
todo lo actuado hasta la interposición
de solicitud de vacancia de regidor
del Concejo Distrital de Pachacámac,
provincia y departamento de Lima
RESOLUCIÓN Nº 1096-2013-JNE
Expediente N.º J-2013-01293
PACHACÁMAC - LIMA
RECURSO DE APELACIÓN
Lima, doce de diciembre de dos mil trece

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