RESOLUCION N° 039-2014-SGCHU-GDU/MDSMP - Aprueban regularización de habilitación urbana ejecutada de terreno ubicado en el distrito.

Fecha de publicación16 Marzo 2014
Fecha de disposición16 Marzo 2014
El Peruano
Domingo 16 de marzo de 2014
519028
las entidades a través de Resolución del Titular del Pliego
establecerán los requisitos y costos correspondientes a los
mismos, los cuales deberán ser debidamente difundidos
para que sean de público conocimiento”;
Que, mediante Informe N° 001-2014-AGC-SGR-
GPP/MC, la Sub Gerencia de Racionalización propone el
proyecto del “Texto Único de Servicios no Exclusivos de la
Municipalidad Distrital de Comas – TUSNE”;
Que, mediante Informe N° 51-2014-GPP/MC, la
Gerencia de Planif‌i cación y Presupuesto, eleva los
actuados sobre el proyecto del “Texto Único de Servicios
no Exclusivos de la Municipalidad Distrital de Comas –
TUSNE”, el cual se encuentra amparado mediante el inciso
8 del artículo 37° de la Ley N° 27444 del Procedimiento
Administrativo General;
Que, mediante Informe N° 096-2014–GAJ-MDC la
Gerencia de Asesoría Jurídica, Opina porque mediante
Resolución de Alcaldía se apruebe el Cuadro Tarifario por
Servicios No Exclusivos conforme a las normas legales
expuestas;
Estando a las atribuciones conferidas por el artículo
20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Ley
RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR el “Texto Único de
Servicios no Exclusivos de la Municipalidad Distrital de
Comas – TUSNE” la misma que se adjunta a la presente y
es parte integrante de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia
Municipal, la Gerencia de Administración y Finanzas y a la
Gerencia de Planif‌i cación y Presupuesto, el cumplimiento
de la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
NICOLÁS OCTAVIO KUSUNOKI FUERO
Alcalde
1061798-1
MUNICIPALIDAD DE SAN
MARTIN DE PORRES
Aprueban regularización de habilitación
urbana ejecutada de terreno ubicado
en el distrito
RESOLUCIÓN DE SUBGERENCIA
Nº 039 -2014-SGCHU-GDU/MDSMP
San Martín de Porres, 26 de Febrero 2014
VISTO:
El expediente N° C-3490 de fecha 10 de
noviembre de 1998 y acumulados, promovido por la
CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA MONTE AZUL SAC
CONTRATISTAS GENERALES-CIMASAC, debidamente
representado por su Gerente General Don Vicente de
la Cruz Achallma mediante el cual solicita la aprobación
de REGULARIZACION DE HABILITACION URBANA
EJECUTADA, calif‌i cado con Zonif‌i cación Residencial
de Densidad Media – R4, Comercio Vecinal – CV y
Recreación Pública –ZRP, del terreno de 37,949.04 m2
constituido por la Parcela Nº 4 del Ex Fundo Naranjal,
Unidad Catastral Nº 10613, inscrito en la Ficha N°
307193 seguido de la Partida Electrónica Nº 43840460 del
Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, sobre el que
se desarrolla el Programa de Vivienda Residencial Monte
Azul de Naranjal 3° Etapa, ubicado en el distrito de San
Martin de Porres, provincia y departamento de Lima, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el expediente N° C-3490 de fecha 10
de noviembre de 1998 y acumulados, promovido por la
CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA MONTE AZUL SAC
CONTRATISTAS GENERALES-CIMASAC, solicita la
aprobación de la REGULARIZACION DE HABILITACION
URBANA EJECUTADA, Zonif‌i cación Residencial
de Densidad Media – R4, Comercio Vecinal – CV y
Recreación Pública – ZRP, del terreno de 37,949.04 m2
constituido por la Parcela Nº 4 del Ex Fundo Naranjal,
Unidad Catastral Nº 10613, inscrito en la Ficha N°
307193 seguido de la Partida Electrónica Nº 43840460 del
Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, sobre el que
se desarrolla el Programa de Vivienda Residencial Monte
Azul de Naranjal 3° Etapa, ubicado en el distrito de San
Martin de Porres, provincia y departamento de Lima, y;
Que, con Informe Nº 0160-2013-CAST-SGCHU-
GDU-MDSMP de fecha 19 de junio del 2013, el asesor
legal de la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones
Urbanas, manif‌i esta que en cuanto al título de
propiedad registrado, habiendo varios copropietarios,
los documentos presentados resultan suf‌i cientes; y que
el administrado deberá elegir, de manera expresa, por
el pago del derecho de revisión técnica conforme a la
normativa anterior o acogerse a las disposiciones de
le ley N° 29090 Ley de Regulación de Habilitaciones
Urbanas y Edif‌i caciones y;
Que, con codif‌i cado N° 69133-2013 el administrado
cumple con presentar carta de acogimiento a la Ley N°
29090, donde presenta los requisitos establecido en el
Texto Único Administrativo–TUPA de la Municipalidad
Distrital de San Martin de Porres–MDSMP aprobado por
Ordenanza N°351-MDSMP publicada el 30 de diciembre
del 2013 y de la referida Ley y;
Que, con informe N° 040-JLAA-SGCHU-GDU/
MDSMP de fecha 10 de Febrero del 2014, el técnico de
la Sub Gerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas,
después de haber revisado y analizado la documentación
presentada por parte del administrado, ha verif‌i cado que el
administrado ha cumplido con los requisitos establecidos
en la Ley Nº 29090 -“Ley de Regulación de Habilitaciones
Urbanas y Edif‌i caciones” y su Reglamento Aprobado
al inicio del presente trámite. Así mismo se indica que la
Habilitación Urbana Ejecutada del inmueble constituido
por el terreno rústico denominado Parcela Nº 4 Unidad
Catastral Nº 10613 del Ex Fundo Naranjal, distrito de
San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima,
calif‌i cado con Uso Residencial de Densidad Media – R4,
Comercio Vecinal – CV y Recreación Pública – ZRP, sobre
el que se desarrolla el Programa de Vivienda “Residencial
Monte Azul de Naranjal 3° Etapa”, cumple con los
planes urbanos respecto a la zonif‌i cación, vías y aportes
reglamentarios, cumpliendo con dejar en el terreno el área
de 2,078.28 m² como aporte de Recreación Pública con
un déf‌i cit de 694.64 m², el área de 621.67 m² como aporte
para el Ministerio de Educación con un déf‌i cit de 60.31
m² y un déf‌i cit de área de 1,022.97 m² como aporte de
Servicio Públicos Complementarios (Otros Fines).
Que, con Of‌i cio Nº 1512-2013-SGCHU-GDU/MDSMP
de fecha 30 de Diciembre del 2013, se remite al
administrado la Valorización N° 027-2013-SGCHU-GDU/
MDSMP por el déf‌i cit de Recreación Pública y Servicios
Públicos Complementarios (Otros Fines), producto del
cálculo correspondiéndole al área de 694.64 m2 y 1,022.97
m2 respectivamente, ascendiendo al monto total de S/.
18,893.71 nuevos soles, cancelados en la Tesorería de
esta corporación según Recibo N° 2014002102 de fecha
13 de Enero del 2014; señalando mediante declaración
jurada por el administrado dejar en garantía de pago para
el déf‌i cit de aporte para el Ministerio de Educación por el
área de 60.31 m² el lote 26 de la manzana C del Programa
de Vivienda “Residencial Monte Azul de Naranjal 3°
Etapa”.
Que, con Informe N° 0045-2014-CAST-SGCHU-
GDU/MDSMP de fecha 12 de Febrero del 2014, emitido
por el área legal de la Sub Gerencia de Catastro y
Habilitaciones Urbanas, indica que se recomienda
que, mediante acto administrativo de la Subgerencia de
Catastro y Habilitaciones Urbanas se resuelva APROBAR
la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada con
forme a lo indicado y al Informe N° 040-2014-JLAA-
SGCHU-GDU/MDSMP.
Que de acuerdo con el Artículo 194º, numeral 6) del
Artículo 195º de nuestra Carta Magna, las municipalidades
provinciales y distritales son órganos de gobierno local.
Tienen autonomía política, económica y administrativa en
los asuntos de su competencia; y le corresponde planif‌i car
el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones y
ejecutar los planes y programas correspondientes,

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