RESOLUCION MINISTERIAL N° 213-2014/MINSA - Acreditan al Hospital Nacional Adolfo Guevara Velasco de la Red Asistencial Cusco del Seguro Social de Salud - EsSalud, como Establecimiento de Salud Donador - Trasplantador de Riñón y Córneas

Fecha de disposición14 Marzo 2014
Fecha de publicación14 Marzo 2014
El Peruano
Viernes 14 de marzo de 2014
518832
ANEXO Nº 1
Costo hora según profesional de la salud para el
cálculo de la entrega económica
Profesionales de la Salud (*) Costo-Hora
Médico Cirujano 42.00
Cirujano Dentista, Obstetra, Enfermera (o). Tecnólogo
Médico, que se desarrolla en las áreas de terapia
física y rehabilitación, laboratorio clínico y anatomía
patológica, radiología, optometría, terapia ocupacional
y terapia del lenguaje en el campo de la salud.
Biólogo, Psicólogo, Nutricionista, Químico
Farmacéutico y Químico, que prestan servicio en el
campo asistencial de la salud.
30.00
Técnico Especializado de los Servicios de Fisioterapia,
Laboratorio y Rayos X. 20.00
(*) Profesionales de la salud contemplados en los D.Leg Nº 1153
y 1162
1061607-5
Acreditan al Hospital Nacional Adolfo
Guevara Velasco de la Red Asistencial
Cusco del Seguro Social de Salud -
EsSalud, como Establecimiento de
Salud Donador - Trasplantador de
Riñón y Córneas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 213-2014/MINSA
Lima, 11 de marzo del 2014
Visto, el Expediente Nº 12-093651-001, que contiene
el Informe Nº 001-2014- ONDT/MINSA, de la Organización
Nacional de Donación y Trasplantes;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 28189, Ley General de Donación
y Trasplante de Órganos y/o Tejidos Humanos regula
las actividades y procedimientos relacionados con la
obtención y utilización de órganos y/o tejidos humanos,
para f‌i nes de donación y trasplante, y su seguimiento;
Que, el artículo 40º del Reglamento de la Ley N°
28189, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2005-SA,
establece que la extracción y/o trasplante de órganos
o tejidos de donantes vivos o cadavéricos, sólo se
realizarán en establecimientos de salud que dispongan
de una organización y régimen de funcionamiento interior
que permita asegurar la ejecución de tales operaciones
en forma ef‌i ciente y satisfactoria;
Que, la Segunda Disposición Complementaria
Modif‌i catoria del Decreto Legislativo N° 1158, que
dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio
de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, modif‌i ca los artículos 54° y
57° del Reglamento de la Ley N° 28189, Ley General de
Donación y Trasplante de Órganos y/o Tejidos Humanos,
citado precedentemente en la que se precisa que la
Organización Nacional de Donación y Trasplantes - ONDT,
es la responsable de las acciones de rectoría, promoción
y coordinación de los aspectos relacionados a la donación
y trasplante de órganos y tejidos en el territorio nacional.
Asimismo, señala como uno de los objetivos de la ONDT,
el estandarizar el proceso de donación y trasplante
mediante la acreditación de establecimientos de salud
públicos y privados, dedicados a la actividad de donación
y trasplante;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 999-2007/
MINSA, de fecha 29 de noviembre de 2007, se aprobó
la NTS Nº 061-MINSA/DGSP.V.01 “Norma Técnica de
Salud para la Acreditación de Establecimientos de Salud
Donadores - Trasplantadores”, modif‌i cada por Resolución
Ministerial N° 289-2012/MINSA, de fecha 11 de abril de
2012, que tiene como objetivo establecer las normas
para la acreditación de los Establecimientos de Salud
Donadores - Trasplantadores;
Que, el primer párrafo del numeral 6.5 de la mencionada
Norma Técnica de Salud señala que las solicitudes de
acreditación de los establecimientos de salud y de los
laboratorios de histocompatibilidad se formularán ante la
ONDT;
Que, asimismo, el sétimo párrafo del precitado
numeral contempla que las acreditaciones se
concederán por un período de tres años, renovables por
períodos de igual duración, previa solicitud del centro,
y caducarán, sin necesidad de previa declaración al
efecto, transcurrido dicho período de tres años desde
la fecha de su concesión, en ausencia de solicitud de
renovación;
Que, mediante Carta N° 658-GPyT-GCPS-ESSALUD-
2013, el Gerente de Procura y Trasplante de la Gerencia
Central de Prestaciones de Salud del Seguro Social de
Salud - EsSalud, solicitó a la Organización Nacional
de Donación y Trasplante - ONDT, acredite al Hospital
Nacional Adolfo Guevara Velasco de la Red Asistencial
Cusco, como Establecimiento de Salud Donador -
Trasplantador de Riñón y Córneas, al haber recaído en
extemporánea su solicitud de renovación de acreditación;
Que, a través del Informe de visto, el Director
Ejecutivo de la ONDT precisa que la referida solicitud
ha sido aprobada por su Consejo Directivo mediante
Acta de fecha 8 de agosto de 2013 y en cumplimiento
a lo dispuesto por la Resolución Ministerial Nº 999-
2007/MINSA y su modif‌i catoria, corresponde acreditar
a la referida institución como Establecimiento de Salud
Donador - Trasplantador de Riñón y Córneas;
Estando a lo informado por la Organización Nacional
de Donación y Trasplantes;
Con las visaciones del Director Ejecutivo de la
Organización Nacional de Donación y Trasplantes,
de la Directora General de la Of‌i cina General de
Asesoría Jurídica y de la Viceministra de Prestaciones y
Aseguramiento en Salud; y,
De conformidad con lo establecido en el Decreto
Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de Salud;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Acreditar al Hospital Nacional Adolfo
Guevara Velasco de la Red Asistencial Cusco del Seguro
Social de Salud - EsSalud, como Establecimiento de
Salud Donador - Trasplantador de Riñón y Córneas, por
un período de tres (3) años.
Artículo 2°.- Encargar a la Of‌i cina General de
Comunicaciones la publicación de la presente Resolución
Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Salud
en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/
portal/06transparencia/normas.asp.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI
Ministra de Salud
1060735-1
Designan Director Ejecutivo de la
Dirección Ejecutiva de Enfermedades
Transmisibles del Centro Nacional de
Salud Pública del Instituto Nacional de
Salud
INSTITUTO NACIONAL DE SALUD
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 059-2014-J-OPE/INS
Lima, 13 de marzo de 2014
VISTO:
El expediente N° 00007086-2014, que contiene el
Informe N° 031-2014-DG-OGA/INS, de fecha 12 de

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