RESOLUCION MINISTERIAL N° 237-2014-PRODUCE - Suspenden actividades extractivas del recurso anchoveta y anchoveta blanca en zona del litoral

Fecha de publicación09 Julio 2014
Fecha de disposición09 Julio 2014
El Peruano
Miércoles 9 de julio de 2014 527239
con la obtención de los mayores benef‌i cios económicos y
sociales; debiendo considerar, según sea el caso, regímenes
de acceso, captura total permisible, magnitud del esfuerzo
de pesca, períodos de veda, temporadas de pesca, tallas
mínimas de captura, zonas prohibidas o de reserva, artes,
aparejos, métodos y sistemas de pesca, así como las
necesarias acciones de monitoreo, control y vigilancia;
Que, conforme a los artículos 3 y 5 del Decreto
Legislativo Nº 1047, el Ministerio de la Producción tiene
competencia exclusiva, en materia de ordenamiento
pesquero, pesquería industrial, acuicultura de mayor
escala; y tiene entre sus funciones rectoras, la de formular,
planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la
política nacional y sectorial bajo su competencia aplicable
a todos los niveles de gobierno, la de dictar normas y
lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y
supervisión de las políticas, la gestión de los recursos del
sector, así como para el otorgamiento, reconocimiento de
derechos, la sanción, f‌i scalización y ejecución coactiva;
Que, en cumplimiento del artículo 14 del Decreto
Supremo N° 001-2009-JUS, Reglamento que establece
disposiciones relativas a la publicidad, publicación de
Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de
Carácter General, mediante Resolución Ministerial Nº
295-2013-PRODUCE se procedió a publicar el proyecto
denominado “Plan de Acción Nacional para la Conservación
y Ordenamiento de Tiburones, Rayas y Especies Af‌i nes
en el Perú (PAN Tiburón - Perú)” por el periodo de treinta
(30) días calendario, habiéndose recibido las opiniones
y/o sugerencias de la ciudadanía, las mismas que fueron
adicionadas en la citada propuesta;
De conformidad con lo establecido en el numeral
Pesca y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo
Nº 012-2001-PE; el Decreto Legislativo Nº 1047 - Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de la Producción;
DECRETA:
Artículo 1º.- De la Aprobación del Plan de Acción
Nacional para la Conservación y Ordenamiento de
Tiburones, Rayas y Especies Af‌i nes en el Perú (PAN
Tiburón - Perú)
Aprobar el Plan de Acción Nacional para la Conservación
y Ordenamiento de Tiburones, Rayas y Especies Af‌i nes en
el Perú (PAN Tiburón - Perú), que en Anexo forma parte
integrante del presente Decreto Supremo.
Artículo 2º.- De los responsables del control de la
implementación del PAN Tiburón - Perú
El Ministerio de la Producción, a través del Despacho
Viceministerial de Pesquería y de la Dirección General de
Políticas y Desarrollo Pesquero, es el responsable de la
implementación, control y monitoreo del PAN Tiburón - Perú.
Artículo 3º.- De las normas complementarias para
la implementación del PAN Tiburón - Perú
El Ministerio de la Producción procederá a emitir
las normas complementarias que se requieran para la
implementación y control del PAN Tiburón - Perú.
Artículo 4º.- De la Publicación del PAN Tiburón -
Perú
Disponer la publicación del presente Decreto Supremo
en el Diario Of‌i cial El Peruano; asimismo, publíquese en la
misma fecha el PAN Tiburón - Perú en el Portal Electrónico del
Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Electrónico
del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe).
Artículo 5º.- Del refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Ministro de la Producción.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho
días del mes de julio del año dos mil catorce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
PIERO GHEZZI SOLÍS
Ministro de la Producción
1108083-1
Designan representante de la
Universidad Peruana ante el Consejo
Directivo del Instituto del Mar del Perú
– IMARPE
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 004-2014-PRODUCE
Lima, 8 de julio de 2014
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 10 del Decreto Legislativo N° 95,
Ley del Instituto del Mar del Perú – IMARPE, establece
que el Consejo Directivo es el órgano rector del mismo
y, como tal, responsable de establecer los objetivos y la
política del IMARPE, de acuerdo a su f‌i nalidad; aprobar
los planes de investigación y supervigilar su ejecución; así
como realizar los actos administrativos que le señale el
Reglamento; estando constituido por siete (07) miembros,
uno de los cuales es un representante de la Universidad
Peruana;
Que, mediante Resolución Suprema N° 018-2012-
PRODUCE, de fecha 24 de agosto de 2012, se designó a
la señora Patricia Liliana Gil Kodaka como representante
de la Universidad Peruana ante el Consejo Directivo del
Instituto del Mar del Perú – IMARPE;
Que, la Asamblea Nacional de Rectores, mediante
Resolución N° 1679-2013-ANR, del 14 de noviembre
de 2013, resolvió designar al señor Francisco Edgardo
Puente Vellachich, como representante de la Universidad
Peruana ante el Consejo Directivo del Instituto del Mar del
Perú – IMARPE;
Que, en tal sentido, corresponde emitir el acto
de administración por el cual se designe al nuevo
representante de la Universidad Peruana ante el Consejo
Directivo del Instituto del Mar del Perú – IMARPE;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158,
que regula la participación del Poder Ejecutivo en el
nombramiento y designación de funcionarios públicos; el
Decreto Legislativo N° 95, Ley del Instituto del Mar del
Perú – IMARPE; y la Resolución Ministerial N° 345-2012-
PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización
y Funciones del Instituto del Mar del Perú - IMARPE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dar por concluida la designación de
la señora PATRICIA LILIANA GIL KODAKA, como
miembro del Consejo Directivo del Instituto del Mar del
Perú – IMARPE, dándosele las gracias por los servicios
prestados.
Artículo 2.- Designar al señor FRANCISCO
EDGARDO PUENTE VELLACHICH como representante
de la Universidad Peruana ante el Consejo Directivo del
Instituto del Mar del Perú – IMARPE.
Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro de la Producción.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
PIERO GHEZZI SOLÍS
Ministro de la Producción
1108081-2
Suspenden actividades extractivas del
recurso anchoveta y anchoveta blanca
en zona del litoral
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 237-2014-PRODUCE
Lima, 7 de julio de 2014
VISTOS: El Of‌i cio Nº DEC-100-142-2014-PRODUCE/
IMP del Instituto del Mar del Perú – IMARPE, el Informe

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